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Ley 26.708
Apruébase el acuerdo entre el gobierno de la República Argentina
y la Organización
de las Naciones Unidas para la
Educación, la
Ciencia y la Cultura. Créase el Centro Internacional para la Promoción de los
Derechos Humanos.
El Senado y
Cámara de Diputados de la
Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con
fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Apruébase
el ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Y LA ORGANIZACION DE
LAS NACIONES UNIDAS PARA LA
EDUCACION, LA
CIENCIA Y LA
CULTURA —UNESCO— SOBRE LA
CREACION EN BUENOS AIRES —ARGENTINA— DEL CENTRO INTERNACIONAL PARA LA PROMOCION DE LOS
DERECHOS HUMANOS, COMO CENTRO DE CATEGORIA 2, suscripto en Buenos Aires el 13
de febrero de 2009, que consta de VEINTIUN (21) artículos, cuya fotocopia
autenticada forma parte integrante de la presente ley como Anexo I.
ARTICULO 2º — Créase el CENTRO INTERNACIONAL
PARA LA PROMOCION DE
LOS DERECHOS HUMANOS (CIPDH), como entidad descentralizada en el ámbito de la Secretaría de Derechos
Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el que se
organizará y regirá conforme a las disposiciones normativas que constan en el
documento de VEINTICUATRO (24) artículos, que forma parte integrante de la
presente ley como Anexo II.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo
Nacional.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA TREINTA DE NOVIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL ONCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.708 —
EDUARDO A. FELLNER. — JUAN C. MARINO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
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