Disposición N° 7563-2011
Bs. As., 7/11/2011
VISTO la Ley N° 25.506, su Decreto Reglamentario N°
2628/02 y sus normas modificatorias y complementarias, las Disposiciones ANMAT Nros. 6889/10, 906/11, 2577/11 y 4029/11 y el Expediente N° 1-47-17.506-11-1 del Registro de esta Administración
Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y
CONSIDERANDO:
Que en el marco del “Programa de Despapelización
Segura de la
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología Médica”, creado por Disposición ANMAT N° 6889/10, se dictó la Disposición ANMAT
N° 2577/11 por la que se adoptó el uso de la firma
digital; disponiéndose que los usuarios de la referida herramienta informática
serán tanto los funcionarios pertenecientes a esta Administración Nacional como
los terceros que realizan trámites ante este organismo.
Que mediante Resolución N° 227/10 de la ex SECRETARIA
DE LA GESTION PUBLICA
se otorgó a la
OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION (ONTI) de la SUBSECRETARIA DE
TECNOLOGIAS DE GESTION de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de
la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS la licencia para operar como CERTIFICADOR LICENCIADO.
Que la “Política de Certificación para Personas Físicas de
Entes Públicos, Estatales o no Estatales, y Personas Físicas que realicen
trámites con el Estado” de la Autoridad Certificante (AC ONTI), aprobada por la
citada resolución, habilita a la
ONTI a emitir certificados digitales a favor de personas
físicas que realicen trámites ante organismos públicos, cuando se requiera para
ello de una firma digital, determinando que, a esos fines, se requiere la
suscripción de un acuerdo entre la
ONTI y el organismo que lleva adelante las funciones de
Autoridad de Registro correspondientes.
Que en ese marco la ONTI
y esta ANMAT, en su calidad de AR de la AC-ONTI, creada por Disposición ANMAT N° 906/11, suscribieron un “Acuerdo de
Implementación del Procedimiento de Validación de Datos de Solicitudes de
Certificados Digitales para Personas Físicas que realicen Trámites con el
Estado”, el cual contempla el procedimiento interno que
esta Administración Nacional implementará al respecto.
Que como consecuencia del acuerdo suscripto se dictó la Disposición ANMAT
N° 4029/11 que estableció la documentación que el
solicitante de un certificado de firma digital para realizar trámites ante esta
Administración Nacional debe presentar ante el Oficial de Registro de la AR-ANMAT de la AC-ONTI, con el objeto de
realizar la validación de su identidad y otros datos.
Que posteriormente se advirtió la necesidad de introducir modificaciones en el
citado convenio con el objeto de incluir el procedimiento aplicable para la
validación de la identidad y otros datos de las personas físicas que actúan
como directores técnicos y co-directores técnicos de
las empresas que realizan tramitaciones ante esta Administración Nacional.
Que a esos fines se suscribió un Acuerdo de Modificación del Anexo del acuerdo
anteriormente referido.
Que en virtud de ello, resulta necesario modificar el Anexo I de la Disposición ANMAT
N° 4029/11 con el objeto de incorporar las enmiendas
introducidas en el aludido convenio tendientes a la verificación de la
identidad y otros datos de quienes solicitan un certificado de firma digital en
el carácter de directores o co-directores técnicos de
las empresas que realizan trámites ante esta Administración Nacional.
Que asimismo, y como consecuencia de la experiencia adquirida en la
implementación de los procesos de otorgamiento de certificados de firma
digital, se advierte la conveniencia de introducir modificaciones en la “Guía del Usuario” (Anexo II de la Disposición ANMAT
N° 4029/11), en lo referente a los diversos
requisitos que involucran la tramitación y obtención de un certificado de firma
digital, con el fin de facilitar su mejor comprensión.
Que el Comité Ejecutor del Programa de Despapelización
Segura de la ANMAT
ha expedido informe al respecto.
