Detalle de la norma CT-783-1993-ANA
Circular Telex Nro. 783 Administración Nacional de Aduanas
Organismo Administración Nacional de Aduanas
Año 1993
Asunto Importación - Exportación Mercaderias transportadas por empresas de Courrier
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Circular Telex 783

01/07/1993

               Fecha:

 

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Dependencia:

CT-783-1993-ANA

Tema:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANAS

Asunto:

IMPORTACIÓN-EXPORTACION. MERCADERIAS TRANSPORTADAS POR EMPRESAS DE COURRIER.

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De acuerdo con el Decreto Nro. 1187/93 se instruye:

 

1) A partir del 01/07/93 inclusive, queda sin efecto la intervención de la autoridad postal y el pago de la Tasa Postal para la importación y la exportación de las mercaderías transportadas por empresas de courrier.

 

2) Las empresas courrier habilitadas hasta el 31/06/93 continuarán operando.

 

3) La autorización de nuevas empresas solo se otorgara previa acreditación de su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales (Art. 10 Decreto Nro. 1187/93)

 

4) Eliminase el limite de valor de Tres Mil Dólares Estadounidenses (U$S 3.000.-) para el transporte de encomiendas por Empresas Courrier. (Art. 4o - Decreto Nro. 7187/93).

 

5) Las encomiendas hasta tres mil dólares estadounidenses (U$S 3.000), se despacharán mediante el Formulario OM-1125/S.

 

6) Para encomiendas que superen el valor de tres mil dólares estadounidenses (U$S 3.000), se utilizará el Formulario OM-680/A.

 

7) La Resolución Nro. 133/91 y su modificatoria Nro. 249/92 y la Circular Télex Nro. 497/92 serán de aplicación en todo aquello que no se oponga a la presente.

 

BANA 81/1993