Detalle de la norma RG-961-2001-AFIP
Resolución General Nro. 961 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2001
Asunto Consultas de clasificación arancelaria en la NCM, según Resolución General 369 - AFIP
Boletín Oficial
Fecha: 26/01/2001
Detalle de la norma
Resolución General 961-2001

Resolución General 961-2001

Consultas de Clasificación Arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur, según Resolución General  369-AFIP. Expediente N° 254.993/2000.

Bs. As., 22/1/2001

VISTO las actuaciones ADGA N os 404.051/00; 411.148/00; 413.441/00; 415.977/00; 419.226/ 00; 419.242/00; 419.668/00; 420.041/00; 420.763/00 y 415.353/00 por las que se solicita la clasificación en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) de mercaderías de las cuales se adjunta muestra o información técnica según los casos, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones consignadas en el VISTO han sido analizadas a través de los Criterios de Clasificación N os 151 al 160/00, por la División Clasificación Arancelaria y aprobados por el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, según constancias que obran a fs. 01/10, los que se dan por reproducidos.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan, en atención a una sana economía administrativa, definir en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.

Que han tomado la intervención que les compete el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, la Dirección de Técnica y la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8526.91.00 a la siguiente mercadería: Juego o surtido conformado por aparato portátil de radionavegación a través del Sistema de Posicionamiento Global (GPS) combinado en un solo cuerpo con terminal de telefonía celular, batería de alimentación, cargador de batería, manual del usuario y correa para sujeción, conforme Criterio de Clasificación Nº 151/00 recaído en la actuación ADGA Nº 404.051/00.

Art. 2° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 9603.90.00 a la siguiente mercadería: Juego o surtido constituido por un pincel, una pera de caucho adaptable al mango del mismo que al oprimirla insufla aire por su interior, un frasco gotero de plástico que contiene agua, con una capacidad aproximada de 30 cm 3 , hojas de napa de fibras de celulosa de 13 cm x 8 cm aproximadamente acondicionadas en una hoja de cartón, diez hisopos y una franela de 20 cm x 20 cm aproximadamente, del tipo de los utilizados para la limpieza de lentes, todo ello acondicionado para su venta al por menor, conforme Criterio de Clasificación Nº 152 /00 recaído en la actuación ADGA Nº 411.148/00.

Art. 3° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8477.20.10 a la siguiente mercadería: Combinación de máquinas destinada a la obtención de tubos planos de polietileno mediante un proceso de extrusión, partiendo del mismo material en la forma de grumos, en un proceso continuo que abarca las operaciones de extrusión, por medio de extrusora de 63,3 mm de diámetro de tornillo, calentamiento, soplado, enfriamiento, estirado con rodillos de arrastre y bobinado, con su gabinete de mando y control, conforme Criterio de Clasificación Nº 153/00 recaído en la actuación ADGA Nº 413.441/00.

Art. 4° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6110.20.00 a la siguiente mercadería: Una prenda de vestir diseñada para cubrir la parte superior del cuerpo, de los tipos utilizados exclusiva o esencialmente para dormir, escote en V, mangas largas, sin ningún tipo de ajuste, tanto en los puños como en el bajo, terminación de frizado en el interior, confeccionada con tejido de punto, 100% algodón, acondicionada para su venta al por menor juntamente con un pantalón largo confeccionado con tejido de trama y urdimbre y ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6204.62.00 a la siguiente mercadería: Un pantalón largo diseñado para uno u otro sexo, de los tipos utilizados exclusiva o esencialmente para dormir, con ajuste en la cintura por medio de un elástico, sin ningún tipo de abertura en el frente, confeccionado con tejido de trama y urdimbre, 100 % algodón, acondicionado para su venta al por menor juntamente con la prenda de vestir descripta precedentemente, conforme Criterio de Clasificación Nº 154 /00 recaído en la actuación ADGA N º 415.977/00.

Art. 5° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 2202.90.00 a la siguiente mercadería: Suplemento dietario, líquido, a base de agua, colágeno y aloe vera gel, que proporciona proteínas y aminoácidos. Acondicionado en envase de plástico de 473 ml de capacidad, con rótulo, donde se recomienda una ingesta diaria de 15 ml, conforme Criterio de Clasificación Nº 155/00 recaído en la actuación ADGA Nº 419.226/00.

Art. 6° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8544.49.00 a la siguiente mercadería: Cable telefónico sin piezas de conexión configurado por dos conductores paralelos de PVC; cada conductor se compone de cuatro pares de alambres aislados y uno sin aislar, los que están encintados en forma helicoidal por una funda de aluminio-poliéster al igual que cada par, conforme Criterio de Clasificación Nº 156/00 recaído en la actuación ADGA Nº 419.242/00.

Art. 7° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6108.22.00 a la siguiente mercadería: Bombacha confeccionada con tejido de punto 100% fibras sintéticas, acondicionada para su venta al por menor juntamente con un sostén (corpiño), presentando ambos igual color, estilo y tallas compatibles y ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6212.10.00 a la siguiente mercadería: Sostén (corpiño) confeccionado con tejido de punto 100% fibras sintéticas, acondicionado para su venta al por menor juntamente con una bombacha, presentando ambos igual color, estilo y tallas compatibles, conforme Criterio de Clasificación Nº 157/00 recaído en la actuación ADGA Nº 419.668/00.

Art. 8° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8471.80.12 a la siguiente mercadería: Aparato destinado a encaminar datos ("router"), con puertos de entrada y salida para interconexión de redes LAN ("Local Access Network") o WAN ("Wide Area Network") y ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8524.39.00 a la siguiente mercadería: Disco para sistema de lectura por rayo láser grabado con el manual de instalación y uso de la mercadería descripta precedentemente, conforme Criterio de Clasificación Nº 158/00 recaído en la actuación ADGA Nº 420.041/00.

Art. 9° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6211.42.00 a la siguiente mercadería: Delantal de cocina, estampado, con bolsillo en el frente a la altura de la cadera, confeccionado con tejido de trama y urdimbre, con más del 60 % en peso, de hilados de algodón, conforme Criterio de Clasificación Nº 159/00 recaído en la actuación ADGA Nº 420.763/00.

Art. 10 — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 9608.20.00 a la siguiente mercadería: Juego o surtido, constituido por cuatro marcadores con punta de fieltro porosa en distintos colores y doce plantillas de papel troqueladas y autoadhesivas, de los tipos utilizados para estarcir tatuajes sobre la piel, todo ello acondicionado para su venta al por menor, conforme Criterio de Clasificación Nº 160/00 recaído en la actuación ADGA Nº 415.353/ 00.

Art. 11. — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia al COMITE TECNICO Nº 1, ARANCELES, NOMENCLATURA Y CLASIFICACION DE MERCADERIAS de la COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR y dése al autoarchivo por la División Clasificación Arancelaria hasta la publicación de la Resolución General que incorpore a la normativa aduanera la pertinente Directiva emanada de la citada Comisión. — Héctor C. Rodríguez.

 

 

 

 

 

 

 

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