Detalle de la norma DI-46-2009-DIADEZ
Disposición Nro. 46 Dirección de Aduana de Ezeiza
Organismo Dirección de Aduana de Ezeiza
Año 2009
Asunto Se archivan garantías de oficio para ser retiradas en el palzo de 30 días
Boletín Oficial
Fecha: 24/06/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Disposición n° 46

08/06/2009

Fecha:

24/06/2009

 

Dependencia:

DI-757-2009-DIADEZ

Tema:

DIRECCION ADUANA EZEIZA

Asunto:

Garantías Liberadas SIM.

 

VISTO lo dispuesto en la Resolución General AFIP Nº 2435/08, y

CONSIDERANDO

Que mediante la citada norma se estableció la operatoria para el régimen general de constitución, prórroga, sustitución, ampliación y extinción de garantías a favor de esta Administración Federal.

Que su artículo 11º, dicha Resolución General determina el procedimiento a seguir cuando los responsables no concurrieran a retirar las garantías liberadas y puestas a disposición.

Que, luego de transcurridos sesenta (60) días hábiles administrativos contados desde el cumplimiento íntegro de la obligación, sus accesorios o, en su caso, los regímenes y operaciones garantizados y no habiéndose presentado por parte del administrado la solicitud de devolución de las garantías oportunamente constituidas con motivo de estas operaciones, corresponde el archivo de oficio de las garantías relacionadas a las destinaciones canceladas.

Que la presente se encuadra en las tareas de regularización de las garantías SIM que se encuentran liberadas,

Por lo expuesto y facultades legales conferidas,

LA DIRECTORA DE LA DIRECCION ADUANA DE EZEIZA DISPONE

ARTICULO 1º — Archívense de oficio las garantías detalladas en el Anexo que forma parte de la presente.

ARTICULO 2º — Las citadas garantías quedan a disposición para ser retiradas por parte de los interesados, bajo apercibimiento de que, si dentro de los treinta (30) días hábiles administrativos contados a partir de la publicación de la presente, no se hace efectivo el correspondiente retiro, se procederá a la destrucción de las mismas.

ARTICULO 3º — Regístrese. Remítase copia a la División Registro y a la Sección Administrativa de la Dirección Aduana de Ezeiza. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. — Dra. ROSA NELIDA GARCIA, Directora, Dirección Aduana de Ezeiza.

 

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