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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Acta n° 5
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10/08/2007
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Fecha: |
03/10/2007
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Dependencia:
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AC-5-2007-CCM
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Tema:
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MERCOSUR
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Asunto:
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XCIV REUNION DE
LA COMISION DE
COMERCIO
DEL MERCOSUR
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Se
realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, entre los
días 8 y 10 de agosto de 2007, la XCIV Reunión Ordinaria de la Comisión de
Comercio del MERCOSUR, con la presencia de las Delegaciones de Argentina,
Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela. |
Fueron
tratados los siguientes temas: |
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1. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E
INSTRUCCIONES A LOS COMITES TECNICOS. |
1.1.
CT Nº 2 ”Asuntos Aduaneros” |
Conforme
la instrucción impartida en el GMC, en su LXVIII Reunión Ordinaria, la CCM instruyó al CT Nº 2 a realizar una reunión
conjunta con el SGT Nº 5 con la finalidad de considerar posibilidades de solución
que configuren un régimen simplificado para el transporte de encomiendas en
ómnibus de |
pasajeros
(Res. GMC Nº 28/05). |
1.2.
CT Nº 3 “Normas y Disciplinas Comerciales” |
La CCM recibió el informe del Coordinador Nacional de la PPTU en el CT Nº 3 sobre la LV Reunión Ordinaria
del CT Nº 3, realizada en Montevideo, entre los días 6 y 8 de agosto de 2007. |
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2. CONSULTAS |
2.1.
Nuevas Consultas |
Consulta
de Argentina a Brasil Nº Tema |
04/07
Ley Nº 11.508 del 2007 relativa al régimen tributario, cambiario y
administrativo de las Zonas de Procesamiento de Exportaciones. |
Consulta
de Paraguay a Argentina Nº Tema |
05/07
Trato discriminatorio en el cobro de aranceles para el Registro Sanitario de Especialidades
Medicinales y para la inspección de Laboratorios. |
Consulta
de Paraguay a Brasil Nº Tema |
06/07
Proyecto “Panos Quentes (PPQ) II” de la Receita Federal
de Brasil. Precios mínimos de importación de textiles y vestido. |
2.2.
Consultas en Plenario Nº Tema De A Situación |
04/06
Restricciones al comercio de harina de trigo Arg Bra Concluida
insatisfactoriamente y premezclas |
07/06
Invalidación de Certificado de Origen a las Par Arg Concluida exportaciones
de ENVAPAR SA. |
12/06
Impuesto del 20% aplicado a la Exportación de Par Arg Concluida
insatisfactoriamente mercaderías de la posición arancelaria N.C.M.
2711.19.10. |
01/07
Ley 10.454/02 Trato Discriminatorio en la aplicación Arg Bra Pendiente de la
tasa CONDECINE a los servicios publicitarios de los Estados Partes del
MERCOSUR |
02/07
Harinas y premezclas, alcances de la
Norma de Arg Bra Concluida Ejecución COANA Nº 3, del 23 de
abril de 2007 |
03/07
Resolución Nº 343/2007 del Ministerio de Economía Ury Arg Argentina presentó
Respuesta Pendiente y Producción de la República Argentina
sobre el Certificado de Importación de Productos Textiles para las
solicitudes de destinación de importación definitiva para consumo. |
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3. ORIGEN |
3.1.
Reglamentación de la
Decisión CMC Nº 17/03 Régimen de Certificación de
Mercaderías Originarias del MERCOSUR almacenadas en depósitos aduaneros de
uno de sus Estados Partes. |
La
Delegación de Uruguay
manifestó por Nota PPTU Nº 50/07, de fecha 19 de julio de 2007, que por Orden
del Día Nº 47/2007 de la Dirección Nacional de Aduanas, se implementó el
procedimiento para la emisión de los Certificados Derivados de Origen del
MERCOSUR. Asimismo, se presentó el modelo de Certificado de Origen Derivado y
las firmas de los funcionarios autorizados a suscribir los respectivos
Certificados. |
3.2.
Resolución GMC Nº 37/04 Reglamentación de la Dec. CMC Nº 41/03. |
La CCM reiteró la necesidad de aprobar una Directiva que
incorpore las Listas previstas en el Art. 6 de la Res. GMC Nº 37/04, una
vez que se cuente con la aprobación de la norma relativa “Adecuación a la NCM 2007 de los listados
anexos a la Dec. CMC
Nº 37/05 (Deroga Dir. CCM Nº 11/06)”. |
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4. DEFENSA COMERCIAL Y DE LA
COMPETENCIA |
4.1.
