Resolución
634-2005-SADS
Apruébase el
Modelo de Certificado Ambiental Anual, instrumento que acredita, en forma
exclusiva, la aprobación del sistema de manipulación, transporte, tratamiento o
disposición final que se aplicarán a los residuos peligrosos.
Bs. As., 7/7/2005
VISTO el
Expediente Nº 1-2002-5351000991/05-5 del Registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, la Ley de Residuos Peligrosos Nº 24.051, su Decreto Reglamentario Nº 831 del 23 de abril de
1993, y
CONSIDERANDO:
Que por el
expediente citado en el VISTO tramita la modificación del Modelo de Certificado
Ambiental Anual.
Que es deber de la Autoridad de Aplicación de la Ley dictar todas las normas complementarias que fueren menester
y expedirse para la mejor interpretación y aplicación de la Ley Nº 24.051 y sus objetivos y su Decreto Reglamentario (v. art. 60, Ley Nº 24.051 y art.
60, ap. 2º, Dto. Nº 831/93).
Que el artículo
quinto de la ley 24.051 al referirse al Certificado Ambiental Anual lo define
como el "instrumento que acredita, en forma exclusiva, la aprobación del
sistema de manipulación, transporte, tratamiento o disposición final que los
inscriptos aplicarán a los residuos peligrosos".
Que corresponde a la Autoridad de Aplicación de la ley establecer los procedimientos internos para el otorgamiento
del Certificado Ambiental Anual (conf. artículo 7 del Decreto 831/ 93), de lo
cual se desprende la competencia para establecer el Modelo de Certificado
Ambiental Anual.
Que los
Certificados Ambientales Anuales son formularios preimpresos en papel especial,
con marca de agua y numerados en forma correlativa.
Que ante la
proximidad de agotamiento de la actual partida de Certificados corresponde
ordenar una nueva impresión, la cual deberá adecuarse a los cambios
institucionales y a las actuales necesidades técnicas.
Que conforme lo ha
establecido el artículo 33 del Decreto 831/93 corresponde que los límites de
vertido y/o emisiones sean incluidos en el Certificado Ambiental Anual.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE ha tomado la
intervención que le compete.
Que el suscripto
es competente para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo
dispuesto por la Ley Nº 24.051 y el Artículo 60 de la Ley Nº 25.612, según Decreto de Promulgación Nº 1343, de fecha 25 de julio de 2002 y Decreto
Nº 923 de fecha 21 de julio de 2004.-
Por ello,
EL SECRETARIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
Artículo 1º — Aprobar el Modelo de Certificado Ambiental Anual
(C.A.A.), que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º — Establecer la utilización del Modelo de Certificado
Ambiental Anual (C.A.A.) aprobado en el Anexo I a partir del agotamiento de la
actual partida de Certificados Ambientales Anuales.
Art. 3º — Derogar toda disposición que se oponga a la
presente.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Atilio A. Savino.