Resolución
Nº 491-2005-SSSA
Cooperación
con la ORGANIZACION IBEROAMERICANA DE SEGURIDAD SOCIAL
Bs.
As., 12/8/2005
VISTO
la Ley Nº 25.655 y el Expediente Nº 93294/05-SSSALUD, y
CONSIDERANDO:
Que
mediante la Ley citada en el Visto la República Argentina ratificó el ACUERDO MULTILATERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y SU REGLAMENTO ADMINISTRATIVO, instrumentos que también fueron ratificados
por la República Federativa del Brasil, la República Oriental del Uruguay y la República del Paraguay, como países integrantes del
MERCOSUR.
Que
en el marco de los instrumentos citados, la Superintendencia de Servicios de Salud ha promovido, en forma conjunta con los demás países
miembros, la constitución de un sistema de intercambio de información y
validación de datos en materia de Seguridad Social (BUSS MERCOSUR).
Que
en marzo de 2004, los representantes de los Organismos de Seguridad Social de
los Estados Miembro del MERCOSUR se reunieron en Salvador de Bahía, Brasil, y
con participación especial de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, suscribieron el Convenio Marco de
Integración de Datos de la Seguridad Social del MERCOSUR.
Que
en tal oportunidad y en el marco del XIII Congreso en que se celebrara el 50º
Aniversario de la OISS, se solicitó al citado Organismo Internacional su
valiosa cooperación y participación técnica y económica para el desarrollo del
Sistema de Intercambio y Validación de Datos ya mencionado.
Que
en la reunión celebrada el 17 de mayo de 2005, en la Ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, los Organismos de Enlace del Convenio
Multilateral de Seguridad Social del MERCOSUR ratificaron el apoyo técnico y
financiero oportunamente solicitado a la OISS, expresando que el mismo se materializaría con las firmas de los Convenios bilaterales entre los
ratificantes y la OISS.
Que
en virtud de lo expuesto, se ha elaborado el pertinente proyecto de Convenio de
Cooperación a celebrarse entre esta Superintendencia y la Organización Iberoamericana de Seguridad Social.
Que
ha tomado la intervención que le compete la gerencia de Asuntos Jurídicos de
este Organismo.
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos
Nº 1615/96 y 145/03.
Por
ello,
EL
SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE
ARTICULO
1º — Apruébase la suscripción del Convenio de Cooperación con la ORGANIZACION IBEROAMERICANA DE SEGURIDAD SOCIAL, que como Anexo forma parte integrante de
este acto.
(Nota:
por art. 1° de la Resolución 1100-2010 de la Superintendencia de Servicios de Salud B.O. 20/9/2010 se prorroga la vigencia del presente
Acuerdo, por el término de tres (3) años, contados a partir del 1º de julio de
2010, con fundamento en lo expuesto en los CONSIDERANDOS de la Resolución de referencia. Prórroga anterior: Resolución 392-2007 de la Superintendencia de Servicios de Salud B.O. 21/6/2007)
ARTICULO
2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. — Dr. RUBEN HUMBERTO
TORRES, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.