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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Acta n° 7
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06/09/2007
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Fecha:
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23/11/2007
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Dependencia: |
AC-7-2007-CCM |
Tema: |
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
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Asunto: |
XCVI REUNION DE
LA COMISION DE
COMERCIO
DEL MERCOSUR
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Se
realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, entre los
días 9 y 11 de octubre de 2007, la XCVI Reunión Ordinaria de la Comisión de
Comercio del MERCOSUR, con la presencia de las Delegaciones de Argentina,
Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela. |
Fueron
tratados los siguientes temas: |
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1. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E
INSTRUCCIONES A LOS COMITES TECNICOS. |
1.1.
CT Nº 2 “Asuntos Aduaneros” |
La PPTU informó sobre los resultados de la XLIX Reunión
Ordinaria del CT Nº 2, celebrada en Montevideo, entre los días 24 y 28 de
septiembre de 2007. |
La PPTU informó que, en cumplimiento de la instrucción
impartida por la XCIII CCM,
el CT Nº 2 analizó las alternativas planteadas en la XLIV Reunión
Ordinaria de este CT, para la obtención de datos estadísticos sobre los
regímenes especiales incluidos en el Anexo de la Dec. CMC Nº 03/06. |
Al
respecto, la CCM
instruyó al CT Nº 2 a
que elabore una lista común de los regímenes que deberán incluirse en los
subgrupos A y B, y justificar y definir las características de los regímenes
que se incluirían en el subgrupo C. Esta tarea deberá estar finalizada para
su tratamiento en la segunda reunión de la CCM del primer semestre de 2008. |
La CCM instruyó al CT Nº 2 a elaborar una codificación
común para los regímenes especiales de importación incluidos en la Dec. CMC Nº 03/06 y que
deberán clasificarse en el subgrupo A. Asimismo, instruyó la elaboración de
los desarrollos informáticos necesarios para que los mismos puedan ser transmitidos
por el sistema INDIRA. |
La CCM tomó nota de la reunión conjunta que realizó el CT
Nº 2 con el SGT Nº 5 “Transportes”, en cumplimiento de la instrucción dada
por la CCM en
su XCIV Reunión Ordinaria, en la cual participaron además de los delegados
del SCT de Procedimientos Aduaneros, los representantes del sector privado de
transportistas de pasajeros de los Estados Parte, interesados en la
implementación efectiva de la
Res. GMC Nº 28/05 referida al transporte de encomiendas. |
La CCM tomó nota del texto base para las negociaciones
externas, elaborado por el CT Nº 2, “Modelo de Convenio de Cooperación
Aduanera MERCOSUR/Países o Bloques Regionales”. En tal sentido, las
delegaciones acordaron analizar el mencionado documento y manifestarse al
respecto en la próxima reunión de la
CCM (Anexo VII - MERCOSUR/XCVI CCM/DT Nº 19/07). |
Asimismo,
la CCM elevó a
consideración del GMC el documento “Consideraciones sobre las actividades realizadas
durante la ejecución de la
II Fase del proyecto de Cooperación aduanera MERCOSUR/UE”,
para su posterior remisión al CCT (Anexo VIII - MERCOSUR/XCVI CCM/DI Nº
20/07). |
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2. CONSULTAS |
2.1.
Nuevas Consultas |
No
se presentaron nuevas consultas en la presente reunión |
2.2.
Consultas en Plenario |
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Nº
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Tema |
De |
A |
Situación |
03/07 |
Resolución Nº 343/2007 del Ministerio de
Economía y Técnica Producción de la República Argentina
sobre el Certificado de Pendiente Importación de Productos Textiles para
las solicitudes de destinación de importación definitiva para consumo |
Ury
|
Arg
|
Argentina
presentó Nota |
04/07 |
Ley Nº 11.508 de 2007 relativa al régimen
tributario, cambiario y administrativo de las Zonas de Procesamiento de
Exportaciones |
Arg
Par
Ury
|
Bra
|
Brasil
presentó Respuesta
Uruguay
presentó nota técnica para asociarse a la consulta conforme al art. 5 de la Dir CCM 17/99. Pendiente |
05/07
|
Trato
discriminatorio en el cobro de aranceles para el Registro Sanitario de
Especialidades Medicinales y para la inspección de Laboratorios |
Par |
Arg |
Pendiente |
06/07
|
Proyecto
“Panos Quentes (PPQ) II” de la Receita Federal de Brasil. Precios mínimos de
importación de textiles y vestido. |
Par |
Bra |
Pendiente |
07/07 |
Establecimiento
de nuevos valores referenciales por parte de la AFIP para la exportación
de caballos vivos |
Par |
Arg
|
Pendiente |
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3. ORIGEN |
3.1.
