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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Disposición n° 74 |
28/08/2008 |
Fecha: |
19/09/2008 |
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Dependencia: |
DI-74-2008-CRA |
Tema: |
COMANDO DE REGIONES AEREAS - ARANCELES |
Asunto: |
Establécense los
Aranceles correspondientes a los servicios prestados, conforme a los conceptos
y valores consignados. Cuadro Tarifario. |
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DISPOSICION PERMANENTE |
VISTO: lo propuesto por el Director del Centro de
Instrucción, Perfeccionamiento y Experimentación (C.I.P.E.)
mediante Expediente Nº 5.706.837 (F.A.A) de fecha 7
de julio de 2008 y, |
CONSIDERANDO: |
Que
se encuentra vigente
la
Disposición Nº 108/01 Régimen Arancelario del Comando de Regiones
Aéreas, publicado por Boletín Oficial Nº 29.710 de fecha 14 de agosto de
2001. |
Que
a requerimiento del Centro de Instrucción, Perfeccionamiento y
Experimentación (C.I.P.E), surge la necesidad de
incorporar servicios o prestaciones que se brindan, y no están comprendidas
en la antes mencionada disposición. |
Que
ese Organismo dicta cursos relacionados con la actividad Aeroportuaria,
manteniendo en consecuencia una infraestructura y laboratorios acorde a las
exigencias impuestas por las normativas nacionales e internacionales. |
Que
recientemente
la Policía
de Seguridad Aeroportuaria (PSA), resolvió reconocer únicamente como válidos
los certificados extendidos por el C.I.P.E. en
relación a los cursos dictados para las tareas de seguridad, por ser el único
centro de enseñanza en el país reconocido por
la Organización de
Aviación Civil Internacional (O.A.C.I.). |
Que
de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto Nº 151/85 (art 2º Inciso 6º) y Resolución Nº 591/86 (art. 2º), el
suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo. |
Por ello, |
EL COMANDANTE DE REGIONES AEREAS DISPONE: |
1º)
Establecer los aranceles correspondientes a servicios prestados conforme a
los conceptos y valores consignados como “CUADRO TARIFARIO - C.I.P.E” (ANEXO ALFA, ANEXO BRAVO Y ANEXO CHARLIE) que
forma parte integrante de esta Disposición, a partir de la correspondiente publicación
en el Boletín Oficial. |
3º)
Los fondos recaudados serán ingresados y destinados a
la Fuente de Financiación 13
– Jurisdicción 45.23 - “Estado Mayor General de
la FUERZA AEREA
ARGENTINA” - Comando de Regiones Aéreas. |
4º)
Comuníquese, Publíquese en Boletín Oficial y Archívese en
la Dirección Económico
Financiera. — José A. Alvarez. |
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