Resolución 200-2001
Bs. As., 13/2/2001
VISTO el
Expediente Nº 70-2250/00 del Registro de la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Y MEDIO AMBIENTE, y
CONSIDERANDO:
Que en consonancia
con la política de concertación y descentralización coordinada que en la
materia de residuos peligrosos se está desarrollando desde esta autoridad
ambiental federal hacia las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires, y con los lineamientos jurídicos establecidos en la Reforma Constitucional operada en el año 1994, se han llevado a cabo distintas acciones
tendientes a asistir técnica y legalmente a la autoridad ambiental de la Provincia de Misiones.
Que según lo
dispuesto por el artículo 67 de la Ley Nacional Nº 24.051 de Residuos Peligrosos, se invita a las Provincias y a sus respectivos municipios, en el área de
su competencia a dictar normas de igual naturaleza para el tratamiento de
residuos peligrosos.
Que la Provincia de Misiones ha adherido a la Ley Nacional Nº 24.051 de Residuos Peligros mediante la Ley Provincial Nº 3664.
Que el artículo 3º
de la Ley Provincial mencionada establece que la autoridad de aplicación deberá
implementar el Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores
de Residuos Peligrosos en el marco del Sistema Informático de Residuos
Peligrosos Nacional.
Que el artículo 67
del Decreto Nº 831/93 reglamentario de la Ley Nacional Nº 24.051 prevé la celebración de convenios de colaboración entre la autoridad
ambiental federal y las Provincias.
Que en el artículo
5º de la Ley Provincial Nº 3664, se faculta al Poder Ejecutivo a formalizar
convenios con la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL de la NACION, a efectos de la inscripción provisoria en el Registro Nacional de Generadores y
Operadores de Residuos Peligrosos, de las personas físicas o jurídicas,
titulares de las actividades de generación, manipulación, transporte,
tratamiento, y disposición final de residuos peligrosos, hasta tanto se
instrumente el registro provincial.
Que por lo
expuesto, el día 10 de mes de noviembre del año 2000, la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Y MEDIO AMBIENTE, y el MINISTERIO DE ECOLOGIA Y RECURSOS NATURALES RENOVABLES
de la PROVINCIA DE MISIONES, suscriben el Convenio de Colaboración referido
precedentemente.
Que es criterio de
esta autoridad ambiental nacional, tomando en consideración el sistema federal
del gobierno que rige en nuestro país con el consiguiente sistema de
distribución de competencia en materia ambiental dispuesto en nuestra Ley
Fundamental, que la celebración de convenios de colaboración como el de la
especie, constituye el mecanismo jurídicamente ideal para lograr los objetivos
de prevención de la contaminación, protección y preservación del ambiente en lo
relativo a la gestión integral de los residuos peligrosos.
Que hasta tanto se
dicten las leyes de presupuestos mínimos de protección en materia ambiental de
conformidad con el art. 41 de la Constitución Nacional reformada en el año 1994, y el consiguiente dictado de las leyes
provinciales complementarias, es necesario acordar entre los distintos niveles
jurisdiccionales, acciones tendientes a proveer el derecho de todo habitante a
un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las
actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprender las
de las generaciones futuras.
Que el SERVICIO
JURIDICO PERMANENTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la suscripta
es competente para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo
dispuesto por la Ley Nº 24.051 y su Decreto Reglamentario Nº 831/93, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/92), modificada por las Leyes Nros. 24.190
y 25.233 y los Decretos Nros. 12/99 y 20/99.
Por ello,
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE
RESUELVE:
ARTICULO 1º —
Aprobar el Convenio de Colaboración celebrado el día 10 del mes de noviembre
del año 2000 entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL
del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE de la NACION, y el MINISTERIO DE ECOLOGIA Y RECURSOS NATURALES RENOVABLES de la PROVINCIA de MISIONES, cuyo objeto consiste en el cumplimiento de lo dispuesto por el
artículo 5º de la Ley Provincial Nº 3664 de Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051 de Residuos Peligrosos, cuyo texto forma parte de la presente
resolución.
