Detalle de la norma DI-41-2008-DF
Disposición Nro. 41 Dirección de Franquicias
Organismo Dirección de Franquicias
Año 2008
Asunto Franquicia de Importación de un Automóvil
Boletín Oficial
31450 Fecha: 21/07/2008
Detalle de la norma
LOA

 

Disposición 41-2008-DF

Requisitos mínimos a suministrar por las Misiones y Representaciones. Autorización de Importación de Automóvil. Franquicia de Importación de un Automóvil. Solicitud de Chapa Patente de Automóvil. Solicitud de Chapa Patente de Cortesía de Automóvil.

Bs. As., 17/7/2008

VISTO el Expediente Nº 31.323/08 y las Resoluciones Ministeriales Nº 357 de fecha 4 de marzo de 2008 y Nº 1339 de fecha 4 de julio de 2008; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Ministerial Nº 357/08 se fijaron las normas aplicables a los procedimientos que tramitan por ante este Ministerio que rigen el régimen de franquicias diplomáticas.

Que por la Resolución Ministerial Nº 1339/08 se incorporaron modificaciones en los procedimientos referidos precedentemente.

Que mediante la Resolución citada en el considerando precedente se delega en la Dirección de Franquicias el establecimiento de la información mínima a suministrar por las Misiones y Representaciones para diversos trámites y la elaboración de los formularios correspondientes.

Que el SERVICIO JURIDICO PERMANENTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 25 de junio de 2002, modificada por el Decreto Nº 878 de fecha 29 de mayo de 2008.

Por ello,

EL DIRECTOR DE FRANQUICIAS

DISPONE:

Artículo 1º — Apruébase el ANEXO I "AUTORIZACION DE IMPORTACION DE AUTOMOVIL - Requisitos mínimos a suministrar por las Misiones y Representaciones" que, en una (1) foja, forma parte integrante de la presente, conforme lo establecido en el punto 1.f) del Capítulo 1 del ANEXO II, aprobado por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 357/08, modificada por su similar Nº 1339/08.

Art. 2º — Apruébase el ANEXO II, "FRANQUICIA DE IMPORTACION DE UN AUTOMOVIL - Requisitos mínimos a suministrar por las Misiones y Representaciones" que en cinco (5) fojas forma parte integrante de la presente, conforme lo establecido en el punto 2.d) del Capítulo 1 del ANEXO II, aprobado por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 357/08, modificada por su similar Nº 1339/08.

Art. 3º — Apruébase el ANEXO III, "SOLICITUD DE CHAPA PATENTE DE AUTOMOVIL - Requisitos mínimos a suministrar por las Misiones y Representaciones" que en cinco (5) fojas forma parte integrante de la presente, conforme lo establecido en el punto 3.f) del Capítulo 1 del ANEXO II, aprobado por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 357/08, modificada por su similar Nº 1339/08.

Art. 4º — Apruébase el ANEXO IV, "SOLICITUD DE CHAPA PATENTE DE CORTESIA DE AUTOMOVIL - Requisitos mínimos a suministrar por las Misiones y Representaciones" que en dos (2) fojas forma parte integrante de la presente, conforme lo establecido en el punto 3.f) del Capítulo 1 del ANEXO II, aprobado por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 357/08, modificada por su similar Nº 1339/08.

Art. 5º — La presente entrará en vigencia el día 23 de julio de 2008.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Pedro I. Avalos.

ANEXO I

AUTORIZACION DE IMPORTACION DE AUTOMOVIL

Requisitos mínimos a suministrar por las Misiones y Representaciones

i) Documentación mínima

Ø Nota firmada por el Jefe de Misión o el subrogante legal, con aclaración de nombre, apellido y cargo (solamente original). La firma del Jefe de Misión o subrogante legal debe estar previamente incorporada al Registro de Firmas de la Dirección de Franquicias.

ii) Información mínima

Ø Declaración explícita del uso: oficial / particular.

Ø Declaración explícita del carácter de la unidad: nueva / usada.

Ø Artículo del Decreto 25/70 por el cual se solicita.

Ø Datos del automotor que permitan precisar el precio: marca, tipo y/o modelo, año de modelo.

Ø Datos del automotor que permitan precisar si la unidad cuenta con Licencia de Configuración de Modelo: número de chasis, VIN (Vehicle identification number – Número de Identificación vehicular - norma ISO 3779), número de serie u otro código de identificación del automotor homologado.

Valor del vehículo.