Que la Dirección
de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y por el Decreto N°
425/10.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y
TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
ARTICULO 1° — Sustitúyese
el Anexo I de la
Disposición ANMAT N° 4029/11 por el
Anexo I de la presente disposición.
ARTICULO 2° — Sustitúyese
el Anexo II de la
Disposición ANMAT N° 4029/11 por el
Anexo II de la presente disposición.
ARTICULO 3° — La presente disposición entrará
en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4° — Regístrese, notifíquese a quienes
corresponda. Dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese permanente. — Dr. CARLOS CHIALE, Interventor, A.N.M.A.T.
ANEXO I
DOCUMENTACION A PRESENTAR:
1. PERSONAS FISICAS (Unipersonal)
Las personas físicas (unipersonal) que soliciten el certificado de firma
digital deberán presentar la siguiente documentación:
a) Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
b) Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial
(únicamente en caso de presentarse el apoderado del titular de la explotación
unipersonal, debiendo éste acompañar alguno de los documentos mencionados en el
punto a);
c) Constancia de inscripción ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP); y
d) Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación/inscripción ante esta
Administración Nacional.
2.- PERSONAS FISICAS (en representación de personas jurídicas)
Las personas físicas, en representación de personas jurídicas, que soliciten el
certificado de firma digital deberán presentar la siguiente documentación:
2.1.- SOCIEDADES ANONIMAS
a) Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
b) Constancia de inscripción de la persona jurídica ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP);
c) Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación/inscripción ante esta
Administración Nacional de la persona jurídica;
Además de la documentación mencionada en los incisos a), b) y c) deberá
presentarse la siguiente documentación, según corresponda:
d) Representante Legal:
1.- Estatuto o Acta Constitutiva (copia autenticada ante Escribano Público);
2.- Inscripción en la
Inspección General de Justicia o en el Registro Público de
Comercio (copia autenticada ante Escribano Público);
3.- Acta de Asamblea de elección de autoridades (última) y Acta de Directorio
(designación de cargos) (copia autenticada ante Escribano Público);
e) Apoderado:
- Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial.
2.2.- SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
a) Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
b) Constancia de inscripción de la persona jurídica ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP);
c) Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación/inscripción ante esta
Administración Nacional de la persona jurídica;
Además de la documentación mencionada en los incisos a), b) y c) deberá
presentarse la siguiente documentación, según corresponda:
d) Representante Legal:
1.- Contrato Social (copia autenticada ante Escribano Público);
2.- Inscripción en la
Inspección General de Justicia o en el Registro Público de Comercio
(copia autenticada ante Escribano Público);
e) Apoderado:
- Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial.
2.3.- SOCIEDADES DE HECHO
a) Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
b) Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación/inscripción ante esta
Administración Nacional de la
Sociedad de Flecho;
c) Constancia de inscripción de la
Sociedad de Flecho ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP);
Además de la documentación mencionada en los incisos a), b) y c) deberá
presentarse la siguiente documentación, según corresponda:
d) Socio:
1.- Contrato social, si existe. En caso de no existir el contrato, deberá
presentarse la nómina de las personas que integran la sociedad con sus datos
personales (Nombres y Apellido, Domicilio y Número de Documento Nacional de
Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento (ciudadanos argentinos o
residentes) o Pasaporte o Cédula MERCOSUR (extranjeros);
2.- Fotocopia de uno de los documentos mencionados en el punto a) de cada uno
de los socios.
e) Apoderado:
- Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial.
3. PERSONAS FISICAS QUE ACTUAN COMO DIRECTOR O CO-DIRECTOR TECNICO
a) Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
b) Fotocopia simple de la disposición de designación en el cargo;
c) Declaración Jurada de la empresa por la cual actúa como Director Técnico o Co-Director Técnico, firmada por el Representante Legal o
Apoderado;
d) Constancia de inscripción ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP) de la empresa por la cual actúa.
