DR-20-2011-CCM
DR-20-2011-CCM
ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO
POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO:
El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 08/08 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Argentina para la aplicación de una determinada medida arancelaria, en el marco de
la situación prevista en el inciso 3 del artículo 2 de la Resolución GMC Nº 08/08.
Que
la CCM aprobó la medida arancelaria, en los términos dispuestos en la presente
norma.
LA COMISIÓN DE
COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art.
1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC N° 08/08 la rebaja arancelaria solicitada por la República Argentina para el siguiente ítem arancelario con las
correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo
de vigencia:
NCM 0511.99.99 -- “Recortes
y desperdicios de pieles y cueros en bruto”.
Cantidad: 3000 toneladas
Plazo: 12 meses
Alícuota: 2 %
Art. 2
- Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno
de la República Argentina. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 09/X/2011.
CXXI CCM - Montevideo, 09/VIII/11.
|