Detalle de la norma RE-210-2000-SAGPA
Resolución Nro. 210 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2000
Asunto Productos veterinarios. Autorización previa. Sanidad Animal
Boletín Oficial
Fecha: 16/05/2000
Detalle de la norma
Resolución 210-2000

Resolución 210-2000

Ratifícase la Resolución  761-1999-SENASA, por la que se estableció que las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades propias del mercado postal internacional, y que pretendan ingresar al país productos veterinarios, se deberán inscribir en el Registro de Distribuidores de Productos Veterinarios, que a tal efecto, lleva la Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios.

Bs. As., 9/5/2000

VISTO el expediente Nº 7354/99, la Resolución Nº 761 de fecha 16 de julio de 1999 ambos del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA estableció que las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades propias del mercado postal internacional, y que pretendan ingresar al país productos veterinarios, se deberán inscribir en el Registro de Distribuidores de Productos Veterinarios, que a tal efecto, lleva la Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios del citado Organismo.

Que tal medida resultó necesaria a fin de implementar urgentes acciones tendientes a evitar el reingreso de enfermedades y plagas y minimizar el riesgo de aparición de otras noxas, exóticas o no, en la REPUBLICA ARGENTINA, tanto en el ámbito animal y vegetal.

Que por ser una normativa de carácter general y ser competencia del Señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, atento lo establece el artículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, resulta imprescindible proceder a la ratificación del acto dictado por el entonces Presidente del citado Servicio Nacional.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA , GANADERIA , PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Nº 19.549.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

Artículo 1º — Ratifícase la Resolución Nº 761/99 de fecha 16 de julio de 1999 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, cuya fotocopia autenticada, como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Antonio T. Berhongaray.

NOTA: La Resolución 761/99 del 16/7/99 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, que integra la presente fue publicada en la edición del 3/8/99.

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-761-1999-SENASA Productos veterinarios. Autorización previa. Sanidad Animal