Definición de los mecanismos y condiciones para la eliminación de los
instrumentos de defensa comercial intrazona; |
4.2.
Protocolo de Defensa de la Competencia |
Ambos
temas permanecen en la Agenda. |
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5. DECISION CMC Nº 54/04 ELIMINACION
DEL DOBLE COBRO DEL AEC Y DISTRIBUCION DE LA RENTA ADUANERA |
5.1.
Implementación de la Dec.
CMC Nº 37/05 |
La CCM aprobó la Directiva Nº 12/07 “Implementación de la Dec. CMC Nº 37/05” por
la que se prorroga el plazo de la
Dir. CCM Nº 11/06 hasta el 30/09/07 (Anexo IV). |
Se realizó la reunión técnica sobre “Adecuación a la NCM 2007 de los listados del
Anexo II a la Decisión
CMC Nº 37/05”. |
La
Delegación de Argentina
presentó una propuesta (Anexo VII - MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 10/07) de
modificación de las observaciones existentes en los listados actuales. Al
respecto, las demás delegaciones se comprometieron a estudiar dicha propuesta
y, en caso de que se encuentren observaciones, éstas se remitan a los
respectivos puntos focales con copia a las Coordinaciones Nacionales de la CCM, con anterioridad a la
próxima reunión de la CCM,
a efectos de que en dicha |
reunión
se aprueben los Anexos de la Decisión CMC Nº 37/05 con transposición a la NCM 2007. |
Los
puntos focales serán los siguientes: |
ARGENTINA |
Martín
Guido Lavalle – mlaval@loa.gov.ar |
BRASIL |
Ana
Gomes – ana.gomes@desenvolvimento.gov.br |
PARAGUAY |
Marta
Candia – marcan@hacienda.gov.py |
Isidro
Valiente – ivaliente@mre.gov.py |
URUGUAY |
Cecilia
Durán – uanalisis@mef.gub.uy |
5.2.
Implementación del Artículo 4 de la Dec. CMC Nº 54/04 |
La PPTU realizó una presentación con relación al tema de la
distribución de la renta aduanera (Anexo VIII RESERVADO - MERCOSUR/XCIV
CCM/DI Nº 13/07). |
La
Delegación de Brasil
circuló un documento que contiene los lineamientos sobre un mecanismo para la
distribución de la renta aduanera. |
Las
delegaciones intercambiaron opiniones sobre los documentos presentados y se
continuó el análisis en el Grupo Técnico sobre Distribución de la Renta
Aduanera. |
Las
Delegaciones de Argentina y Brasil intercambiaron los datos estadísticos
acordados en el informe del Grupo Técnico en la XCIII CCM. |
La CCM recibió el informe elevado por el referido Grupo
Técnico (Anexo IX - RESERVADO – MERCOSUR/XCIV CCM/DI Nº 14/07). |
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6. RES. GMC 69/00 “ACCIONES PUNTUALES
EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO” |
6.1.
Solicitud de reducción arancelaria al 2% para el producto “Acido Tereftálico
Purificado” (PTA), que clasifica por la posición NCM 2917.36.00. |
La
Delegación de Brasil
retiró de la agenda la solicitud de reducción arancelaria de este producto. |
6.2.
Solicitud de reducción arancelaria para “Esteres del ácido acrílico de butilo”,
que clasifica por la posición NCM 2916.12.30 |
La
Delegación de Brasil
manifestó que no está en condiciones de acompañar dicha solicitud ya que
existe una empresa en su país que produce el mencionado producto. |
Por
su parte, la
Delegación de Uruguay manifestó que puede acompañar dicho
pedido. |
6.3.
Solicitud de reducción arancelaria para “Resinas de petróleo, Resinas de
cumarona, Resinas de indeno, Resinas de cumarona-indeno y politerpenos. Sin
carga” que se clasifica por la posición NCM 3911.10.20 (Art. 11 Res. GMC Nº
69/00) |
La
Delegación de
Paraguay manifestó que puede acompañar la solicitud de reducción arancelaria de
Argentina. |
La
Delegación de Brasil
indicó que este tema podrá encontrar una solución con la revisión de la Res. GMC Nº 69/00,
objeto del punto 6.7. |
La
Delegación de Uruguay
informó que el tema continúa en consulta interna. |
6.4.
