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Resolución N° 7-2012
Habilitación Zona Operativa Aduanera
Villa María. Aduana de General Deheza.
Bs. As., 16/3/2012
VISTO la Actuación
SIGEA 12666-285-2009 del registro de esta ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación, la Municipalidad de Villa María solícita una
prórroga de CIENTO OCHENTA (180) días contar desde el vencimiento de la Resolución N° 41/2011 (DGA) de la habilitación de la Zona Operativa
Aduanera Villa María, ubicada en el predio de CUATRO MIL QUINIENTOS metros
cuadrados (4.500 m2)
de superficie, en la
Avenida Constitución, entre las calles Paraguay y Pissis de la
Ciudad de Villa María, provincia de Córdoba, en jurisdicción
de la Aduana
de General Deheza.
Que la Aduana
de jurisdicción se expide en forma favorable mediante Nota N°
292/2011 (AD GDEH).
Que a fs. 87/91 obra dictamen de la División Jurídica
de la Dirección
Regional Aduanera Córdoba, indicando que las razones
acreditadas en autos resultan suficientes para conceder la habilitación
aduanera solicitada hasta el 30 de mayo de 2012, en atención al vencimiento del
plazo oportunamente concedido por la Resolución N° 41/2011 (DGA).
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección Regional
Aduanera Córdoba y la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente habilitar con carácter
provisorio hasta el 30 de mayo de 2012 la Zona Operativa
Aduanera Villa María, en jurisdicción de la Aduana de General Deheza.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 9°, apartado 2, inciso n) del Decreto N° 618
del 10 de julio de 1997.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL
DE LA DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorícese la habilitación como
Zona Operativa Aduanera del predio de CUATRO MIL QUINIENTOS metros cuadrados (4.500 m2) de superficie,
ubicado en la
Avenida Constitución entre las calles Paraguay y Pissis de la ciudad de Villa María, provincia de Córdoba,
en jurisdicción de la Aduana
de General Deheza, con carácter provisorio hasta el
30 de mayo de 2012.
ARTICULO 2° — La presente entrará en vigencia
el día hábil siguiente de su suscripción.
ARTICULO 3° — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación en el Boletín Oficial y publíquese en el Boletín de la Dirección General
de Aduanas. Tome conocimiento la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional
Aduanera Córdoba. Remítanse los actuados a la Aduana de General Deheza
para su conocimiento, notificación y aplicación. — Lic. MARIA
S. AYERAN, Directora General, Dirección General de Aduanas.
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