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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Disposición Nº
444 |
28/07/2005
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Fecha: |
29/07/2005
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Dependencia: |
DI-444-2005-AFIP |
Tema: |
Administración Federal de Ingresos Públicos.
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Asunto: |
Estructura organizativa. Decreto Nº 898/05
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VISTO el Decreto Nº 898 del 21 de julio
de 2005, y
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CONSIDERANDO: |
Que
por el artículo 1º del Decreto mencionado en el VISTO, se aprobó la estructura
organizativa de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, hasta el nivel de Subdirección General inclusive.
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Que
por el artículo 2º de la norma referida, se establece que
la
Administración Federal deberá en un plazo de TREINTA (30)
días efectuar las adecuaciones y aprobar los niveles inferiores
correspondientes a la estructura aprobada mediante dicho Decreto.
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Que
a los efectos de un buen orden administrativo y hasta tanto se concluya el
análisis integral de la reestructuración organizativa, resulta menester
aprobar la unificación, los cambios de jurisdicción y/o denominación de
determinadas unidades de estructura, en función de la responsabilidad
primaria asignada a las Subdirecciones Generales.
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Que
el Departamento Coordinación y Procedimientos y el Comité de Análisis de
Estructura Organizacional, han tomado la intervención que resulta de sus
competencias.
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Que
en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del
Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra
facultado para dictar la presente medida.
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Por ello,
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EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE
LA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DISPONE:
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Artículo 1º — Determinar que
la
Dirección de Secretaría General, dependiente de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, pase a depender de
la
Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional,
manteniendo idéntica responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades
dependientes.
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Art. 2º — Determinar que
la
Dirección de Auditoría, dependiente de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS y las áreas dependientes directamente de la ex -
Subdirección General de Contralor, pasen a depender de
la
Subdirección General de Auditoria Interna, manteniendo
idéntica responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades dependientes,
con excepción del Departamento Sumarios Administrativos que pasará a depender
de
la
Subdirección General de Recursos Humanos.
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Art. 3º — Determinar que
la
Dirección de Servicios al Contribuyente y al Usuario
Aduanero dependiente de la ex-Subdirección General de Planificación y
Administración y el Departamento Comunicaciones Institucionales dependiente
de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, pasen a depender de
la
Subdirección General de Servicios al Contribuyente,
manteniendo idéntica responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades
dependientes.
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Art. 4º — (Sustituido por el Art 1 de la
DI-446-2005-AFIP) Determinar que
la Dirección de Asesoría
Legal dependiente de la ex – Subdirección General de Legal y Técnica
Impositiva, pase a denominarse Dirección
de Asesoría Legal Impositiva y de
los Recursos de
la
Seguridad Social, dependiente de
la Subdirección General
de Asuntos Jurídicos, con el organigrama, la responsabilidad primaria y
las acciones y tareas, que forman
parte integrante de la
presente Disposición |
Art. 5º — (Sustituido por el Art 1 de la DI-489-2005-AFIP)
Determinar que
la Dirección de Asuntos
Legales dependiente de la ex- Subdirección General de Legal y Técnica
Aduanera, pase a denominarse Dirección
de Asesoría Legal Aduanera dependiente de
la
Subdirección General de Asuntos Jurídicos con idéntica
responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades dependientes, con
excepción del Departamento Judicial que permanecerá en el ámbito de
la
Subdirección General de Técnico Legal Aduanera, manteniendo
idénticas acciones y tareas y unidades dependientes |
Art. 6º — Determinar que
la
Dirección de Asuntos Legales Administrativos, dependiente de
la ex-Subdirección General de Planificación y Administración, pase a denominarse
Dirección de Asesoría Legal Administrativa, dependiendo de
la
Subdirección General de Asuntos Jurídicos, manteniendo
idéntica responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades dependientes,
con excepción del Departamento Asesoría Legal Administrativa que pasará a
denominarse Departamento Asuntos Legales Administrativos.
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Art. 7º — Determinar que
la
Dirección de Normas, Procedimientos y Control Judicial,
dependiente de
la
Subdirección General de Recaudación, pase a denominarse
Dirección de Normas y Procedimientos de Control Judicial, dependiendo de
la
Subdirección General de Asuntos Jurídicos, manteniendo
idéntica responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades dependientes.
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Art. 8º — Determinar que
la
Dirección de Planificación Penal Tributaria y Aduanera,
dependiente de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, pase a denominarse Dirección de Planificación
Penal, dependiendo de
la
Subdirección General de Asuntos Jurídicos, manteniendo
idéntica responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades dependientes.
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Art. 9º — (Sustituido por el Art 1 de la DI-446-2005-AFIP)
Determinar que
la Dirección de Legislación,
dependiente de la ex – Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva y
el Departamento Legislación de los Recursos de
la
Seguridad Social dependiente de
la
Dirección de Asesoría Legal y Técnica, pasen a depender de
la Subdirección General
de Asuntos Jurídicos, manteniendo idéntica responsabilidad primaria,
acciones y tareas y unidades dependientes.
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Art. 10. — Determinar que las Direcciones de Logística y de
Presupuesto y Finanzas, dependientes de la ex - Subdirección General de
Planificación y Administración, pasen a depender de
la
Subdirección General de Administración Financiera,
manteniendo idéntica responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades
dependientes.
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Art. 11. — Determinar que
la
Dirección de Investigación y Cooperación Internacional,
dependiente de
la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y
la
Dirección de Estudios y los Departamentos Planificación, Control
de Gestión y Coordinación y Procedimientos, dependientes de la ex -
Subdirección General de Planificación y Administración, pasen a depender de
la
Subdirección General de Planificación, manteniendo idéntica
responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades dependientes.
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Art.
12. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a
la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. —
Alberto R. Abad.
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NOTA LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO
Disposición 444
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Articulo anterior Reemplazado por Art 1 de la
DI-446-2005-AFIP |
Art. 4º — Determinar que
la
Dirección de Asesoría Legal dependiente de la
ex-Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva y
la
Dirección de Legal y Técnica dependiente de la
ex-Subdirección General de Legal y Técnica de los Recursos de
la
Seguridad Social se unifiquen y pasen a denominarse
Dirección de Asesoría Legal Impositiva y de los Recursos de
la
Seguridad Social, dependiente de
la
Subdirección General de Asuntos Jurídicos, con el
organigrama, la responsabilidad primaria y las acciones y tareas, que forman
parte integrante de la presente Disposición.
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Articulo anterior Reemplazado
por Art 1 de la
DI-446-2005-AFIP |
Art. 9º — Determinar que
la
Dirección de Legislación, dependiente de la ex - Subdirección
General de Legal y Técnica Impositiva, pase a depender de
la
Subdirección General de Asuntos Jurídicos, manteniendo
idéntica responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades dependientes.
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Articulo anterior Reemplazado por Art 1 de la DI-489-2005-AFIP |
Art. 5º — Determinar
que
la Dirección
de Asuntos Legales, dependiente de la ex – Subdirección General de Legal y
Técnica Aduanera, pase a denominarse Dirección de Asesoría Legal Aduanera
dependiente de
la
Subdirección General de Asuntos Jurídicos, manteniendo
idéntica responsabilidad primaria, acciones y tareas y unidades dependientes.
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