Solicitud de reducción arancelaria para el producto “UREA” que se clasifica
por la posición NCM 3102.10.10. y para el producto “Mezclas de Urea y Nitrato
de Amonio en disolución acuosa”, que se clasifica por la posición NCM
3102.80.00. |
La
Delegación de
Argentina solicitó, por medio de la Nota DIMEC-s Nº 103/2007, la reducción arancelaria
al 0% para los referidos productos, en el marco de lo dispuesto en el Art. 7
de la Res. GMC
Nº 69/00. |
Al
respecto, la CCM
aprobó las Directivas Nº 08/07 y Nº 09/07 (Anexo IV). |
6.5.
Solicitud de reducción arancelaria temporal al 2% para el producto “Tereftalato
de Dimetila - DMT), que se clasifica por la posición NCM 2917.37.00 para una
cuota de 36.000 Tn. por 12 meses. |
La
Delegación de Brasil
solicitó, por Nota DMC Nº 103/07, la reducción arancelaria temporaria al 2%
para el producto “Tereftalato de Dimetila - DMT”, que se clasifica por la
posición NCM 2917.37.00, para una cuota de 36.000 Tn., por un período de 12
meses. |
Las
Delegaciones de Argentina y Paraguay manifestaron que pueden acompañar este
pedido de reducción arancelaria. |
La
Delegación de Uruguay
informó que el tema continúa en consulta interna. |
6.6.
Solicitud de reducción arancelaria temporal al 2% para el producto “Chapa de
Acero Carbono para aplicación en servicios ácidos”, que se clasifica por la
posición NCM 7208.51.00, para una cuota de 25.000 Tn. por 12 meses. |
La
Delegación de Brasil
solicitó, por Nota DMC Nº 103/07, la reducción arancelaria temporaria al 2%
para el producto “Chapa de Acero Carbono para aplicación en servicios ácidos”,
que se clasifica por la posición NCM 7208.51.00, para una cuota de 25.000 Tn.,
por un período de 12 meses. |
La
Delegación de
Argentina informó su apoyo a este pedido de reducción arancelaria. |
Por
su parte, las Delegaciones de Paraguay y Uruguay expresaron que el tema se
encuentra en consulta interna. |
6.7.
Revisión de la
Resolución GMC Nº 69/00. |
Con
relación a la propuesta de revisión de la Resolución GMC
Nº 69/00 (MERCOSUR/XCII CCM/DT Nº 04/07 Rev. 1), presentada por Argentina, la Delegación de
Brasil presentó una contrapropuesta (Anexo X - MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº
11/07). |
Las
delegaciones intercambiaron opiniones sobre este tema y acordaron continuar
las discusiones en la próxima reunión de la CCM. |
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7. ASUNTOS ADUANEROS |
7.1.
Simplificación de Procedimientos Aduaneros en el comercio intrazona
(implementación de la Res.
GMC Nº 34/04). |
La
Delegación de Brasil
realizó comentarios y solicitó aclaraciones sobre algunos aspectos contenidos
en el documento presentado por la Delegación de Argentina en la última reunión de
la CCM (Anexo X
- MERCOSUR/XCIII CCM/DT Nº 08/07). |
La
Delegación de Argentina
respondió a la solicitud de Brasil y aclaró que, con relación al artículo 4
de la propuesta de Brasil, es necesario discutir el contenido de este
artículo. |
Luego
de un intercambio de opiniones por parte de las demás delegaciones sobre esta
propuesta, la
Delegación de Argentina se comprometió a circular una nueva
versión de la misma. |
La
Delegación de Brasil
realizó una presentación sobre el documento “Simplificación de Procedimientos
de Control Sanitario en Despacho Aduanero” (Anexo XI - MERCOSUR/XCIII CCM/DT Nº
09/07). Al respecto, las delegaciones manifestaron que el tema se encuentra
en consultas internas. |
La CCM continuará el tratamiento de este tema en su
próxima reunión. |
7.2.
Simplificación de Procedimientos Aduaneros en el comercio intrazona |
De
conformidad a la instrucción impartida en la XXXIII Reunión
Ordinaria del CMC, y teniendo en cuenta la propuesta presentada por Paraguay
(Anexo IV - MERCOSUR/XXXIII CMC/DT Nº 01/07), la CCM inició el tratamiento de
este tema con vistas a definir medidas para facilitar el acceso a los mercados
de intrazona de productos originarios de los Estados Partes. |
En
este sentido, la
Delegación de Paraguay se comprometió a circular antes de
la próxima reunión ordinaria, una lista específica de productos, con el fin de
avanzar en el tratamiento de este tema. |
Nº
Tema De A Situación |
7.3.
