Detalle de la norma RE-52-2011-INV
Resolución Nro. 52 Instituto Nacional de Vitivinicultura
Organismo Instituto Nacional de Vitivinicultura
Año 2011
Asunto Destinaciones de exportación de productos vitivinícolas y de alcoholes
Boletín Oficial
Fecha: 01/12/2011
Detalle de la norma
LOA



Resolución 52-2011

Sistema de control de exportadores de productos vitivinícolas y alcoholes.


Mendoza, 22/11/2011

VISTO el Expediente Nº S93:0004118/2011 del Registro del INSTITUTONACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), la Resolución General Nº 3150 de laADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y Nº C. 31 del INV de fecha8 de julio de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada resolución la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOSPUBLICOS (AFIP) y el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV)establecieron conjuntamente el sistema de control integrado deexportaciones de productos vitivinícolas y alcoholes.

Que en el ámbito de este Organismo se ha incorporado al Sistema deDeclaraciones Juradas en línea las exportaciones de alcoholes a fin quelos exportadores de dichos productos, inscriptos ante el INV,transmitan las transacciones de exportación al igual que para vinos ymostos.

Que este desarrollo ha sido implementado con posterioridad a lasuscripción de la citada resolución conjunta, por lo cual actualmenteel Sistema Informático MARIA no requiere la declaración del número detransacción de exportación para alcoholes.

Que, en virtud de la vigencia de la Resolución General Nº 3150 de laADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y Nº C. 31 del INV de fecha8 de julio de 2011 y la necesidad de contar con dicho dato a losefectos del cruce de información para la autorización o denegatoria delas exportaciones, corresponde que los exportadores declaren en elcampo INV-TRANSACEXPO el número de la transacción de exportaciónregistrada mediante el Sistema de Declaraciones Juradas en línea deeste Organismo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el subincisoa), apartado 1.2.2., inciso 1 del Punto I del Anexo de la precitadaresolución.

Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Organismo ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto Nº 1306/08,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

Declárese por parte de los exportadores, al momento de oficializardestinaciones de exportación de alcoholes, aguardientes y flegmas en elSistema Informático MARIA, en el campo INV-TRANSACEXPO el número de latransacción de exportación registrada mediante el Sistema deDeclaraciones Juradas en línea de este Organismo, en un todo de acuerdoa lo expresado en los considerandos de la presente resolución.

La presente resolución entrará en vigencia el día 1 de diciembre de 2011.

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacionaldel Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. Guillermo D. García.

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