Ø Datos de propietario, sólo en caso de automotor de uso particular nombres y apellidos, tipo y número de documento, rango y, si estuviera acreditado, fecha de acreditación y cargo en la Misión.

Ø En caso de solicitud de excepción por razones de seguridad establecidas en el Artículo 15 del Decreto 25/70, la nota deberá incluir la justificación y las aclaraciones requeridas en dicho artículo.

ANEXO II

FRANQUICIA DE IMPORTACION DE UN AUTOMOVIL

Requisitos mínimos a suministrar por las Misiones y Representaciones

i) Documentación mínima

Ø Nota firmada por el Jefe de Misión o el subrogante legal, con aclaración de nombre, apellido y cargo (solamente original). La firma del Jefe de Misión o subrogante legal debe estar previamente incorporada al Registro de Firmas de la Dirección de Franquicias.

Ø Solicitud de franquicia por triplicado (original con dos copias carbónicas, conforme los ANEXOS Ila, Ilb y IIc), con la firma del Jefe de Misión o su subrogante legal, debidamente aclarada y, si el vehículo no fuera oficial, con la firma y su aclaración del interesado.

Ø Si el automóvil estuviera incorporado —conforme la marca, el tipo, el modelo y el año de fabricación— a la Tabla de Valuaciones que se publica en el sitio oficial de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, o la que en el futuro la pudiera reemplazar, se tomará en consideración el valor indicado en la tabla referida.

Ø Si el automóvil no estuviera incorporado —conforme la marca, el tipo, el modelo y el año de fabricación— a la tabla indicada en el punto anterior y el vehículo fuera fabricado en el año en el cual se efectúa la presentación o en el año precedente, se debe acompañar copia de la factura o documento equivalente que acredite el valor del automotor. Dicha copia debe ser certificada por el Jefe de Misión o su subrogante legal. Para vehículos fabricados en años anteriores, se podrá presentar una declaración jurada, con la constancia del Jefe de la Misión o su subrogante legal que la misma fue suscrita, por el interesado, en su presencia.

ii) Información mínima

Ø Misión o Representación

Ø Indicación que se trata de FRANQUICIA DE IMPORTACION.

Ø Declaración explícita del uso: oficial / particular.

Ø Declaración explícita de la unidad: nueva / usada.

Ø Artículo del Decreto 25/70 por el cual se solicita.

Ø Datos del automotor: marca, tipo, modelo, año de modelo y código/s de identificación del automotor (número de chasis, VIN, serie o similar, número de motor). Si se hubiera otorgado previamente la autorización, los datos incluidos en la misma no podrán diferir de los indicados en la solicitud de franquicia.

Ø Datos del propietario, sólo en caso de automotor de uso particular: nombres y apellidos, tipo y número de documento, fecha de acreditación, cargo en la Misión.

Ø En caso de solicitud de excepción por razones de seguridad establecidas en el Artículo 15 del Decreto 25/70, la nota deberá incluir la justificación y las aclaraciones requeridas en dicho artículo.

ANEXO IIa

ANEXO IIb

ANEXO IIc

ANEXO III

SOLICITUD DE CHAPA PATENTE DE AUTOMOVIL

Requisitos mínimos a suministrar por las Misiones y Representaciones

i) Documentación mínima:

Ø Nota firmada por el Jefe de Misión o el subrogante legal, con aclaración de nombre, apellido y cargo (solamente original). La firma del Jefe de Misión o subrogante legal debe estar acreditada en el Registro de Firmas de la Dirección de Franquicias.

Ø Se adjuntarán, la "ficha de registro de patentamiento de automotor" por triplicado, con la foto del titular, si el automóvil no fuera oficial. La ficha, en el reverso, debe detallar las personas autorizadas a conducir, conforme al ANEXO Illa y la "ficha patentamiento", sin foto, conforme el ANEXO Illb

Ø Se adjuntará la ficha para ser entregada a la Planta de la Operación Grabado, conforme el ANEXO IIIc.

Ø Se adjuntará la Declaración Jurada de cada uno de los conductores, conforme el ANEXO IIId.

ii) Información mínima:

Ø Declaración explícita del uso: oficial / particular.

Ø Declaración explícita de la unidad: nueva / usada.

Ø Tipo de chapa solicitada (CD - OI - CC - PA - ME)

Ø Para auto nacional: Nº de expediente de autorización, fecha de compra, Nº de Artículo de adquisición (conforme el Decreto Nº 5529/72).

Ø Para auto importado: Nº franquicia de ingreso al país, Nº de Artículo del Decreto Nº 25/70 por el cual ingresó al país.