Valoración Aduanera |
La CCM recibió un informe preliminar del SCT de Valoración
Aduanera, que se reunió en forma paralela, de acuerdo a lo establecido en la
última reunión ordinaria de la
CCM (Anexo XI - MERCOSUR/XCIV CCM/DI Nº 15/07). |
|
8. ARANCEL EXTERNO COMUN |
8.1.
Criterios para el análisis de las modificaciones arancelarias. |
La
Delegación de Uruguay
circuló la propuesta “Criterios para la Modificación
del AEC”, el cual consta en el Anexo XII - MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 12/07. |
Las
delegaciones informaron que analizarán dicha propuesta y se manifestarán en
la próxima reunión de la CCM. |
8.2.
Solicitudes de modificación arancelaria definitiva de partidas NCM 2930.90.79
y NCM 8433.20.10. |
Con
relación al ítem NCM 2930.90.79, la
CCM instruyó al CT Nº 1 a que eleve el tratamiento a dar al
producto formulado con este principio activo. |
Con
relación al ítem NCM 8433.20.10, la Delegación de Paraguay se comprometió a remitir
la información estadística sobre las importaciones de estos productos. |
|
9. REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES DE
IMPORTACION |
9.1.
Implementación del Art. 2º de la Decisión CMC Nº 2/06 |
9.1.1.
Régimen Común para la Industria Naval |
La
Delegación de Uruguay
circuló la propuesta “Régimen Común de Importación para la Industria Naval”,
el cual consta en el Anexo XIII - MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 13/07. |
Las
delegaciones informaron que analizarán la propuesta de Uruguay y la
previamente presentada por Argentina y se manifestarán en la próxima reunión
de la CCM. |
La PPTU manifestó que hará los esfuerzos necesarios para
organizar un encuentro entre los sectores privados de cada país. La Delegación de
Brasil ofreció la posibilidad de que el mismo se realice en Rio de Janeiro. |
La
Delegación de
Venezuela informó que someterá a consulta interna esta propuesta y consideró importante
que se circule con anterioridad al mencionado encuentro entre los sectores
privados, el régimen de la industria naval en cada país. |
Las
delegaciones se comprometieron a circular la mencionada información a través
de la PPTU. |
9.1.2.
Régimen Común de Importación de Bienes Integrantes de Proyectos de Inversión Las
delegaciones intercambiaron opiniones sobre este tema y acordaron continuar
su tratamiento en la próxima reunión. |
9.1.3.
Régimen Común para la Industria Aeronáutica |
Las
Delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay manifestaron que el tema
continúa en análisis interno. |
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10. INCENTIVOS |
La CCM tomó nota de la instrucción impartida en la XXXIII Reunión
Ordinaria del CMC al Grupo de Alto Nivel, para considerar el tema de los
incentivos a la inversión, la producción o la exportación, entre otros temas,
teniendo en cuenta la Dec.
CMC Nº 26/03 y la propuesta presentada por Uruguay (Anexo V
- MERCOSUR/XXXIII CMC/DT Nº 02/07). |
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11. COOPERACION TECNICA MERCOSUR - BID |
11.1.
Apoyo Técnico a la CCM |
La CCM recibió los documentos del Comité de Dirección del
Proyecto (Anexo XIV), que se reunió en forma paralela a la CCM. |
En
tal sentido, los tres proyectos y los términos de referencia que constan en
Anexo fueron aprobados por la CCM. |
La CCM instruyó a la
SM a que realice la traducción al idioma portugués de estos
proyectos y términos de referencia y los remita la próxima semana para su
verificación. |
Asimismo,
se discutió acerca de los procedimientos para la selección de consultoras
para los tres proyectos. |
Para
el proyecto de eliminación del doble cobro del AEC se decidió utilizar el
procedimiento de ternas previsto por el BID. En este sentido, las
delegaciones se comprometieron a presentar un máximo de tres consultoras por
país antes del 27 de agosto de 2007, a los efectos de lograr la aprobación en
el transcurso de la próxima CCM. |
Para
los restantes proyectos se deberá realizar una convocatoria pública a
consultoras por intermedio de la Secretaría del MERCOSUR, antes del 27 de agosto
de 2007. |
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12. OTROS |
12.1.
