Detalle de la norma RE-867-2006-SENASA
Resolución Nro. 867 Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Organismo Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Año 2006
Asunto Procedimiento para Reidentificación de Bovinos. Se extiende aplicación
Boletín Oficial
Fecha: 20/12/2006
Detalle de la norma
Resolución 867-2006

Resolución  867-2006

Sistema Nacional de Identificación de Ganado Bovino. Se extiende la aplicación de la Resolución Nº 754-2006 a la especie ganado bubalino

Buenos Aires, 19 de Diciembre de 2006.

VISTO:

El Expediente Nº S01:0449870/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Resoluciones Nros. 103 de fecha 3 de marzo de 2006 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, y 754 de fecha 30 de octubre de 2006 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución SAGPYA Nº 103/2006 se creó el “Sistema Nacional de Identificación de Ganado Bovino”.

Que la Resolución SENASA Nº 754/2006 unificó la identificación bajo un Sistema Nacional.

Que la extensión de la identificación al rodeo nacional comenzará con la individualización de los terneros y terneras nacidos a partir del año 2006, sumándose los que se incorporen cada año, hasta que, reposición mediante, el CIENTO POR CIENTO (100%) de las existencias bovinas queden identificadas.

Que es igualmente necesario asegurar la identificación de los terneros y terneras bubalinos dada su similitud de especie con los bovinos.

Que una apropiada identificación de bubalinos, convivientes o no con vacunos, contribuye a una gestión integral en los establecimientos ganaderos, y una mejor ejecución de los planes sanitarios.

Que han tomado la debida intervención la Dirección Nacional de Sanidad Animal, la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria y la Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto en el artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 680 del 1º de septiembre de 2003, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 8º de la Resolución Nº 103 del 3 de marzo de 2006 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:

Artículo 1º — Extiéndase la aplicación de la Resolución Nº 754 de fecha 30 de octubre de 2006 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA a la especie de ganado bubalino.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.

 

 

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