Detalle de la norma RE-558-1997-MEOSP
Resolución Nro. 558 Ministerio de Economia Obras y Servicios Publicos
Organismo Ministerio de Economia Obras y Servicios Publicos
Año 1997
Asunto Elimínase de los Regímenes de Adecuación al Arancel Externo Común
Boletín Oficial
Fecha: 15/05/1997
Detalle de la norma
Resolución 558-1997-MEOSP

Resolución 558-1997-MEOSP

Bs. As., 13/5/97

B.O. 15/5/97

VISTO el Expediente N° 061 -002468/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a partir del 1 de enero de 1995 se ha constituido el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) por el cual se ha generado la necesidad en los Estados Parte de implementar regímenes especiales a fin de confluir en el mediano plazo a la plena concreción de la Unión Aduanera.

Que entre los mecanismos señalados precedentemente se encuentran el Régimen de Adecuación al Arancel Externo Común (Anexo III del Decreto N° 998/95) y el Régimen de Adecuación Final a la Unión Aduanera (Anexo IV del Decreto Nº 998/95).

Que se han eliminado las restricciones al comercio intrazona de determinadas preparaciones alimenticias.

Que entre tales mercaderías se encuentra el café soluble, comprendido en la posición arancelaria 2101.11.10 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).

Que por lo expresado en el tercer Considerando, se considera procedente efectuar ajustes en la composición del universo de mercaderías comprendidas en los regímenes mencionados.

Que en la confección de la medida que se propicia ha tomado intervención la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley N° 22.415, en la Ley de Ministerios-t. o. 1992-y en la Ley 22.792 y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 751 de fecha 8 de marzo de 1974 y 2275 de fecha 23 de diciembre de 1994.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°-Elimínase de los Regímenes de Adecuación al Arancel Externo Común (Anexo III del Decreto N° 998/95) y de Adecuación Final a la Unión Aduanera (Anexo IV del Decreto N° 998/95) la posición arancelaria 2101.11.10 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) con sus correspondientes cronogramas de convergencia.

Art. 2°-Sustitúyense en el Anexo I del Decreto Nº 998/95 el Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) y el Derecho de Importación Intrazona (D.I.I.) asignados a la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N. C . M.) que a continuación se detalla por los que se indican:

N.C.M.                      D.I.E.%                     D.I.I.%                      
 
                                                                                     
 
        2101.11.10                      16                           0               
 
                                                                                     
 
 

Art. 3°-La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Roque B. Fernández.

 

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica DE-998-1995-PEN Elimínase de los Regímenes de Adecuación al Arancel Externo Común