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Resolución
General 3234
Desafectación de Zona Primaria Aduanera en jurisdicción
de la División Aduana
de Neuquén. Resolución General Nº 1545. Su derogación.
Bs. As., 6/12/2011
VISTO la Actuación
SIGEA Nº 12372-87-2011 del Registro de esta Administración
Federal, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución
General Nº 1545 determinó los límites de una zona primaria
aduanera en la localidad de Zapala, en jurisdicción de la División Aduana de
Neuquén.
Que con posterioridad, la
Provincia de Neuquén y la firma Zona Franca Zapala S. A.
cedieron a esta Administración Federal un predio destinado, exclusivamente, al
emplazamiento y funcionamiento de un complejo de zona primaria aduanera y, en
consecuencia se dictó la
Resolución General Nº 3053, la cual la delimitó y habilitó.
Que en función de ello, y a efectos de concentrar todas las operaciones de
comercio exterior en una única zona operativa, corresponde la desafectación de la Zona Primaria
Aduanera del “Patio de transferencia de la estación
de ferrocarril Zapala”.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Operaciones
Aduaneras del Interior y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General
de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y
sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Déjase
sin efecto la
Resolución General Nº 1545 a partir de la fecha de publicación de la
presente en el Boletín Oficial, inclusive.
Art. 2º — Regístrese, dése
a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación y
publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido,
archívese. — Ricardo Echegaray.
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