Detalle de la norma DI-489-2005-AFIP
Disposición Nro. 489 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2005
Asunto AFIP - Estructura Organizativa.
Boletín Oficial
Fecha: 31/08/2005
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: B/Of: 30728
Disposición n° 489 23/08/2005 Fecha: 31/08/2005
 
Dependencia: DI-489-2005-AFIP
Tema: ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Asunto: Administración Federal de Ingresos Públicos. Estructura organizativa. Disposición Nº 444/05 (AFIP). Su modificación. 
 

VISTO: la Disposición Nº 444 (AFIP) del 28 de julio de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que por la Disposición citada en el VISTO se aprobaron modificaciones de la estructura organizativa de determinadas unidades, como primera etapa del análisis integral que debe practicarse en consecuencia del dictado del Decreto Nº 898/05.

Que de tal modo, por el artículo 5º de dicha Disposición se determinó que la Dirección de Asuntos Legales dependiente de la ex Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera, pasará a denominarse Dirección de Asesoría Legal Aduanera con dependencia de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos, manteniendo idéntica responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades dependientes. 

Que ello determinó el cambio de jurisdicción del Departamento Judicial, cuando la competencia asignada al mismo se mantiene en el ámbito de la Subdirección General de Técnico Legal Aduanera.

Que en consecuencia corresponde efectuar la rectificación pertinente. 

Que el Departamento Coordinación y Procedimientos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional, han tomado la pertinente intervención. 

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DISPONE:

Artículo 1º — Sustituir el artículo 5º de la Disposición Nº 444/05 (AFIP), por el siguiente:

ARTICULO 5º — Determinar que la Dirección de Asuntos Legales dependiente de la ex- Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera, pase a denominarse Dirección de Asesoría Legal Aduanera dependiente de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos con idéntica responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades dependientes, con excepción del Departamento Judicial que permanecerá en el ámbito de la Subdirección General de Técnico Legal Aduanera, manteniendo idénticas acciones y tareas y unidades dependientes”.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese, previa a su publicación. — Alberto R. Abad.