Detalle de la norma DR-29-2011-CCM
Directiva Nro. 29 Comisión de Comercio del Mercosur
Organismo Comisión de Comercio del Mercosur
Año 2011
Asunto Acciones puntuales por razones de abastecimiento NCM 7326.90.90 Las demás
Detalle de la norma
DR-29-2011

DR-29-2011

 

 

ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO

POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 08/08 del Grupo Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa del Brasil para la aplicación de una determinada medida arancelaria, en el marco de la situación prevista en el inciso 1 del artículo 2 de la Resolución GMC Nº 08/08.

 

Que la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente norma.

 

 

 

LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR

APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

 

Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N° 08/08 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

 

 NCM 7326.90.90     Las demás

 

                         Ex 001- Chapas convexas de formato propio (secciones de calota) de los tipos utilizados en la fabricación de las extremidades de reactores (diámetro superior a 3 m) para la industria petroquímica, producidas por el proceso de lingotamiento continuo.

 

Cantidad: 100 toneladas

Plazo:   4 meses

Alícuota: 2 %

 

Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 20/XII/2011.

 

 

 

CXXIII CCM - Montevideo,  20/X/11.

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DR-39-2011-CCM Deroga Acciones Puntuales en el Ámbito Arancelario por Razones de Abastecimiento
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-8-2008-GMC Acciones puntuales por razones de abastecimiento NCM 7326.90.90 Las demás