Ø Datos del automotor: marca, tipo, modelo, año de modelo, código/s de identificación del automotor (número de chasis, VIN, serie o similar, número de motor).

Ø Datos del propietario, sólo en caso de automotor de uso particular nombres y apellidos, tipo y número de documento, fecha de acreditación, cargo en la Misión.

Ø Datos de los autorizados a conducir: nombres, apellidos, fecha de nacimiento, tipo y Nº de documento, vínculo con el titular o cargo en la Misión.

Ø Para los autorizados a conducir vehículos oficiales: copia simple de la acreditación ante la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL de las personas enmarcadas en los incisos a, d, e, f y g del artículo 2º del Decreto Nº 25/70 y/o copia simple de la acreditación ante dicha Dirección Nacional de los empleados locales registrados en tal calidad ante la misma.

ANEXO IIIa

ANVERSO

Ø Para los autorizados a conducir vehículos particulares: copia simple de la acreditación ante la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL de los familiares de acuerdo al Artículo 17 del Decreto Nº 25/70 y/o copia simple de la acreditación ante dicha Dirección Nacional del personal al servicio de Propietario acreditado, inscriptos en tal calidad ante la misma.

ANEXO IIIa

REVERSO

ANEXO IIIb

ANVERSO

ANEXO IIIb

REVERSO

ANEXO IIIc

ANVERSO

ANEXO IIIc

REVERSO

ANEXO IIId

ANEXO IV

SOLICITUD DE CHAPA PATENTE DE CORTESIA DE AUTOMOVIL

Requisitos mínimos a suministrar por las Misiones y Representaciones

i) Documentación mínima

Ø Nota firmada por el Jefe de Misión o el subrogante legal, con aclaración de nombre, apellido y cargo (solamente original). La firma del Jefe de Misión o subrogante legal debe estar acreditada en el Registro de Firmas de la Dirección de Franquicias.

Ø Se adjuntará copia certificada por el Jefe de Misión o su subrogante legal del título de propiedad del automotor, si la solicitud fuera presentada dentro de los seis meses del momento de su emisión.

Ø En su defecto, se adjuntará certificado actualizado del Registro correspondiente de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS que acredite la titularidad del automotor a nombre del interesado,

Ø Se adjuntarán, la "ficha de registro de patentamiento de automotor" por triplicado, con la foto del titular, si el automóvil no fuera oficial. La ficha, en el reverso, debe detallar las personas autorizadas a conducir, conforme al ANEXO Illa y la "ficha patentamiento", sin foto, conforme el ANEXO Illb

Ø Se adjuntará la ficha para ser entregada a la Planta de la Operación Grabado, conforme el ANEXO IIIc.

Ø Se adjuntará la Declaración Jurada de cada uno de los conductores, conforme el ANEXO IIId.

ii) Información mínima

Ø Declaración explícita del uso: oficial / particular.

Ø Declaración explícita de la unidad: usada.

Ø Tipo de chapa solicitada (CD - OI - CC - PA - ME)

Ø Datos del automotor: marca, tipo, modelo, año de modelo, código/s de identificación del automotor (número de chasis, VIN, serie o similar, número de motor).

Ø Datos del propietario, sólo en caso de automotor de uso particular: nombres y apellidos, tipo y número de documento, fecha de acreditación, cargo en la Misión.

Ø Datos de los autorizados a conducir: nombres, apellidos, fecha de nacimiento, tipo y Nº de documento, vínculo con el titular o cargo en la Misión.

Ø Para los autorizados a conducir vehículos oficiales: copia simple de la acreditación ante la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL de las personas enmarcadas en los incisos a, d, e, f y g del artículo 2º del Decreto Nº 25/70 y/o copia simple de la acreditación ante dicha Dirección Nacional de los empleados locales registrados en tal calidad ante la misma.

Ø Para los autorizados a conducir vehículos particulares: copia simple de la acreditación ante la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL de los familiares de acuerdo al Artículo 17 del Decreto Nº 25/70 y/o copia simple de la acreditación ante dicha Dirección Nacional del personal al servicio de propietario acreditado, inscriptos en tal calidad ante la misma.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-492-2011-MRECIC Modifica Chapas Patente para los automotores importados bajo el régimen del Decreto 25/70
DI-274-2009-DF Modifica Formularios para la tramitación de franquicias diplomáticas de importación o exportación
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-357-2008-MRECIC Franquicia de Importación de un Automóvil