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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Decisión Admi: 796
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30/12/2004
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Fecha:
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04/02/2005
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Dependencia:
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DA-796-2005-JGM
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Tema:
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SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS
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Asunto:
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Modifícase el
Presupuesto de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2004, mediante
una compensación de créditos presupuestarios de la Jurisdicción 56 -
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Programa
16 “Control del Sistema Nacional de Aeropuertos”, del Organismo Regulador del
Sistema Nacional de Aeropuertos y de la Jurisdicción 45 -
Ministerio de Defensa, Programa 18, “Apoyo a la Actividad Aérea
Nacional”, en relación con inversiones de carácter prioritario orientadas a
adecuar la infraestructura a fin de brindar una operación aérea segura y
eficiente.
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VISTO: el
Expediente N° 280/2004 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
para el Ejercicio 2004, aprobado por la Ley N° 25.827, distribuido por la Decisión Administrativa
N° 2 de fecha 14 de enero de 2004, los Decretos N° 375 de fecha 24 de abril
de 1997 y 500 de fecha 2 de junio de 1997, ambos ratificados por el Decreto N°
842 de fecha 27 de agosto de 1997, y el Decreto N° 163 de fecha 11 de febrero
de 1998, y
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CONSIDERANDO:
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Que el SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS, creado por el Artículo 13 del Decreto N° 375 de
fecha 24 de abril de 1997, requiere la realización de inversiones con
carácter prioritario para adecuar su infraestructura con el fin de brindar
una operación aérea segura y eficiente.
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Que conforme
surge de las actuaciones citadas en el VISTO, la FUERZA AEREA
ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA solicitó asistencia
financiera al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
(ORSNA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, a efectos de satisfacer las necesidades de equipamiento
meteorológico y de comunicación y programas de computación imprescindibles
para posibilitar la certificación de CINCO (5) de los DOCE (12) Aeropuertos
Internacionales previstos, con el fin de que el ESTADO NACIONAL cumplimente
las Normas y Recomendaciones del Anexo 14 “AERODROMOS” de la ORGANIZACION DE
AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (O.A.C.I), en materia de seguridad operacional
aeronáutica, requerimientos de certificación de aeropuertos internacionales y
cumplimiento del Plan de Navegación Aérea.
|
Que el ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo
descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, puede transferir de su
crédito presupuestario el importe equivalente para la adquisición, por parte
del COMANDO DE REGIONES AEREAS de la FUERZA AEREA ARGENTINA dependiente del
MINISTERIO DE DEFENSA, del equipamiento mencionado precedentemente, para los
Aeropuertos Internacionales;
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Aeropuerto Internacional
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Localidad
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Provincia
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“MINISTRO PISTARINI”
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Ezeiza
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Buenos Aires
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“INGENIERO AMBROSIO TARAVELLA”
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Córdoba
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Córdoba
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“FRANCISCO GABRIELLI-EL PLUMERILLO”
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Mendoza
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Mendoza
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“JOSE DE SAN MARTIN”
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Resistencia
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Chaco
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“BRIGADIER GENERAL DE LA COLINA”
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Mar del Plata
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Buenos Aires
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Que realizar
tales inversiones responde a compromisos que el ESTADO NACIONAL asume en
calidad de Estado signatario del
CONVENIO DE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL, para garantizar el
desarrollo seguro, regular y eficiente de la aviación civil internacional, lo
cual implica mantener altos estándares de seguridad operacional, contribuir
al normal funcionamiento de los aeropuertos, a la protección de personas y
ejercer el control del espacio aéreo.
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Que el COMANDO DE
REGIONES AEREAS de la
FUERZA AEREA ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE
DEFENSA, es el responsable de llevar adelante la realización de tales
inversiones.
|
Que asimismo se
ha celebrado un Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica con fecha 26 de
mayo de 1999, entre el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (ORSNA) en ese entonces en el ámbito de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la FUERZA AEREA
ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA.
|
Que el ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo
descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, tiene la función de
velar por la operación confiable de los servicios e instalaciones
aeroportuarias de acuerdo a normas nacionales e internacionales aplicables,
conforme el Artículo 14 del Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997.
|
Que conforme el
Numeral 12, apartado I, inciso IV del Contrato de Concesión aprobado por
Decreto N° 163 de fecha 11 de febrero de 1998, el ESTADO NACIONAL, asumió el
compromiso de acompañar las inversiones del Concesionario en los ámbitos que la FUERZA AEREA
ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA mantiene bajo su exclusiva
responsabilidad.
|
Que corresponde
al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo
descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, velar por el
mantenimiento, conservación y modernización de la infraestructura
aeroportuaria, estableciendo las normas, sistemas y procedimientos técnicos
para administrar, operar, conservar y mantener los aeropuertos integrantes
del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS y controlar su cumplimiento, según el
Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997.
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Que es función
del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA),
organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,
coordinar con la FUERZA
AEREA ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, los
organismos y dependencias gubernamentales con atribuciones y/o vinculación
directa o indirecta con la actividad aeroportuaria y otros sujetos
interesados, la formulación de planes y programas de infraestructura
aeronáutica y la evaluación técnica de las obras, conforme lo establece el
Artículo 17 inciso 10 del Decreto N° 375 del 24 de abril de 1997.
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Que el ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo
descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS cuenta con los recursos
necesarios para financiar sus gastos de funcionamiento.
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Que el ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo
descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS posee la facultad de
administrar conforme a su destino los recursos que perciba, conforme el
Artículo 17 inciso 24 del Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997.
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Programa 16 “Control del Sistema Nacional de
Aeropuertos” de la entidad 664 ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y
SERVICIOS y de la
Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA
|
Programa 18 “Apoyo a la Actividad Aérea
Nacional, Servicio 381 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA
ARGENTINA”.
|
Que la presente
medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el Artículo 13 de la Ley N° 25.827 y lo
establecido en el Artículo 3° de la Decisión Administrativa
N° 2 de fecha 16 de enero de 2004.
|
Que la
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme lo
establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de
2003.
|
Que el Jefe de
Gabinete de Ministros, se encuentra facultado para el dictado de la presente
medida en atención a las previsiones del Artículo 100, incisos 1, 2 y 7 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL.
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Por ello,
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EL JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
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Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
para el Ejercicio 2004 de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas
al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
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Art. 2° — Instrúyase al señor Secretario de Hacienda
dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION para disponer las medidas
tendientes a asignar las cuotas de compromiso y devengado necesarias que
posibiliten ejecutar el mencionado crédito durante el presente ejercicio.
|
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido.
— Roberto Lavagna.
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NOTA de LOA: Las planillas anexas no se publican. La
documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de
esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en
www.boletinoficial.gov.ar
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