Directiva CCM Nº 14/07 “Adecuación a la NCM 2007 de los Listados Anexos a la Decisión CMC
Nº 37/05 (Derogación de la
Directiva CCM Nº 11/06 y Directiva CCM Nº 15/07 “Régimen de
Origen MERCOSUR”. |
Las
Delegaciones de Argentina, Brasil y Uruguay manifestaron su conformidad con
la comunicación a la Secretaría General de ALADI sobre la derogación
de la Dir. CCM
Nº 03/06 y el inicio de los trámites para la protocolización de la Dir. CCM Nº 15/07 en el
ACE Nº 18. |
La
Delegación de
Paraguay se expedirá al respecto en la brevedad. |
3.2.
Declaración de necesidad en el marco del Art. 6 la Dec. CMC Nº 01/04 |
La
Delegación de Uruguay
comunicó que se emitió una declaración de necesidad para el producto cajas de
cigarrillos clasificadas en la
NCM 4819.20.00, en el marco del Art. 6 de la Dec. CMC Nº 01/04, para
su exportación a Paraguay. Al respecto, la Delegación de
Uruguay circuló un informe en el cual se detallan las razones por las cuales
se debió emitir el mencionado documento (Anexo IX – RESERVADO - MERCOSUR/XCVI
CCM/DI Nº 21/07). |
3.3.
Decisión CMC Nº 16/07 |
La CCM tomó nota de la comunicación de Argentina sobre el
error detectado en el texto del Artículo 2 de la Dec. CMC Nº 16/07,
donde dice “Anexo de la
Dec. CMC Nº 01/04”, debe decir “Anexo I del Anexo de la Dec. CMC Nº 01/04”. En
tal sentido, instruyó a la SM
a que realice la Fe
de Erratas correspondiente, de acuerdo a la Res. GMC Nº 26/01. |
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4. DEFENSA COMERCIAL Y DE LA
COMPETENCIA |
4.1.
Definición de los mecanismos y condiciones para la eliminación de los
instrumentos de defensa comercial intrazona |
El
tema continúa en la agenda de la CCM. |
4.2.
Protocolo de Defensa de la Competencia |
El
tema continúa en la agenda de la CCM. |
La CCM tomó nota de la propuesta presentada por el
delegado de Uruguay en el CT Nº 5, sobre posibles temas que podrían agregarse
a las tareas del CT Nº 5 (Anexo X - MERCOSUR/XCVI CCM/DI Nº 22/07). Las
delegaciones acordaron analizar el mencionado documento y manifestarse en la
próxima Reunión Ordinaria de la CCM. |
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5. DECISION CMC Nº 54/04 ELIMINACION
DEL DOBLE COBRO DEL AEC Y DISTRIBUCION DE LA RENTA ADUANERA |
5.1.
Implementación del artículo 4 de la Dec. CMC Nº 54/04 |
La PPTU informó sobre los resultados de la reunión conjunta
del SCT Informática Aduanera con el Grupo Técnico sobre Distribución de la Renta Aduanera,
celebrada entre los días 8 y 9 de octubre de 2007, con el objeto de avanzar en
las alternativas para el diseño de una base de datos vinculada al mecanismo
de distribución de la renta aduanera. Asimismo, comunicó que los Estados
Parte se comprometieron a proporcionar en la próxima reunión del CT Nº 2, los
datos estadísticos por operaciones |
en
el nuevo formato especificado. |
El
Grupo Técnico igualmente analizó un documento circulado por la PPTU que contiene un índice
preliminar de temas pendientes para avanzar en el tratamiento de la
implementación del art. 4 de la
Dec. CMC Nº 54/04. |
La CCM tomó nota de los resultados del Grupo Técnico, así
como de la nueva versión del índice preliminar de temas pendientes, los
cuales constan en el Anexo XI (RESERVADO - MERCOSUR/XCVI CCM/DI Nº 23/07). |
El Director de la SM
informó que se encuentra trabajando en la actualización de la BADAM 2005 y 2006 en base
a los datos suministrados por la ALADI. Asimismo, solicitó a los Estados Parte
que realizaran la revisión de la
BADAM 2000-2004. |
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6. RES. GMC 69/00 “ACCIONES PUNTUALES
EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO” |
6.1.
Solicitud de reducción arancelaria para “Esteres del ácido acrílico de butilo”,
que clasifica por la posición NCM 2916.12.30 |
Nº
Tema De A Situación |
El
tema continúa en la agenda. |
6.2.