ANEXO II
GUIA DEL
USUARIO
1 - INTRODUCCION
La presente guía contiene el procedimiento que deben cumplir las personas
físicas que realizan trámites ante esta Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica —ANMAT— a fin de obtener un certificado de firma digital de
acuerdo con la Política
de Certificación de la
Oficina Nacional de Tecnologías de Información (ONTI) para
Personas Físicas que realicen trámites con el Estado, aprobada por la Resolución de la ex
Secretaría de la
Gestión Pública No 227/10.
La Guía es aplicable tanto para quienes presentan una solicitud de certificado
digital por primera vez como para quienes ya son suscriptores y, por cualquier
razón, inician la solicitud de un nuevo certificado.
2 - INICIO DEL TRAMITE
La persona que inicie el trámite de solicitud de un certificado de Firma
Digital deberá presentar ante la
Mesa de Entradas de esta Administración Nacional la
documentación que a continuación se detalla, según corresponda:
2.1. PERSONAS FISICAS (Unipersonal)
a) Nota de solicitud del trámite;
b) Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
c) Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial
(únicamente en caso de presentarse el apoderado del titular de la explotación
unipersonal, debiendo éste acompañar alguno de los documentos mencionados en el
punto b);
d) Constancia de inscripción ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP); y
e) Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación/inscripción ante esta
Administración Nacional.
2.2.- PERSONAS FISICAS (en representación de personas jurídicas)
2.2.1.- SOCIEDADES ANONIMAS
a) Nota de solicitud del trámite;
b) Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
c) Constancia de inscripción de la persona jurídica ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP);
d) Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación/inscripción ante esta
Administración Nacional de la persona jurídica.
Además de la documentación mencionada en los incisos a), b), c) y d) deberá
presentarse la siguiente documentación, según corresponda:
e) Representante Legal:
1.- Estatuto o Acta Constitutiva (copia autenticada ante Escribano Público);
2.- Inscripción en la
Inspección General de Justicia o en el Registro Público de
Comercio (copia autenticada ante Escribano Público);
3.- Acta de Asamblea de elección de autoridades (última) y Acta de Directorio
(designación de cargos) (copia autenticada ante Escribano Público);
f) Apoderado:
- Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplío o Especial.
2.2.2.- SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
a) Nota de solicitud del trámite;
b) Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
c) Constancia de inscripción de la persona jurídica ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP);
d) Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación/inscripción ante esta
Administración Nacional de la persona jurídica.
Además de la documentación mencionada en los incisos a), b), c) y d) deberá
presentarse la siguiente documentación, según corresponda:
e) Representante Legal:
1.- Contrato Social (copia autenticada ante Escribano Público);
2.- Inscripción en la
Inspección General de Justicia o en el Registro Público de
Comercio (copia autenticada ante Escribano Público);
f) Apoderado:
- Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial.
2.2.3.- SOCIEDADES DE HECHO
a) Nota de solicitud del trámite;
b) Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
c) Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación/inscripción ante esta
Administración Nacional de la
Sociedad de Hecho;
d) Constancia de inscripción de la
Sociedad de Hecho ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP).
Además de la documentación mencionada en los incisos a), b), c) y d) deberá
presentarse la siguiente documentación, según corresponda:
e) Socio:
1.- Contrato social, si existe. En caso de no existir el contrato, deberá
presentarse la nómina de las personas que integran la sociedad con sus datos
personales (Nombres y Apellido, Domicilio y Número de Documento Nacional de
Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento (ciudadanos argentinos o
residentes) o Pasaporte o Cédula MERCOSUR (extranjeros);
2.- Fotocopia de uno de los documentos mencionados en el punto b) de cada uno
de los socios.
f) Apoderado:
- Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial.
2. 3. PERSONAS FISICAS QUE ACTUAN COMO DIRECTOR O CO-DIRECTOR TECNICO
a) Nota de solicitud del trámite;
b) Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
c) Fotocopia simple de la disposición de designación en el cargo.
d) Declaración Jurada de la empresa por la cual actúa como Director Técnico o Co-Director Técnico, firmada por el Representante Legal o
Apoderado;
e) Constancia de inscripción ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP) de la empresa por la cual actúa.
