Detalle de la norma DC-10-1993-CMC
Decisión Nro. 10 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 1993
Asunto Adopción de normas de BASILEA
Detalle de la norma

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Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of 
Decisión Nº 10 17/01/1993 Fecha:  
 
Dependencia: DC-10-1993-CMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: ADOPCION DE NORMAS DE BASILEA
 

VISTO: el Artículo 10 del Tratado de Asunción, la Decisión Nro. 4/91 del Consejo del Mercado Común, la Resolución 51/93 y 77/93 del GMC, la Recomendación Nro. 6 del Subgrupo N° 4, "Políticas Fiscal y Monetaria relacionadas con el Comercio".

CONSIDERANDO: Que con el fin de armonizar las normas legales y reglamentarias relativas a los sistemas financieros de los estados partes del Tratado de Asunción , se estima conveniente la adopción de los requerimientos de capital y patrimonio mínimos establecidos por el Comité de Basilea.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DECIDE:

Art. 1° - Los Estados Partes adoptan para sus sistemas financieros los principios y normas básicas establecidas por el Comité de Basilea de Regulaciones Bancarias y Prácticas de Supervisión, para la fijación de los niveles mínimos de capital en base a los activos de riesgo.