Solicitud de reducción arancelaria para “Resinas de petróleo, Resinas de
cumarona, Resinas de indeno, Resinas de cumarona-indeno y politerpenos. Sin
carga” que se clasifica por la posición NCM 3911.10.20 (Art. 11 Res. GMC Nº
69/00) |
El
tema continúa en la agenda. |
6.3.
Solicitud de reducción arancelaria temporal al 2% para el producto “Chapa de
Acero Carbono para aplicación en servicios ácidos”, que se clasifica por la
posición NCM 7208.51.00, para una cuota de 25.000 Tn por 12 meses. |
La CCM aprobó la Dir. CCM Nº 16/07 “Acciones Puntuales en el
Ambito Arancelario por Razones de Abastecimientos” (Anexo IV). |
6.4.
Solicitud de reducción arancelaria temporal al 2% para los productos “Blocos
catódicos para revestimento de cubas eletrolíticas”, que se clasifica por la
posición NCM 8545.90.90, para una cuota de 8.186 toneladas, por 12 meses. |
La
Delegación de Brasil
solicitó por Nota DMC Nº 144/07 la reducción arancelaria temporal al 2% para
los productos “Blocos catódicos para revestimento de cubas eletrolíticas”,
que se clasifica por la posición NCM 8545.90.90, para una cuota de 8.186
toneladas, por 12 meses y remitió la documentación correspondiente. |
Las
Delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay informaron que el tema se
encuentra en análisis interno. |
El
tema continúa en la agenda. |
6.5.
Solicitud de reducción arancelaria temporal al 2% para los productos “Oleos
em bruto de amêndoa de palma (óleo de palmiste em bruto)”, que se clasifica
por la posición NCM 1513.21.10, para una cuota de 75.000 toneladas, por 12
meses (01/02/2008 a 31/01/2009). |
La
Delegación de Brasil
solicitó por Nota DMC Nº 144/07 la reducción arancelaria temporal al 2% para
los productos “Oleos em bruto de amêndoa de palma (óleo de palmiste em bruto)”,
que se clasifica por la posición NCM 1513.21.10. para una cuota de 75.000
toneladas, por 12 meses (01/02/2008 a 31/01/2009) y remitió la documentación
correspondiente. |
La
Delegación de
Argentina manifestó que se encuentra en condiciones de acompañar la solicitud
de Brasil. Asimismo, solicitó la consideración de un cupo para Argentina de
3000 toneladas para este producto (NCM 1513.21.10), que contó con la
aprobación de Brasil. |
Las
Delegaciones de Paraguay y Uruguay manifestaron que el tema se encuentra en
consulta interna. |
El
tema continúa en la agenda. |
6.6.
Solicitud de reducción arancelaria temporal al 2% para los productos “Outros
óleos de amêndoa de palma (óleo de palmiste refinado)”, que se clasifica por la NCM 1513.29.10 para una
cuota de 150.000 toneladas, por 12 meses (01/02/2008 a 31/01/2009). |
La
Delegación de Brasil
solicitó por Nota DMC Nº 144/07 la reducción arancelaria temporal al 2% para
los productos “Outros óleos de amêndoa de palma (óleo de palmiste refinado)”,
que se clasifica por la posición NCM 1513.29.10. para una cuota de 150.000
toneladas, por 12 meses (01/02/2008 a 31/01/2009) y remitió la documentación
correspondiente. |
La
Delegación de
Argentina manifestó que se encuentra en condiciones de acompañar la solicitud
de Brasil. Asimismo, solicitó la consideración de un cupo para Argentina de
7000 toneladas para este producto (NCM 1513.29.10), que contó con la
aprobación de Brasil. |
Las
Delegaciones de Paraguay y Uruguay manifestaron que el tema se encuentra en
consulta interna. |
El
tema continúa en la agenda. |
6.7.
Revisión de la
Resolución GMC Nº 69/00 |
No
habiéndose registrado consenso, la Delegación de Argentina retiró su propuesta
sobre este tema (MERCOSUR/XCII CCM/DT Nº 04/07 Rev. 1). |
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7. ASUNTOS ADUANEROS |
7.1.
Simplificación de Procedimientos Aduaneros en el comercio intrazona
(implementación de la Res.
GMC Nº 34/04). |
La
Delegación de Brasil
realizó comentarios sobre la versión consolidada del Proyecto de Resolución para
reglamentar la Res. GMC
Nº 34/04, presentada por la Delegación de Argentina en la última reunión
ordinaria de la CCM
(Anexo IX - MERCOSUR/XCV CCM/DT Nº 16/07). |
Con
relación al documento “Simplificación de Procedimientos de Control Sanitario
en Despacho Aduanero”, las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay
manifestaron que el tema continúa en consulta interna. |
El
tema permanece en la agenda de la CCM. |
7.2.