ACLARACION: En la página Web de la
ANMAT www.anmat.gov.ar, en el link “Sistema de Gestión Electrónica”, encontrará el modelo de la “Nota de Solicitud del Trámite” y de la “Declaración Jurada de la empresa por la cual actúa el Director Técnico
y Co-Director Técnico”. La “Nota de solicitud” deberá estar firmada por la
persona a quien se le otorgará el certificado de firma digital y en ella deberá
consignarse la MISMA
DIRECCION DE CORREO ELECTRONICO que fuera detallada en la
solicitud de certificado de firma digital. Dicha dirección de correo deberá ser
personal y con dominio institucional de la empresa. IMPORTANTE: Toda la
documentación presentada deberá estar en buen estado de conservación y ser
perfectamente legible.
3. EVALUACION DE LA
DOCUMENTACION EN LA AR-ANMAT
Ingresada la documentación por la Mesa de Entradas de esta
Administración Nacional se iniciará un expediente el que será girado a la ARANMAT para la evaluación
de la documentación presentada.
De ser correcta la documentación, la AR-ANMAT comunicará, a través del correo
electrónico denunciado, la fecha y hora (turno) en la cual el solicitante deberá
presentarse personalmente ante la referida Autoridad de Registro con el fin de
realizar el procedimiento de validación de su identidad y otros datos.
Si la documentación no fuera correcta, la AR-ANMAT comunicará, a través del correo
electrónico denunciado la documentación que deberá presentar.
Cuando la documentación solicitada sea la correcta, la AR-ANMAT comunicará a
través del correo electrónico denunciado, la fecha y hora (turno) en las cuales
el solicitante deberá presentarse personalmente.
RECUERDE: La dirección de correo electrónico denunciada en la nota de solicitud
del trámite que obrará en el expediente será la UNICA VIA DE
CONFIRMACION DEL TURNO OTORGADO.
Una vez confirmado el turno a través del correo electrónico denunciado el
solicitante deberá realizar el siguiente procedimiento on
line:
4. INSTALACION DEL CERTIFICADO RAIZ
Deberá ingresar en la Web
del Certificador: https://pki.jgm.gov.ar/app/ (IMPORTANTE: tenga en cuenta que
el protocolo de Internet es https) y descargar e
Instalar el Certificado Raíz de la Autoridad Certificante realizando los siguientes
pasos:
• Ingresar al sitio Web del Certificador
https://pki.jgm.gov.ar/app/ (IMPORTANTE: tenga en cuenta que el protocolo de
Internet es https).
• En el recuadro de color rojo con la leyenda “Importante”, hacer clic en el botón “Descargue AC-RAIZ”.
• En el extremo inferior derecho de la pantalla hacer clic
en “Instalar certificado Raíz”.
• En el recuadro “Descarga de archivo”, seleccionar “Abrir”.
• Finalizar (X).
5. INSTALACION DEL CONTROLADOR DEL DISPOSITIVO USB (TOKEN)
Para instalar el controlador del dispositivo USB (TOKEN) deberá:
• Ingresar al sitio Web www.anmat.gov.ar
en el link “Sistema de Gestión Electrónica”.
• Descargar el archivo “Instructivo para la instalación y
configuración de Token pdf”.
• Instalar Token Driver según el Sistema Operativo que utilice.
IMPORTANTE: Los controladores para el dispositivo USB sólo pueden utilizarse en
los Sistemas Operativos Microsoft Windows XP, Windows Vista y Windows Seven.
6. SOLICITUD ON LINE DEL CERTIFICADO
La solicitud on line es un
trámite personal. Para solicitar un Certificado de Firma Digital tendrá que
ingresar al sitio Web del Certificador https://pki.jgm.gov.ar/app/ (IMPORTANTE:
tenga en cuenta que el protocolo de Internet es https).
