Resolución General 3274
Destinaciones de exportación para consumo de gas natural.
Determinación del valor imponible.
Bs. As., 6/2/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº 13656-111-2011 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1º de la Resolución Nº 534 del entonces Ministerio de Economía y Producción del 14 de julio de 2006 y
su modificatoria, instruyó a la Dirección General de Aduanas dependiente de esta Administración Federal para que aplique, como base de valoración de las
exportaciones de gas natural, el precio más alto establecido para esta
mercadería en los contratos de importación de gas natural a la República Argentina.
Que, a su vez, estableció que dicho precio no contiene los
importes correspondientes a los tributos que gravan la exportación para consumo
y que será informado periódicamente por la Subsecretaría de Combustibles de la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios.
Que, en cumplimiento de ello, para cada período se
establecieron los lineamientos específicos para la determinación del valor
imponible en las operaciones de exportación de gas natural.
Que la Dirección Nacional de Economía de los Hidrocarburos, dependiente de la Secretaría de Energía del Ministerio, de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios, mediante Nota Nº 355 del 27 de
diciembre de 2011, a partir de la información adicional suministrada por la
firma Energía Argentina S.A. (ENARSA), comunicó los precios del gas natural
importado vigente para el período comprendido entre el día 5 de noviembre de
2011 y el día 14 de diciembre de 2011, ambas fechas inclusive.
Que, adicionalmente, la referida Dirección informó que
estos precios han sido establecidos en el marco del Contrato de Importación de
Gas Natural desde la República de Bolivia y del Programa de Energía Total.
Que, en consecuencia, corresponde fijar los precios que se
aplicarán como base de valoración de las exportaciones de gas natural y sus
períodos de vigencia.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Control
Aduanero y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios, y en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 1º de la Resolución Nº 534/06 (ex MEyP) y su modificatoria.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Establécense los precios del gas
natural a considerar por este Organismo como base de valoración de las
destinaciones de exportación para consumo, oficializadas entre el 5 de
noviembre de 2011 y el 14 de diciembre de 2011, ambas fechas inclusive, en el
marco del Contrato de Importación de Gas Natural desde la República de Bolivia y del Programa de Energía Total, según corresponda, los cuales se
consignan en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente.
Art. 2º — A efectos de la determinación del
valor imponible deberá entenderse que los precios indicados en el Anexo de la
presente no contienen los importes correspondientes a los tributos que gravan
la exportación para consumo.
Art. 3º — Hasta tanto se implemente en el
Sistema Informático MARIA (SIM) la liquidación automática aplicable a este tipo
de operaciones se utilizará la autoliquidación LM-GAS (EXPORTACION A CONSUMO DE
GAS NATURAL EN LOS TERMINOS DE LA RESOLUCION MEyP Nº 534/06).
Art. 4º — La Dirección General de Aduanas, las Direcciones Regionales Aduaneras y el Departamento
Fiscalización Aduanera Metropolitana, según corresponda, fiscalizarán en forma
prioritaria las destinaciones de exportación de gas natural oficializadas entre
el 5 de noviembre de 2011 y el 14 de diciembre de 2011, ambas fechas inclusive,
aplicando las pautas contenidas en la presente.
Art. 5º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO
(Artículo 1º)
PERIODO/DIA PRECIO U$S/MMBTU MARCO
05/11/11 al 14/11/11 13,5590 Programa de
Energía Total
15/11/11 al 16/11/11 13,1180 Programa de
Energía Total
17/11/11 al 20/11/11 15,6380 Programa de
Energía Total
21/11/11 al 25/11/11 10,7323 Contrato de
Importación de Gas Natural desde la República de Bolivia
26/11/11 al 04/12/11 13,1740 Programa de
Energía Total
05/12/11 al 10/12/11 15,4490 Programa de
Energía Total
11/12/11 al 13/12/11 10,7323 Contrato de
Importación de Gas Natural desde la República de Bolivia
14/12/11 13,0480 Programa de Energía Total