RE-102-1995-IASCAV
RE-102-1995-IASCAV
Emisión
Autorización Fitosanitaria para Tránsito Internacional. Apruébase el
procedimiento técnico-administrativo
Buenos
Aires, 15 de septiembre de 1995
VISTO el expediente Nº 1739/95, del registro del Instituto Argentino de Sanidad
y Calidad Vegetal, y
CONSIDERANDO
Que el
artículo 3º de la Resolución Nº 333/95 del 21 de junio de 1995 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, dispone que el Instituto Argentino de Sanidad y
Calidad Vegetal establecerá las modalidades de instrumentación de la tasa
retributiva para la prestación del servicio de fiscalización de los vehículos
en tránsito internacional de vegetales, sus partes, productos y subproductos.
Que en el Acta Acuerdo de la Reunión Técnica Bilateral Chile/Argentina en
Producción Agrícola de noviembre de 1993, se implementó una "Guía de
Tránsito" para el tránsito internacional que ingrese desde la REPUBLICA DE CHILE y circule por el territorio argentino de las Provincias del CHUBUT, SANTA
CRUZ y TIERRA DEL FUEGO, con destino nuevamente al territorio chileno.
Que en consecuencia, corresponde establecer un procedimiento
técnico-administrativo para que el mismo documento y fije responsabilidades en
el servicio de fiscalización de vehículos en el resto del tránsito
internacional.
Que el presente proyecto cuenta con la conformidad de la Dirección Nacional de Fiscalización, la Dirección de Gestión Técnica y dictamen favorable de la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo
dispuesto en el artículo 10, incisos b) y e) del Decreto Nº 2266/91 del 29 de octubre de
1991 y sus modificatorios.
Por ello,
El
Presidente del Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal
Resuelve:
ARTICULO 1º - Apruébase el procedimiento técnico-administrativo "EMISION
AUTORIZACION FITOSANITARIA PARA TRANSITO INTERNACIONAL" que como Anexos I
y II, forman parte integrante de la presente resolución.
ART. 2º - La Dirección Nacional de Fiscalización y las Direcciones de Gestión
Técnica y Servicios Administrativos tomarán la intervención que les compete.
ART. 3º - De forma.
N.R.: La Resolución Nº 102/95 IASCAV que antecede fue publicada en el Boletín
Oficial del 25/9/92
|