Resolución General 646-99
Apruébase la versión 3.0 del Sistema DUA informatizado SIDIN para los usuarios
DP y AD.
Bs. As., 27/7/99
VISTO la necesidad de
actualizar la versión 2.0 del Sistema DUA Informatizado (SIDIN-DP y SIDIN-AD),
normado por Resolución General Nº 128 del 21 de abril de 1998 (AFIP), y
CONSIDERANDO:
Que la versión 3.0 del
Sistema SIDIN-DP y SIDIN-AD incorpora nuevas utilidades que permiten optimizar
la auditoría del sistema, sustituir los libros de
registro manual, reincorporar al circuito informático los DUA Manuales y
facilitar la liquidación.
Que resulta conveniente
autorizar específicamente estas nuevas modalidades en la registración
de destinaciones aduaneras.
Que la presente se dicta
en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto 618 de fecha
10 de julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Aprobar la versión 3.0 del
Sistema DUA Informatizado SIDIN para usuarios DP y AD.
Art. 2º — Aprobar Anexo I "INDICE
TEMATICO", Anexo II "LIBRO DE REGISTRO DE OPERACIONES DEL SISTEMA
SIDIN AD", Anexo III "RECARGA DE LOS DUA MANUALES" y Anexo IV
"INFORMACION DEL ITEM".
Art. 3º — Dejar sin efecto los Anexos IV y
VI de la Resolución
2624 de fecha 26 de junio de 1997 (ex ANA) quedando el cursograma
del DUA Manual, equiparado al del DUA Sidin
(Resolución General Nº 128 de fecha 21 de abril de 1998 (AFIP) - Anexo IV).
Art. 4º – Sustituir en el Anexo II de la Resolución General
Nº 128 de fecha 21 de abril de 1998 (AFIP) el Subanexo
"INFORMACION DEL ITEM" por el Anexo IV de la presente Resolución.
Art. 5º — Eliminar en el Anexo II de la Resolución General
Nº 128 de fecha 21 de abril de 1998 (AFIP) el CUADRO DEMOSTRATIVO DJVE,
contenido en el Título "INTEGRACION DE HOJA CONTINUACION (OM 1993/3
Continuación)".
Art. 6º — Facúltase
a la Dirección
de Informática Aduanera a establecer el cronograma de distribución del SIDIN AD
y del SIDIN DP versión 3.0, debiendo estar operativo en todas las Aduanas desde
el 15 de agosto de 1999.
Art. 7º — Regístrese. Dése
a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y
publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA
DE LA ALADI
(ROU), a la SECRETARIA
DEL CONVENIO DE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS
DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS DE AMERICA LATINA, ESPAÑA Y PORTUGAL (MEXICO
DF). Cumplido archívese. — Carlos Silvani.
ANEXO I
INDICE TEMATICO
ANEXO II Libro de
Registro de operaciones del Sistema SIDIN 3 AD.
ANEXO III Recarga de los
DUA manuales.
ANEXO IV Información del
ítem.
ANEXO II
LIBRO DE REGISTRO DE
OPERACIONES DEL SISTEMA SIDIN AD 3
Esta utilidad genera un
Acta Fecha con las destinaciones originales registradas en esa fecha según el
modelo anexo.
El DUA manual continuará
siendo registrado manualmente en el "Libro de Registro de operaciones del
DUA manual", ya que esta nueva utilidad es específica para las operaciones
originales del DUA Sidin.
F. de Impresión:
20/05/1999
Aduana: 001
Folio fecha: 17/05/1999
Libro de registro diario
Desde 17/05/1999 Hasta:
17/05/1999
Identificación
|
Cult Desp.
|
Desc. Despachante
|
Cult. Exp./Mo.
|
Desc. Exp. Amp.
|
Vta. IO manifiesto
|
IO Mediotransp.
|
Garantía Nº
|
T. Kg. bruto
|
Cob/Pag
|
Monto
|
Fecha Ofic.
|
99001EC013000000
|
20104605371
|
NICOLARI PABLO ALBERTO
|
30503339788
|
ESKABE SA.
|
4
|
CRUZ DEL SUR
|
2801,94
|
1399,85
|
13964,53
|
17/05/1999
|
99001EC013000017
|
20152510927
|
VACCARI RUGGERO
|
30500548041
|
PEQAFLOR S.A.
|
8
|
REGATT
|
116996,7
|
9680,25
|
119509,32
|
17/05/1999
|
99001EC013000024
|
20104605371
|
NICOLARI PABLO ALBERTO
|
30503339788
|
ESKABE SA.
|
4
|
CRUZ DEL SUR
|
2801,94
|
1399,85
|
13984,53
|
17/05/1999
|
99001EC013000031
|
20104605371
|
NICOLARI PABLO ALBERTO
|
30503339788
|
ESKABE SA.
|
4
|
CRUZ DEL SUR
|
2801,94
|
1399,85
|
13984,53
|
17/05/1999
|
Extraído por ............................................
Conforme
............................................. Nº de página
ANEXO III
RECARGA DE LOS DUA
MANUALES
Esta funcionalidad
permite incorporar al circuito informático del Sidin
AD 3.0 los DUA manuales, generados cuando no funcionare el SIDIN AD, con el
rango de números de registro entre el 100.000 y el 300.000.
El declarante concurrirá
a la Aduana Local
con la destinación en formulario y con el diskette en
el formato DUA correspondiente.
En la Aduana Local se
registrará como DUA Manual y cuando se reinicie la operatoria SIDIN AD se
procederá a su recarga dentro de las VEINTICUATRO (24) horas, la misma se
realizará con el momento imponible original, utilizando las herramientas de
revisión y de transmisión a la base DUA de destinaciones, propias del SIDIN AD
3.0.
ANEXO IV
INFORMACION DEL ITEM
excepción. Se ingresarán todas aquellas que
correspondan a la mercadería del ítem según norma de aplicación e instructivos
de la Subdirección
de Legal y Técnica Aduanera (ver nota TEIM 843/98 de fecha 13/02/98).
Sufijos de Valor: Los
correspondientes según normativa en vigencia.