Detalle de la norma RE-38-2011-INV
Resolución Nro. 38 Instituto Nacional de Vitivinicultura
Organismo Instituto Nacional de Vitivinicultura
Año 2011
Asunto Contenedores utilizados para el almacenamiento y circulación de los productos controlados por la Ley
Boletín Oficial
Fecha: 05/09/2011
Detalle de la norma
LOA


Resolución Nº 38-2011

Mendoza, 29/8/2011

Visto el Expediente Nº S93:0007657/2009, la Ley General de Vinos Nº 14.878 y la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, se tramita la aprobación del uso de caudalímetros electromagnéticos para cubicaciones de contenedores utilizados para el almacenamiento y circulación de los productos controlados por la Ley General de Vinos Nº 14.878 y la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566.

Que el Artículo 24 Bis de la Ley Nº 14.878 establece, entre otros conceptos, que las empresas que transporten productos que trate la misma, deberán cumplimentar las exigencias de inscripción que determine el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV).

Que la Ley Nº 24.566 y sus normas complementarias establecen las formas y condiciones de tránsito y/o circulación de los alcoholes.

Que en tal sentido el INV ha determinado que la circulación a granel de vinos y alcoholes se debe realizar en camiones o vagones tanque que se encuentren inscriptos y cubicados oficialmente por este Organismo.

Que dichas cubicaciones como las realizadas sobre vasijas y tanques de almacenaje son realizadas a través de pesada mediante básculas calibradas, utilizando para ello agua limpia y a una temperatura inferior a VEINTE GRADOS CENTIGRADOS (20º C).

Que a los efectos de mejorar la operatividad de estas mediciones y basado en el avance tecnológico, este Organismo ha realizado ensayos de cubicación utilizando para ello caudalímetros electromagnéticos de última generación.

Que los resultados de las mediciones con este dispositivo han resultado satisfactorios y teniendo en cuenta que la operatoria de medición es sencilla y rápida, resulta aconsejable su aprobación.

Que dicho instrumento posee la correspondiente certificación emitida por el Centro de Investigación y Desarrollo para el Uso Racional de la Energía, dependiente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).

Que en virtud de lo expuesto, resulta conducente aprobar y oficializar los métodos descriptos precedentemente.

Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Instituto ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto Nº 1306/08,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:

Apruébanse y oficialízanse para efectuar las cubicaciones oficiales que realiza el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA sobre contenedores utilizados para el almacenamiento y circulación de los productos controlados por la Ley General de Vinos Nº 14.878 y la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566 el método de pesada mediante básculas calibradas, utilizando para ello agua limpia y a una temperatura inferior a VEINTE GRADOS CENTIGRADOS (20º C), y el uso de caudalímetros electromagnéticos.

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación, notifíquese y cumplido, archívese. C.P.N. GUILLERMO DANIEL GARCIA, Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
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RE-45-2012-INV Deroga Contenedores utilizados para el almacenamiento y circulación de los productos controlados por la Ley
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Relaciona LE-14878-1959-PLN Contenedores utilizados para el almacenamiento y circulación de los productos controlados por la Ley