LOA
Resolución
Nº 111-2011
Habilitación Ocasional Paso Fronterizo
LUMABIA-SALITRE. Aduana de Neuquén
Bs. As., 29/11/2011
VISTO la Actuación
SIGEA Nº 12237-15-2011 del registro de esta ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación tramita la habilitación ocasional, con fines
culturales, deportivos y sociales, del Paso Fronterizo Internacional
LUMABIA-SALITRE, para el período comprendido entre el 6 de diciembre de 2011 y
el 22 de marzo de 2012.
Que el Paso Fronterizo Internacional LUMABIA-SALITRE se encuentra ubicado en la Provincia de Neuquén,
jurisdicción de la Aduana
del mismo nombre.
Que la solicitud de habilitación ocasional tiene su origen en la presentación
efectuada por el Intendente del Municipio de Las Ovejas, para la realización de
las actividades referenciadas en el párrafo primero de la presente.
Que dadas las características geográficas del lugar y a las necesidades
operativas de la Aduana
de Neuquén como consecuencia del incremento de la actividad exportadora en el
mencionado período, se considera conveniente delegar el control en el Escuadrón
30 “Chos Malal” de Gendarmería Nacional Argentina.
Que la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
prestó conformidad al pedido formulado, por encontrarse enmarcado en lo
establecido por el Artículo 3º del “Acuerdo Complementario entre el
Gobierno de la República
de Chile y el Gobierno de la República Argentina del Acuerdo sobre
Coordinación de Apertura y Cierre de Pasos Fronterizos”.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 9º, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL
DE LA DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Habilítese con carácter ocasional
para el período comprendido entre el 6 de Diciembre de 2011 y el 22 de Marzo de
2012, ambas fechas inclusive, el Paso Fronterizo LUMABIA-SALITRE, en
jurisdicción de la Aduana
de Neuquén, al solo efecto de realizar las actividades culturales, deportivas y
sociales mencionadas en los considerandos.
ARTICULO 2º — Deléguese el control del Paso
Fronterizo Internacional LUMABIA-SALITRE en el Escuadrón Nº 30 “Chos Malal” de Gendarmería Nacional.
ARTICULO 3º — Regístrese, dése
a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación y
publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior. Hecho, pase a la Dirección de Asuntos
Internacionales a fin de que por la misma se comunique la presente a la Dirección de Asuntos
Técnicos de Frontera de la
Secretaría del Interior del Ministerio del Interior. Cumplido,
archívese. — Lic. MARIA S. AYERAN, Directora
General, Dirección General de Aduanas.
|