Simplificación de Procedimientos Aduaneros en el comercio intrazona (Anexo IV
- MERCOSUR/ XXXIII CMC/DT Nº 01/07). |
La
Delegación de
Paraguay informó que se encuentra analizando a nivel interno un
replanteamiento de este tema en cuanto a la lista de productos y empresas
nacionales que podrían ser beneficiarias de este régimen. |
La
Delegación de Argentina
circuló el documento “Lista específica de productos de Paraguay - Puntos a
considerar”, en el que especifica los requisitos exigidos y las normas
internas correspondientes para cada posición arancelaria presentada
oportunamente por Paraguay en la XCV Reunión Ordinaria de la CCM (Anexo XIII -
MERCOSUR/XCVI CCM/DI Nº 24/07). |
7.3.
Valoración Aduanera |
El
tema continúa en la agenda. |
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8. ARANCEL EXTERNO COMUN |
8.1.
Criterios para el análisis de las modificaciones arancelarias. |
El
tema continúa en la agenda. |
8.2.
Solicitudes modificación arancelaria definitiva de partidas NCM 2930.90.79 y
NCM 8433.20.10 Se recordó que, a los efectos de la modificación arancelaria
definitiva para el producto que se clasifica por la NCM 2930.90.79 solicitada
por Argentina, el CT Nº 1 debe analizar la propuesta de modificación
arancelaria para el producto formulado con base a los datos que presentará
Argentina. |
Con
relación al producto que se clasifica por la NCM 8433.20.10, la Delegación de
Paraguay manifestó que la solicitud de Argentina continúa en análisis
interno. |
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9. REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES DE
IMPORTACION |
9.1.
Implementación del Art. 2º de la Decisión CMC Nº 2/06 |
9.1.1.
Régimen Común para la Industria Naval |
La
Delegación de Uruguay
comunicó que, por Nota Nº 304/07, remitió información sobre el régimen nacional
de la industria naval, de conformidad a lo solicitado en la XCIV CCM. La Delegación de Paraguay
se comprometió a proveer esta información a la brevedad. |
La
Delegación de
Argentina circuló una nueva propuesta sobre el Régimen Común de Importación de
Bienes destinados a la
Industria Naval, la cual consta en el Anexo XII
(MERCOSUR/XCVI CCM/DT Nº 20/07). Asimismo, formuló comentarios sobre la
propuesta presentada por Uruguay en la XCIV CCM. |
Las
delegaciones informaron que analizarán la nueva propuesta presentada por
Argentina y se manifestarán al respecto en la próxima reunión de la CCM. |
Las
delegaciones manifestaron la necesidad de intensificar los trabajos con el
fin de concretar el encuentro con el sector privado. La PPTU aceptó el ofrecimiento
realizado por Brasil en la
XCIV CCM de organizar el encuentro en Río de Janeiro. La Delegación de
Brasil se comprometió a circular una propuesta de fecha. |
9.1.2.
Régimen Común de Importación de Bienes Integrantes de Proyectos de Inversión |
El
tema continúa en la agenda de la CCM. |
9.1.3.
Régimen Común para la Industria Aeronáutica |
Las
Delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay manifestaron que el tema
continúa en análisis interno. No obstante ello, la Delegación de
Argentina expresó que la propuesta brasileña resulta de especial interés. |
Por
su parte, se aceptó el ofrecimiento de Brasil de realizar un encuentro entre
los sectores privados. |
9.1.4.
Régimen Común de Importación de Bienes destinados a la Investigación
Científica y Tecnológica La Delegación de
Argentina realizó comentarios sobre la propuesta presentada por Brasil en la XCV Reunión
Ordinaria de la CCM. |
Las
Delegaciones de Paraguay y Uruguay manifestaron que el tema se encuentra en
consulta interna. |
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10. INCENTIVOS |
El
tema continúa en la agenda de la CCM. |
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11. COOPERACION TECNICA MERCOSUR - BID |
11.1.
Apoyo Técnico a la CCM |
Las
delegaciones intercambiaron opiniones con relación a los criterios a adoptar
para la selección de la consultora del proyecto “Impacto sectorial de la
eliminación del doble cobro del AEC”. |
En
virtud de la falta de consenso respecto de la selección de la consultora, la Delegación de Argentina
propuso que se decida sumando los puntajes obtenidos por cada consultora en
la evaluación realizada por las delegaciones. Al respecto, la Delegación de
Paraguay manifestó que acompaña la propuesta de Argentina. |
La
Delegación de Uruguay
manifestó que si bien éste no es un mecanismo de selección apropiado, y
entendiendo que el mismo no prejuzga futuras evaluaciones, en aras de
construir el consenso y dada la importancia del tema, decide abstenerse en
esta oportunidad. |
La PPTU hará las coordinaciones necesarias con la SM a los efectos de comunicar
al BID que la consultora “ABECEB” se encargará de dicho proyecto. |
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12. OTROS |
12.1.