La PC donde se
realice la solicitud debe ser la misma en la cual se descargará el certificado
al final del trámite. En la sección trámites encontrará la opción Solicitud de
Certificado:
Deberá realizar la siguiente secuencia de acciones:
a) Completar el formulario de solicitud de certificado.
Para completar el Paso 1, apartado “Datos Personales” deberá tener en cuenta los siguientes puntos:
- Todos los datos deben figurar tal cual se encuentran en el Documento que
acredite su Identidad;
- El correo electrónico deberá ser el mismo que se denunció en la nota de
solicitud, el que deberá ser personal y con dominio institucional.
Para completar el Paso 1, apartado “Datos de la Organización” deberá tener en cuenta los siguientes puntos:
- En el cuadro “Organización” indicar la “Razón Social”;
- En el cuadro “Area de la que depende” indicar el “CUIT/CUIL” de la empresa solicitante:
- En el cuadro “Cargo/Función” consignar, según corresponda: “Representante
Legal/Apoderado/Director Técnico/Co-Director Técnico”;
- En el cuadro “Aplicación” seleccionar la opción “Sistemas ANMAT”;
- En el cuadro “Proveedor de servicios
Criptográficos” deberá conectar el eToken y seleccionar “eToken Base Crvotooraohic
Provider”:
b) El sistema asigna automáticamente una o varias AR en función de los datos de
la solicitud y a partir de la lista de AR autorizadas. En caso que fueran
asignadas varias AR, el usuario deberá elegir la AR que le corresponde: ANMAT.
c) Cumplidos los pasos anteriores, el solicitante completa el formulario de
solicitud con los datos que serán incluidos en el certificado a emitir.
d) El solicitante acepta el acuerdo con suscriptores incluyendo la Política de
Certificación.
e) Si los datos son correctos, se permitirá al solicitante efectuar la
solicitud de certificado para lo cual el solicitante realizará los siguientes
pasos:
1. Deberá seleccionar insertar el dispositivo criptográfico.
2. Como paso siguiente el solicitante debe imprimir la Nota de solicitud.
3. La aplicación muestra una pantalla que indica que el trámite se inició
correctamente.
4. El solicitante debe verificar que el Código de Solicitud (Hash) de la
Nota de Solicitud impresa coincide exactamente con el que
aparecerá en su pantalla, bajo ningún concepto el solicitante debe firmar la Nota de Solicitud sin hacer
esta verificación. En caso accidental de cerrar la pantalla donde aparece el
Código de Solicitud antes de realizar la mencionada verificación debe destruir la Nota de Solicitud impresa y
comenzar el trámite nuevamente. El solicitante debe además verificar que todos
los datos impresos en la Nota
de Solicitud son correctos y coinciden con los que aparecerán en su pantalla.
5. Sólo en el caso que toda la información antes mencionada coincida el
solicitante procederá a firmar sobre el campo “Firma y
aclaración del solicitante” incluyendo la aclaración de su
firma.
En caso que ambos Códigos de Solicitud (Hash) no
coincidan el solicitante deberá detener el proceso de solicitud, destruir la Nota de Solicitud impresa y
comenzar nuevamente todo el proce-dimiento
de solicitud de certificado desde su inicio.
6. Una vez que la Nota
de Solicitud fue firmada, resulta crítico que ésta sea resguardada por el
solicitante en un lugar seguro, impidiendo el acceso a la misma por parte de
terceros.
IMPORTANTE: Recuerde el código de Solicitud (Hash) de
la Nota de
solicitud a presentar ante la
AR-ANMAT debe coincidir con el que figura en el mail recibido
en el correo electrónico denunciado.
f) La aplicación envía un correo electrónico al solicitante que contendrá un
link de acceso a la aplicación. El solicitante debe acceder al mismo para
confirmar al Certificador que la dirección de correo electrónico ingresada es
la correcta y que posee acceso a la cuenta de correo declarada. El correo
electrónico contiene además un identificador de trámite, que el usuario podrá
utilizar para consultar el estado del mismo.