Régimen de Origen del MERCOSUR |
La CCM aprobó la Directiva Nº 10/07 “Régimen de Origen del MERCOSUR”
(Anexo IV) por la que se adecuó el Anexo I de la Decisión CMC
Nº 01/04 a la NCM
2007. Hasta tanto entre en vigencia esta Directiva se aplicará lo dispuesto
por la Directiva CCM
Nº 07/07. |
12.2.
Decisión CMC Nº 27/07 “Superación de las Asimetrías. Restricciones No
Arancelarias” |
La PPTU recordó que a través de la Decisión CMC
Nº 27/07 en su Art. 2, se instruyó a la CCM a aprobar, antes del 30 de septiembre, un
modelo de formulario para la presentación de las listas, con las
restricciones y medidas no arancelarias más relevantes. |
Al
respecto, la CCM
aprobó la Directiva Nº
11/07 “Formulario para la presentación de restricciones y medidas no
arancelarias” (Anexo IV). |
12.3.
Decisión CMC Nº 20/07 “Creación de la Unidad Técnica
de Estadísticas del Comercio Exterior del MERCOSUR”. |
La PPTU señaló que el CMC en su Decisión Nº 20/07 instruyó
a la CCM que
defina, durante el segundo semestre del 2007 la estructura de la Unidad Técnica
con el apoyo de la SM
tomando en cuenta, entre otras, la propuesta del CT Nº 6. |
La Delegación de Argentina circuló un documento de trabajo “Creación
de la Unidad
Técnica” (Anexo XV - MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 14/07). |
El
Director de la SM
realizó comentarios sobre la disponibilidad tecnológica, de recursos humanos y
la infraestructura, entre otros aspectos, que sería necesaria para la puesta
en funcionamiento de esta unidad técnica. |
La CCM acordó convocar a un Grupo que se reunirá en forma
paralela a la próxima reunión ordinaria, con el fin de avanzar sobre este
tema. |
12.4.
Situación de las normas con plazo de incorporación vencido La CCM recibió de la SM el listado conteniendo las
normas con plazo de incorporación vencido (Anexo XVI - RESERVADO -
MERCOSUR/LXXV CCM/DT Nº 21/05 Rev. 13). |
12.5.
Secretaría del MERCOSUR |
La CCM aprobó la publicación en la página WEB del MERCOSUR
de las Bases POLCOM 2004 - 2005, BAEC 1995-2005 y CORREL NCM 1995-2006 con la
leyenda que las informaciones contenidas en dichas Bases son de carácter
referencial. |
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PROXIMA REUNION |
La CCM acordó realizar la XCV Reunión
Ordinaria en Montevideo, entre los días 4 y 6 de septiembre de 2007. |
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ANEXOS: |
Los
Anexos que forman parte de la presente Acta son los siguientes: |
Anexo
I Lista de Participantes. |
Anexo
II Agenda. |
Anexo
III Resumen de Acta. |
Anexo
IV Directivas CCM aprobadas. |
Anexo
V Nuevas Consultas. |
Anexo
VI Consultas en Plenario. |
Anexo
VII MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 10/07 Listado sobre implementación de la Dec. CMC Nº 37/05. |
Anexo
VIII RESERVADO MERCOSUR/XCIV CCM/DI Nº 13/07 Presentación de la PPTU sobre Distribución
de la Renta Aduanera. |
Anexo
IX RESERVADO – MERCOSUR/XCIV CCM/DI Nº 14/07 Informe del Grupo Técnico sobre
Distribución de la Renta Aduanera. |
Anexo
X MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 11/07 Contrapropuesta de Brasil sobre el DT Nº 04/07
Rev. 1 de Argentina. |
Anexo
XI MERCOSUR/XCIV CCM/DI Nº 15/07 Informe preliminar del SCT Valoración Aduanera. |
Anexo
XII MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 12/07 Criterios para la Modificación
del AEC, presentado por Uruguay. |
Anexo
XIII MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 13/07 Propuesta de Régimen Común de Importación
para la Industria
Naval, presentada por Uruguay. |
Anexo
XIV Comité de Dirección – Apoyo Técnico a la CCM (documentos presentados). |
Anexo
XV MERCOSUR/XCIV CCM/DT Nº 14/07 Creación de la Unidad Técnica,
presentada por Argentina. |
Anexo
XVI RESERVADO MERCOSUR/LXXV CCM/DT Nº 21/05 Rev. 13 Situación de las Normas
con plazo de incorporación vencido. |
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