Ley 26204-2006
Prorrógase
hasta el 31 de diciembre de 2007 la vigencia de la Ley 25561, sus prórrogas y sus modificatorias.
Sancionada:
Diciembre 13 de 2006.
Promulgada:
Diciembre 19 de 2006.
El Senado y Cámara
de Diputados
de la Nación Argentina reunidos en Congreso,
etc.
sancionan con
fuerza de
Ley:
ARTICULO 1º — Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la
vigencia de la Ley Nº 25.561, sus prórrogas y sus modificatorias.
ARTICULO 2º — Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la
vigencia de la Ley Nº 25.790 y su modificatoria.
ARTICULO 3º — Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 el
estado de emergencia sanitaria nacional dispuesto por el Decreto Nº 486 del 12
de marzo de 2002, sus disposiciones complementarias y modificatorias, en los
términos de la Ley Nº 26.077.
ARTICULO 4º — Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la
emergencia ocupacional nacional declarada por el Decreto Nº 165/02, ratificada
por el Decreto Nº 565/02 y oportunamente prorrogada por los Decretos Nros.
39/03, 1353/03 y 1506/04, en los términos de la Ley Nº 26.077.
ARTICULO 5º — Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la
vigencia del Programa Jefes de Hogar, según los términos del Decreto Nº 565/
02, sus modificatorios y complementarios. Prorrógase por igual plazo las tareas
de clasificación y traspaso de los beneficiarios del Programa Jefes de Hogar
que en forma conjunta realizan los Ministerios de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social y de Desarrollo Social, de acuerdo a los lineamientos y condiciones
establecidos en el Decreto Nº 1506/04, en los términos de la Ley Nº 26.077.
ARTICULO 6º — Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2007 la Emergencia Alimentaria Nacional declarada por el Decreto Nº 108 del 15 de enero de 2002 y sus
normas modificatorias y complementarias, en los términos de la Ley Nº 26.077.
ARTICULO 7º — La presente ley entrará en vigencia a partir del 1º
de enero de 2007.
ARTICULO 8º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL TRECE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL SEIS.
— REGISTRADO BAJO
EL Nº 26.204 —
ALBERTO
BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.