Detalle de la norma RG-3223-2011-AFIP
Resolución General Nro. 3223 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2011
Asunto Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo, leche en polvo
Boletín Oficial
Fecha: 22/11/2011
Detalle de la norma
LOA


Resolución General 3223

Valores referenciales de carácter preventivo. Resolución General Nº 2716. Norma complementaria.


Bs. As., 17/11/2011

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13707-150-2011 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General Nº 2716 dispuso que este Organismo establecerá los valores referenciales de exportación de carácter preventivo para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), los cuales constituyen un primer control de las declaraciones en resguardo del interés fiscal.

Que dicho control está orientado a perfeccionar el sistema de selectividad en materia de valor, a efectos de detectar desvíos respecto de los valores usuales para mercaderías idénticas o similares.

Que en el marco de las tareas de evaluación de riesgos, se ha realizado un estudio referido al valor de la mercadería detallada en el Anexo I de la presente, en el que se han considerado las fuentes de información internas y externas previstas en el Artículo 2º de la citada resolución general.

Que como resultado del mencionado estudio la Dirección de Gestión del Riesgo, mediante el informe elaborado al respecto, aconseja actualizar los valores referenciales para las mercaderías analizadas.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Control Aduanero y Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

Artículo 1º
Establécense los valores referenciales que constan en los Anexos I Listado de mercaderías con valor referencial y II Países de destino de las mercaderías.

Art. 2º
Déjanse sin efecto los valores referenciales de exportación indicados en el Anexo III.

Art. 3º
Apruébanse los Anexos I, II y III que forman parte de esta resolución general.

Art. 4º
Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación para las solicitudes de destinaciones definitivas de exportación para consumo que se oficialicen a partir del segundo día hábil administrativo, inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º
Déjase sin efecto la Resolución General3173 a partir de la fecha de aplicación de la presente.

Art. 6º
Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. Ricardo Echegaray.

 

ANEXO I

 

(Artículo 1º)
LISTADO DE MERCADERIAS CON VALOR REFERENCIAL



POSICION ARANCELARIA NCM

DESCRIPCION DE LA MERCADERIA

VALOR FOB U$S

UNIDAD

GRUPOS DE DESTINO

0409.21.10

Leche en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1,5% en peso y sin adición de azúcar ni otro edulcorante, de leche entera, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2 kg, enlatadas.

3,96

kilogramo

GR7, GR9, GR13, GR14, GR15

0402.21.10

Leche en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1,5% en peso y sin adición de azúcar ni otro edulcorante, de leche entera, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2 kg, no enlatadas.

3,63

kilogramo

GR7, GR9, GR13, GR14, GR15

0402.21.10

Leche en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1,5% en peso y sin adición de azúcar ni otro edulcorante, de leche entera, en envases inmediatos de contenido neto superior a 2 kg.

3,30

kilogramo

GR7, GR9, GR13, GR14, GR15

1901.90.90

Leche modificada en polvo.

3,30

kilogramo

GR7, GR9

 

ANEXO II

 

(Artículo 1º)
PAISES DE DESTINO DE LAS MERCADERIAS

 

GRUPO 7

 

202 BOLIVIA

221 PARAGUAY

203 BRASIL

222 PERU

208 CHILE

225 URUGUAY

205 COLOMBIA

226 VENEZUELA

 

GRUPO 9

 

149 ANGOLA

128 MAURICIO, ISLAS

102 ARGELIA

129 MAURITANIA

112 BENIN

151 MOZAMBIQUE

103 BOTSWANA

158 NAMIBIA

101 BURKINA FASO

130 NIGER

104 BURUNDI

131 NIGERIA

150 CABO VERDE

107 REPUBLICA CENTROAFRICANA

105 CAMERUN

109 REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO (EX ZAIRE)

111 CHAD

197 RESTO (AFRICA)

155 COMORAS

133 RWANDA

108 CONGO

157 SANTO TOME Y PRINCIPE

110 COSTA DE MARFIL

134 SENEGAL

153 DJIBOUTI

152 SEYCHELLES

113 EGIPTO

135 SIERRA LEONA

160 ERITREA

136 SOMALIA

161 ETIOPIA

159 SUDAFRICA

115 GABON

138 SUDAN

116 GAMBIA

137 SWAZILANDIA

117 GHANA

139 TANZANIA

118 GUINEA

146 TERRITORIO VINCULADO A ESPAÑA (AFRICA)

156 GUINEA BISSAU

147 TERRITORIO VINCULADO A FRANCIA (AFRICA)

119 GUINEA ECUATORIAL

145 TERRITORIO VINCULADO AL REINO UNIDO (AFRICA)

198 INDETERMINADO (AFRICA)

140 TOGO

120 KENYA

141 TUNEZ

121 LESOTHO

142 UGANDA

122 LIBERIA

144 ZAMBIA

123 LIBIA

132 ZIMBABWE

124 MADAGASCAR

 

125 MALAWI

 

126 MALI

 

127 MARRUECOS

 

 

GRUPO 13

 

302 ARABIA SAUDITA

341 HONG KONG

204 CANADA

316 INDONESIA

310 CHINA

326 MALASIA

331 EMIRATOS ARABES UNIDOS

333 SINGAPUR

 

GRUPO 14

 

317 IRAK

321 JORDANIA

 

GRUPO 15

 

201 BARBADOS

211 EL SALVADOR

206 COSTA RICA

217 JAMAICA

207 CUBA

218 MEXICO

210 ECUADOR

209 REPUBLICA DOMINICANA

 

ANEXO III

 

(Artículo 2º)
BAJAS DE VALORES REFERENCIALES PARA EXPORTACION



POSICION ARANCELARIA NCM

DESCRIPCION DE LA MERCADERIA

0402.21.10

Valores referenciales establecidos en la Resolución General Nº 3173 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM.

1901.90.90

Valores referenciales establecidos en la Resolución General Nº 3173 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM.

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RG-3543-2013-AFIP Deroga Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo, leche en polvo
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Relación Norma Detalle
Deroga RG-3173-2011-AFIP Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo, leche en polvo