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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decisión Nº 10 |
29/06/2000 |
Fecha: |
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Dependencia: |
DC-10-2000-CMC |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
COMPLEMENTACIÓN DEL PLAN GENERAL DE
COOPERACIÓN Y COORDINACIÓN RECIPROCA PARA
LA SEGURIDAD REGIONALEN
MATERIA DE ILICITOS AMBIENTALES |
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VISTO el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
la Decisión N° 22/99 del Consejo del Mercado Común y el Acuerdo N° 5/00 de
la
Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR. |
CONSIDERANDO: |
Que
se suscribió el Plan General de Cooperación y Coordinación Recíproca para
la Seguridad Regional,
aprobado por Decisión CMC N° 22/99. |
Conscientes
de la constante lucha contra todos las formas de accionar criminal, que ha
generado y adquirido una creciente dimensión transnacional a partir del
fenómeno de la globalización y del proceso de integración regional. |
Que
es necesario continuar con el diseño, incorporación e implementación de
nuevas acciones operativas, como resultan las relacionadas con ilícitos
ambientales, con la finalidad de lograr el desarrollo sustentable de la región
y la determinación de la contaminación del medio ambiente, depredaciones en
materia de biodiversidad, tráfico ilegal de fauna, flora y sustancias y
productos peligrosos, entre otros, excepto los radiactivos. |
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE: |
Art.
1 - Aprobar
la
Complementación del Plan General de Cooperación y
Coordinación Reciproca para
la Seguridad Regional, en materia de Ilícitos
Ambientales, elevada por
la
Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR, como
Acuerdo Nº 5/00 que consta como Anexo y forma parte de la presente Decisión. |
XVIII
CMC - Buenos Aires, 29/VI/00 |
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COMPLEMENTACION DEL PLAN GENERAL DE
COOPERACION Y COORDINACION RECIPROCA PARA
LA SEGURIDAD REGIONAL
EN MATERIA DE ILICITOS AMBIENTALES ENTRE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR |
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CAPITULO III |
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Ambito Ilícitos
Ambientales |
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Sección única |
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Acciones: |
1.
Propiciar la elaboración de un Plan Operativo Anual específico, con el
objetivo de proteger el medio ambiente y cooperar en materia de emergencias
ambientales, en coordinación con otros Grupos de Trabajo del MERCOSUR,
especialmente con el SGT N° 6 “Medio Ambiente “. |
2.
Coordinar, cuando sea necesario, con las autoridades nacionales y locales
competentes para analizar la situación de las áreas y de los recursos
naturales definidos en el Plan Operativo Anual, en ejecución, buscando
mejorar las actividades de prevención y cuando corresponda de represión, así
como de recuperación ambiental. |
3.
Ejecutar periódicamente las operaciones simultáneas de control establecidas
en el Plan Operativo Anual, para detectar contaminaciones en el medio
ambiente, depredaciones en materia de biodiversidad, tráfico ilegal de fauna,
flora, sustancias y deshechos peligrosos, entre otros, excepto los
radiactivos. |
4.
Procurar la creación de Bases de Datos, sobre llícitos Ambientales, en el marco del SISME, que posibiliten la consulta y el
intercambio ágil y oportuno de las informaciones necesarias sobre leyes y
reglamentos y otros temas de interés de índole ambiental de cada uno de los
Estados Parte o Asociados, su actualización periódica, a fin de lograr la caracterización
y viabilizar su aplicabilidad. |
5.
Proceder a estudios de la normativa en materia de ilícitos ambientales de los
Estados Partes y Asociados, tendientes a compatibilizar la legislación, el
fortalecimiento de la cooperación y optimización de la aplicación de los
instrumentos jurídicos correspondientes, en coordinación con el SGT N° 6 “ Medio Ambiente”. |
6. Coordinar
en toda la región fronteriza, los controles que realicen los organismos con
competencia en la materia sobre transporte internacional de sustancias y
deshechos peligrosos que se desplace por los distintos corredores regionales,
a fin de mantener una adecuada fiscalización durante su traslado y
posibilitar una respuesta inmediata ante un accidente que pudiere ocurrir. |
7. Establecer
en toda la región, un sistema de alerta y de comunicación permanente entre
los organismos de control del transporte (especialmente de sustancias y
deshechos peligrosos) asentados en zonas de fronteras, a fin de asegurar el
cumplimiento de las normas de seguridad en el tránsito y la prevención de
ilícitos y accidentes. |
8.
Contribuir a implementar el Plan de
Emergencias que elabore el SGT N° 6 “Medio Ambiente”,
a fin de estandarizar los modos de acción y cumplir con los objetivos
fijados, en forma coordinada con otros Grupos del MERCOSUR con competencia en
la materia. |
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