ASUNTO:
Decreto 100/2012. Resolución GMC 05/2011.V Enmienda al Sistema Armonizado.
Certificados y autorizaciones emitidos con anterioridad a su vigencia.
BUENOS AIRES, 31 DE ENERO
DE 2012
A. INTRODUCCIÓN
A través del Decreto 100 del 12 de enero de 2012, publicado en el Boletín Oficial
del 31 de enero de 2012, fueron implementadas las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) y su correspondiente Arancel Externo Común (A.E.C.)
aprobadas por el Grupo Mercado Común mediante Resolución 5 del 17 de junio de
2011.
El citado Decreto elimina, fusiona y crea nuevas posiciones N.C.M. a
resultas de los cambios producidos en el Sistema Armonizado de Designación y
Codificación de Mercancías como consecuencia de su V Enmienda, para ser
aplicados a partir del 1 de febrero de 2012.
Teniendo en cuenta que existen Certificados y
Autorizaciones emitidos por diversos organismos con anterioridad a la fecha
antes mencionada, exigibles en el ámbito aduanero, que consignan codificaciones
de la N.C.M. que han perdido vigencia, se propone la presente Instrucción a los
fines de evitar demoras innecesarias en el despacho de mercaderías a plaza.
B. ALCANCE
La presente Instrucción General será de aplicación para
las Áreas Operativas dependientes de la Dirección General de Aduanas.
C. PAUTAS
DE CUMPLIMIENTO
Las áreas operativas competentes, sin
perjuicio del análisis de la validez que en cada caso resulte pertinente, darán
curso al despacho de mercaderías en lo que corresponda la exigencia de
Autorizaciones o Certificaciones de otros organismos cuando en los mismos se
consignen posiciones de la N.C.M. vigentes con anterioridad a la entrada en vigencia del
Decreto 100/2012, previa correlación de los códigos N.C.M. involucrados, los
que se darán a conocer por los canales oficiales de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
D. VIGENCIA
La presente Instrucción General, será de aplicación a partir
de la fecha de su dictado y sus efectos serán aplicables a partir de la
vigencia del Decreto 100/2012.
E. DIFUSIÓN
El texto de la presente Instrucción deberá ser publicado
en el Boletín de la Dirección General de Aduanas, y a su vez estará disponible
en:
http://intranet/otras/dga/index.asp
Asimismo, se podrá
consultar en la página de Intranet de la Dirección de Asuntos Organizacionales:
http://intranet/otras/diasor/biblioteca.virtual.asp
INSTRUCCIÓN
GENERAL N° 3
/12 (DGA)
DANIEL SANTANNA
SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA
SUBDIRECCCION GENERAL
DE OPERACIONES
ADUANERAS
METROPOLITANAS
A/C DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.