IMPORTANTE: Si no recibió el correo electrónico en un término de dos (2) horas
puede reenviarlo desde “Mis trámites”. Si no realiza la verificación de correo dentro de las cuatro (4)
horas deberá iniciar una nueva solicitud.
g) A continuación aparecerá un mensaje en pantalla informando al usuario:
- que su correo electrónico fue verificado,
- que el trámite cambió de estado,
- detalle de la documentación que debe presentar ante la AR.
NOTA: La pantalla actualmente indica la documentación que
deben presentar las personas físicas de entes públicos (funcionarlos públicos)
para obtener el certificado de firma digital. MUY IMPORTANTE: LOS PERSONAS
FISICAS QUE REALIZAN TRAMITES ANTE ESTA ADMINISTRACION NACIONAL DEBERAN
PRESENTARSE CON EL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, LIBRETA CIVICA O LIBRETA DE
ENROLAMIENTO (CIUDADANOS ARGENTINOS O RESIDENTES) O PASAPORTE O CEDULA MERCOSUR
(EXTRANJEROS) ORIGINAL Y LA
SOLICITUD DE CERTIFICADO.
ACLARACION: El documento de identidad cuyo original se aporte debe ser el MISMO
cuya fotocopia fue agregada en el expediente iniciado en la Mesa de Entradas de esta
Administración Nacional. LA DOCUMENTACION RESTANTE, NECESARIA PARA EL
TRAMITE, SE ENCUENTRA AGREGADA EN EL EXPEDIENTE QUE SE INICIO ANTE LA MESA DE ENTRADAS DE ESTA
ADMINISTRACION NACIONAL.
7. AR-ANMAT: INGRESO Y EGRESO
El solicitante del certificado de firma digital debe concurrir a la ARANMAT, ubicada en Avda. de Mayo 869, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la
fecha y hora indicadas. Previo al ingreso a la AR-ANMAT deberá
registrarse en la Mesa
de Gestión Electrónica (Planta Baja) donde le entregarán una identificación que
le permitirá el acceso. Este trámite es indelegable (solamente lo puede
realizar el solicitante).
Una vez registrado su ingreso a la
AR-ANMAT firmará la documentación correspondiente y el
Oficial de Registro le aprobará o rechazará el trámite de otorgamiento del
certificado de firma digital.
Concluido el trámite deberá registrar el egreso del edificio en la Mesa de Gestión Electrónica y
entregar la identificación correspondiente.
El trámite presencial tiene una duración aproximada de quince (15) minutos.
8.- DESCARGA DEL CERTIFICADO DE FIRMA DIGITAL
Una vez aprobada su solicitud por la AR-ANMAT, se le enviará un correo electrónico a
la cuenta denunciada, informando la disponibilidad del certificado para su
descarga.
Recuerde: que debe realizar este proceso en la misma PC donde realizó la
solicitud del certificado.
9.- DISPOSITIVOS CRIPTOGRAFICOS
Aladdin eToken PRO
Este Token es compatible con Capacidad de memoria 72K
(Java aplicaciones eToken PKI
y de Virtual Machine). Administración de
contraseñas. Sus funciones se pueden emplear en las aplicaciones habituales a
través de la carga de “applets” Java en los tokens. Algoritmos de seguridad
admitidos: RSA 1024-bit y 2048-bit,
DES, 3DES, SHA1. Generación y autenticación de claves dentro del mismo Token. Conector USB tipo A.
Carcasa de plástico duro moldeado, con evidencia de alteración.
Recuerde que en conjunto con el dispositivo criptográfico debe adquirir los
controladores del mismo (drivers) para el sistema
operativo que va a utilizar.
10. CONSULTAS
Se podrán efectuar consultas en:
- la AR-ANMAT:
correo electrónico: ar@anmat.gov.ar
- la Mesa de
Gestión Electrónica ubicada en la planta baja de la sede de ANMAT sita en Av.
de Mayo 869, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Correo electrónico: gestionelectronica@anmat.gov.ar