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Resolución
Nº 112-2011
Habilitación Provisoria Zona Operativa
Aduanera San Rafael. Aduana de San Rafael.
Bs. As., 29/11/2011
VISTO, la ACTUACION
SIGEA 12417-198-2011 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Convenio celebrado el 24 de Octubre de 2010 entre la Municipalidad de San
Rafael y la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - Dirección
General de Aduanas, del que participaron el Centro de desarrollo del Sur de
Mendoza y la Cámara
de Comercio, Industria y Agropecuaria de San Rafael, se acordó llevar adelante
las obras necesarias para la puesta en marcha de una Zona Primaria Aduanera en
el predio del Parque Industrial de San Rafael, sito en Distrito Cuadro
Nacional, departamento de San Rafael, Provincia de Mendoza, detallado en la Ordenanza Nº 9792, y
su modificatoria Nº 10186/2010 del Honorable Consejo Deliberante de San Rafael.
Que, en virtud del grado de avance de las obras comprometidas en la cláusula
tercera del citado Convenio, el Municipio de San Rafael en forma conjunta con la Cámara de Comercio,
Industria y Agropecuaria de San Rafael solicitan la habilitación provisoria del
predio como Zona Operativa Aduanera, a fin de facilitar el desarrollo de las
operaciones de comercio exterior en la región.
Que la Aduana
de San Rafael se expide en forma favorable, destacando la culminación de las
obras correspondientes a la plataforma de verificación e indicando que el
predio cuenta con las condiciones de infraestructura necesarias para ejercer el
control aduanero.
Que la Dirección
Regional Aduanera Mendoza, comparte lo expuesto
precedentemente y destaca la necesidad de contar con un lugar operativo apto
para atender el incremento del movimiento de las operaciones de comercio
exterior en dicha jurisdicción, atento encontrarse próxima la temporada
estival.
Que en función de los informes obrantes en autos, corresponden autorizar las
operaciones que se desarrollen en el citado lugar operativo, en forma
provisoria y por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días.
Que en autos han tomado debida intervención la División Aduana de
San Rafael, la
Dirección Regional Aduanera Mendoza y la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por Convenio
firmado el 24 de octubre de 2011, y el Artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto
Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello;
LA DIRECTORA GENERAL
DE LA DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE
ARTICULO 1º — Habilítese precariamente y por el
plazo de TRESCIENTOS SESENTA (360) días, como lugar para la realización de
operaciones aduaneras, el predio del Parque Industrial de San Rafael, sito en
Distrito Cuadro Nacional, departamento de San Rafael, Provincia de Mendoza,
detallado en la Ordenanza
Nº 9792, y su modificatoria Nº 10.186/2010 del Honorable
Consejo Deliberante de San Rafael.
ARTICULO 2º — La Aduana de jurisdicción
dictará el reglamento de funcionamiento.
ARTICULO 3º — La presente tendrá vigencia a
partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación en el Boletín Oficial y publíquese el Boletín de esta Dirección
General. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del
Interior y la
Dirección Regional Aduanera Mendoza. — Lic. MARIA S. AYERAN, Directora General, Dirección General de
Aduanas.
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