Detalle de la norma RG-995-2001-AFIP
Resolución General Nro. 995 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2001
Asunto Consultas de clasificación arancelaria en la NCM, según Resolución General 369 - AFIP
Boletín Oficial
Fecha: 24/04/2001
Detalle de la norma
Resolución General 995-2001

Resolución General 995-2001

Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur, según Resolución General  369-AFIP. Expediente N° 250.351/2001.

Bs. As., 19/4/2001

VISTO las actuaciones ADGA Nº 404.050/00; 409.192/00; 413.644/00; 417.219/00; 419.530/ 00; 419.870/00; 420.207/00, 420.320/00; 421.740/00 y 427.724/00 por las que se solicita la clasificación en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) de mercaderías de las cuales se adjunta muestra o información técnica según los casos, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones consignadas en el VISTO han sido analizadas a través de los Criterios de Clasificación N os 11 al 20/01 por la División Clasificación Arancelaria y aprobados por el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, según constancias que obran a fs. 01/10 los que se dan por reproducidos.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan, en atención a una sana economía administrativa, definir en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.

Que han tomado la intervención que les compete el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, la Dirección de Técnica y la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 7325.99.90 a la siguiente mercadería: Tapas con sus correspondientes marcos con bisagras, moldeadas en fundición de grafito esferoidal, de los tipos utilizados en canalizaciones para acceso u observación, conforme Criterio de Clasificación N°11/01, recaído en la actuación ADGA Nº 404.050/00.

Art. 2° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 9603.90.00 a la siguiente mercadería: Artículo constituido por cordeles de materia textil insertados y cosidos a una montura rectangular de tejido de trama y urdimbre de aproximadamente 65 cm x 15 cm, que presenta en su parte superior una abertura que permite su acople a un soporte con mango, que reúne las características esenciales de un artículo de cepillería para la limpieza de pisos, conforme Criterio de Clasificación Nº 12/01 recaído en la actuación ADGA N° 409.192 /00.

Art. 3° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 9001.10.20 a la siguiente mercadería: Cable de fibras ópticas sin enfundar individualmente, constituido por cuatro (4) conductos plásticos que contienen cada uno un haz de doce (12) fibras con revestimiento de color, tres (3) varillas plásticas de sección circular, sustancia aglutinante, tejido de aramida y vaina exterior de polietileno, enrollado en un carrete de madera para su transporte, conforme Criterio de Clasificación Nº 13/01 recaído en la actuación ADGA N° 413.644/00.

Art. 4° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6913.90.00 a la siguiente mercadería: Estatuilla de adorno, de cerámica distinta de la porcelana, representando una niña sentada, conforme Criterio de Clasificación Nº 14/01 recaído en la actuación ADGA Nº 417.219/00.

Art. 5° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6910.10.00 a la siguiente mercadería: Inodoro con cisterna, de porcelana, el cual tiene incorporado dispositivos de circulación de agua para el lavado íntimo, de aire para secado posterior y de absorción de olores, con asiento y tapa de plástico, disponiendo el asiento de circulación de agua con temperatura regulable, y paneles de control, conforme Criterio de Clasificación N° 15/01 recaído en la actuación ADGA N° 419.530/00.

Art. 6° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 4205.00.00 a la siguiente mercadería: Cortes de cuero vacuno, de formas distintas de la cuadrada o rectangular, diseñados para la confección de monturas, acondicionados por modelo de corte en cajas, que no presentan aún las características esenciales del artículo terminado o completo, conforme Criterio de Clasificación N° 16/01, recaído en la actuación ADGA N° 419.870/00.

Art. 7° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 7326.20.00 a la siguiente mercadería: Manufactura de alambre de acero, de los tipos utilizados para la encuadernación de hojas no intercambiables, conforme Criterio de Clasificación N° 17/01 recaído en la actuación ADGA N° 420.207/00.

Art. 8° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8708.29.99 a la siguiente mercadería: Accesorio de carrocería, construido en plástico, de forma irregular, provisto de tapa y cerradura para contener diversos artículos, de los tipos utilizados para ser fijado a la caja de vehículos automóviles, conforme Criterio de Clasificación N° 18/01 recaído en la actuación ADGA N° 420.320/00.

Art. 9° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 1604.19.00 a la siguiente mercadería: Conserva en aceite de Machuelo hebra pinchagua (Opistho-nema libertate), en trozos, conforme Criterio de Clasificación N° 19/01 recaído en la actuación ADGA N° 421.740/00.

Art. 10. — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 4205.00.00 a la siguiente mercadería: Cortes de cuero vacuno, de formas distintas de la cuadrada o rectangular, diseñados para guarnecer troneras de mesas de billar, presentándose sin las bolsas ni los elementos de sujeción a la mesa, acondicionados en cajas por modelo de corte, los que no reúnen aún las características esenciales del artículo terminado o completo, conforme Criterio de Clasificación N° 20/01, recaído en la actuación ADGA N° 427.724/00.

Art. 11. — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia al COMITE TECNICO N° 1, ARANCELES, NOMENCLATURA Y CLASIFICACION DE MERCADERIAS de la COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR y archívese en la División Clasificación Arancelaria hasta la publicación de la Resolución General que incorpore a la normativa aduanera la pertinente directiva emanada de la citada Comisión. — Héctor C. Rodríguez.

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RG-369-1999-AFIP Consultas de clasificación arancelaria en la NCM, según Resolución General 369 - AFIP