Decisión CMC Nº 20/07 “Creación de la Unidad Técnica
de Estadísticas del Comercio Exterior del MERCOSUR” |
El
Director de la SM
informó que en la
XV Reunión Ordinaria del GAP, celebrada el día 8 de octubre
de 2007, se consideró la necesidad de que la CCM defina la estructura de la UTECE a los efectos de
determinar las necesidades presupuestarias. |
La CCM aprobó la Propuesta A contenida en el informe del Grupo
de Trabajo sobre la
UTECE. Las Delegaciones de Brasil y Paraguay hicieron
referencia a la posibilidad de que en el ámbito del CT Nº 6 pueda avanzarse
definiciones relativas al funcionamiento de la UTECE, ínterin se proceda
al inicio efectivo de actividades de la misma. |
12.2.
Situación de las normas con plazo de incorporación vencido |
La CCM recibió de la
SM el listado conteniendo las normas con plazo de
incorporación vencido (Anexo XIV - RESERVADO - MERCOSUR/LXXV CCM/DT Nº 21/05
Rev. 16) |
12.3.
Resolución 2310 de la Administración Federal de Ingresos Públicos |
La
Delegación de
Argentina informó que la Resolución General 2310 de la AFIP de fecha 6 de septiembre
de 2007, exoneró a los países del MERCOSUR de la obligatoriedad de aplicación
del Régimen de Identificación de Mercaderías, reglamentado por la Resolución Nº
2522 (ANA) del 1 de octubre de 1987, sus modificatorias y complementarias, a
las posiciones arancelarias que se detallan en su Anexo V “C” “Listado de
Posiciones NCM - Textiles” (Anexo XV - MERCOSUR/XCVI CCM/DI Nº 25/07). |
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PROXIMA REUNION |
La CCM acordó realizar la XCVII Reunión
Ordinaria en Montevideo, entre los días 6 y 8 de noviembre de 2007. |
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ANEXOS: |
Los
Anexos que forman parte del presente Acta son los siguientes: |
Anexo
I Lista de Participantes |
Anexo
II Agenda |
Anexo
III Resumen de Acta |
Anexo
IV Directiva CCM |
Anexo
V Nuevas Consultas – no se presentaron |
Anexo
VI Consultas en Plenario |
Anexo
VII MERCOSUR/XCVI CCM/DT Nº 19/07 Informe del CT Nº 2 sobre “Modelo de
Convenio de Cooperación Aduanera MERCOSUR/Países o Bloques Regionales” |
Anexo
VIII MERCOSUR/XCVI CCM/DI Nº 20/07 Consideraciones sobre las actividades
realizadas durante la ejecución de la II Fase del proyecto de Cooperación aduanera MERCOSUR/UE |
Anexo
IX RESERVADO - MERCOSUR/XCVI CCM/DI Nº 21/07 Información respaldatoria de la
emisión de una DECLARACION DE NECESIDAD por Uruguay, de acuerdo a lo
establecido en el Artículo 6º del Anexo a la Dec. CMC 01/04 |
Anexo
X MERCOSUR/XCVI CCM/DI Nº 22/07 Informe sobre Defensa de la Competencia, presentado
por Uruguay |
Anexo
XI RESERVADO – MERCOSUR/XCVI CCM/DI Nº 23/07 Informe del Grupo Paralelo sobre
Distribución de la Renta Aduanera |
Anexo
XII MERCOSUR/XCVI CCM/DT Nº 20/07 Nueva versión sobre Régimen Común de Importación
de Bienes destinados a la
Industria Naval, propuesta presentada por Argentina |
Anexo
XIII MERCOSUR/XCVI CCM/DI Nº 24/07 Lista específica de productos de Paraguay -
Puntos a considerar, presentado por Argentina |
Anexo
XIV RESERVADO - MERCOSUR/LXXV CCM/DT Nº 21/05 Rev. 16 Listado conteniendo las
normas con plazo de incorporación vencido, presentado por la SM |
Anexo
XV MERCOSUR/XCVI CCM/DI Nº 25/07 Resolución 2310 de la Administración Federal
de Ingresos Públicos de Argentina |
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NOTA LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO |
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