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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Disposición n° 44 |
05/08/1997 |
Fecha: |
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Dependencia:
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DI-44-1997-AFIP |
Tema:
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ADMINISTRACION NACIONAL DE
INGRESOS PUBLICOS |
Asunto:
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Delegación de facultades. |
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VISTO: el
Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, y |
CONSIDERANDO: |
Que mediante el citado
acto de gobierno se han considerado disueltas
la ADMINISTRACION NACIONAL
DE ADUANAS y
la
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA, siendo reemplazadas por
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el orden administrativo en el
ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. |
Que asimismo en virtud del
Decreto N° 646 del 11 de julio de 1997, fue aprobada
la Estructura Organizativa,
hasta el nivel de Subdirección General, del nuevo Ente constituido. |
Que, por su parte,
mediante Disposición N° 16 del 23 de julio de 1997 esta Administración
Federal aprobó los niveles inferiores correspondientes a la estructura de
transición. |
Que atendiendo a ello,
resulten aconsejable la adopción de medidas tendientes a descentralizar la
resolución de temas de naturaleza administrativa, con el propósito de
facilitar v optimizar el accionar de este Ente. |
Que a tal efecto procede delegar
en las Direcciones Generales, Subdirecciones Generales, Direcciones y
Jefaturas de las distintas unidades orgánicas que le dependen, facultades de
decisión en asuntos de orden administrativo que, en principio, resultan de
competencia de esta Administración Federal. |
Que la facultad de delegar
determinadas funciones y atribuciones, se encuentra contemplada en el
artículo 4° del Decreto N° 618/97, sin perjuicio de conservar esta
instancia la máxima autoridad dentro, del Organismo y la posibilidad de
avocarse al conocimiento y decisión de cualesquiera de los asuntos delegados. |
Que razones de buen orden administrativo
aconsejan reunir en un sólo acto la nómina de atribuciones comprendidas en la
presente delegación. |
Que el Servicio Jurídico
competente en la materia ha tomado la pertinente intervención, expidiéndose favorablemente. |
Que en ejercicio de las
atribuciones conferidas por los artículos 4° y 6°,
punto 1, del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en
consecuencia. |
Por ello, |
EL
ADMINISTRADOR FEDERAL DE
LA ADMINISTRACION FEDERAL DEINGRESOS PUBLICOS
DISPONE: |
ARTICULO 1° - Delegar
las facultades de decisión respecto de los asuntos de orden Administrativos
consignadas en las planillas que como Anexos I, III y III forman parte
integrante del presente artículo, en favor de las autoridades que en cada
caso se indica, manteniéndose los procedimientos y circuitos de trámite
existentes en los Organismos disueltos, hasta la constitución de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, mientras no se dispongan modificaciones o sustituciones
de los mismos. |
ARTICULO 2° -
Derógase
la Resolución
N° 131 del 25 de enero de 1993, sus complementarias y
modificatorias, como así también toda norma administrativa que se oponga a la
presente. |
ARTICULO 3° - De
forma. |
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