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Resolución
Nº 110-2011
Habilitación Ocasional Paso Fronterizo “VALLE HERMOSO”. Aduana de San Juan.
Bs. As., 29/11/2011
VISTO la Actuación
SIGEA Nº 12237-14-2011 del registro de esta ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación tramita la habilitación ocasional con fines
turísticos, del Paso Fronterizo VALLE HERMOSO, para el período comprendido
entre el 1 de diciembre de 2011 y el 30 de marzo de 2012.
Que el Paso Fronterizo VALLE HERMOSO se encuentra ubicado en las coordenadas
30º 47’ Latitud Sur y 70º 17’ Longitud
Oeste en la Provincia
de San Juan, jurisdicción de la
Aduana de San Juan.
Que la solicitud de habilitación ocasional tiene su origen en la presentación
efectuada por la empresa “Pionero Cabalgatas y/o Cabalgatas
Andinas SRL”, para la realización de
cabalgatas tendientes a recrear el cruce de la cordillera de los Andes a través
del mencionado Paso Fronterizo.
Que dadas las características geográficas y de acceso al lugar, se considera
conveniente delegar el control del Régimen de Equipaje en el Escuadrón 26 “Barreal” de Gendarmería Nacional
Argentina.
Que la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
prestó conformidad al pedido formulado, por encontrarse enmarcado en lo
establecido por el Artículo 3º del “Acuerdo Complementario entre el
Gobierno de la República
de Chile y el Gobierno de la República Argentina del Acuerdo sobre
Coordinación de Apertura y Cierre de Pasos Fronterizos”.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 9º, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL
DE LA DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Habilítese con carácter
ocasional, para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2011 y el 30
de marzo de 2012, ambas fechas inclusive, el Paso Fronterizo VALLE HERMOSO, en
jurisdicción de la Aduana
de San Juan, al sólo efecto de realizar cabalgatas con fines turísticos entre la República Argentina
y la República
de Chile.
ARTICULO 2º — Deléguese el control del Régimen
de Equipaje en el Escuadrón Nº 26 “Barreal” de Gendarmería Nacional.
ARTICULO 3º — Regístrese, dése
a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación y
publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior. Hecho, pase a la Dirección de Asuntos
Internacionales a fin de que por la misma se comunique la presente a la Dirección de Asuntos
Técnicos de Frontera de la
Secretaría del Interior del Ministerio del Interior.
Cumplido, archívese. — Lic. MARIA S. AYERAN, Directora
General, Dirección General de Aduanas.
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