ARTICULO 2º
— Facúltase al Secretario de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental a
designar a los profesionales técnicos pertenecientes a la Dirección Nacional de Ordenamiento Ambiental, los que formarán parte de la Comisión Mixta prevista en la Cláusula 5ta. del Convenio aprobado en el artículo precedente,
que de forma conjunta con los profesionales técnicos pertenecientes a la Dirección de Recursos Vitales del MINISTERIO DE ECOLOGIA Y RECURSOS NATURALES RENOVABLES de la PROVINCIA DE MISIONES, implementarán el Convenio aprobado en el artículo 1º de la presente
resolución.
ARTICULO 3º
— Facúltase al Secretario de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental a
firmar todos los acuerdos complementarios destinados a tornar operativo el
Convenio aprobado por la presente resolución.
ARTICULO 4º —
Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Prof. GRACIELA FERNANDEZ MEIJIDE,
Ministra de Desarrollo Social y Medio Ambiente.
CONVENIO
Entre la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Y MEDIO AMBIENTE DE LA NACION, en adelante "SDSyPA" con domicilio en
la calle San Martín 459 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su titular, el Dr. OSCAR ERMELINDO MASSEI, por una parte, y
el MINISTERIO DE ECOLOGIA Y RECURSOS NATURALES RENOVABLES DE LA PROVINCIA DE MISIONES, en adelante "EL MINISTERIO" con domicilio en calle San
Lorenzo 1538 de la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, representado en
este acto por su titular el DR. MIGUEL ANGEL ALTERACH (H.), por la otra, con el
objeto de cumplir con lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Provincial Nº 3664 de Adhesión a la Ley Nacional Nº 24.051 de "Residuos
Peligrosos", acuerdan en celebrar el presente Convenio de colaboración
sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La
"SDSyPA" inscribirá en el Registro Nacional de Generadores,
Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos, en forma provisoria, a los
titulares de actividades consignadas en el artículo 1º de la Ley Nacional Nº 24.051, que desarrollen las mismas en territorio provincial, hasta tanto se
implemente el Registro Provincial, conforme la Ley Provincial de Adhesión.
SEGUNDA: Lograda
la implementación del Registro Provincial de Residuos Peligrosos, la
"SDSyPA" transferirá a "EL MINISTERIO", las actuaciones
correspondientes a los inscriptos de la provincia de Misiones en el Registro
Nacional de Residuos Peligrosos.
TERCERA: Las
actividades de identificación y asesoramiento de las personas físicas o
jurídicas comprendidas en los términos de la Ley Nacional Nº 24.051, serán desarrolladas por "EL MINISTERIO", con asistencia de la Comisión Mixta representante de Unidad de Registro, creada a través del presente.
CUARTA: Las
actividades de control y fiscalización se desarrollarán en forma conjunta y
coordinada entre las partes.
QUINTA: A los
fines de lograr la implementación del presente Convenio se conformará una
Comisión Mixta (de profesionales y/o técnicos de la Dirección de Ordenamiento Ambiental de la Nación y la Dirección de Recursos Vitales del Ministerio de Ecología) integrada por dos representantes de cada parte. La misma
fijará sus condiciones de funcionamiento las que deberán ser aprobadas por
Resolución dictada por cada una de las partes.
SEXTA: El presente
Convenio tendrá vigencia a partir de su firma y hasta tanto la Provincia de Misiones reglamente la Ley Provincial Nº 3664 de Adhesión a la Ley Nacional 24.051 de Residuos Peligrosos.
En prueba de
conformidad, se firman dos (2) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto,
en la Ciudad de …………………………. a los 10 días del mes de noviembre del año dos mil.
— Dr. RAUL GONCALVES, Asesor Letrado, Ministerio de Ecología y R.N.R. Provincia
de Misiones. — Dr. MIGUEL ANGEL ALTERACH (H.), Ministro Ecología, Ministerio de
Ecología y R.N.R. Provincia de Misiones. — Dr. OSCAR E. MASSEI, Secretario de
Desarrollo Sustentable y Política Ambiental, Ministerio de Desarrollo Social y
Medio Ambiente.