|
|
Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Disposición n° 400 |
30/06/2006 |
Fecha: |
06/07/2006 |
|
|
Dependencia: |
DI-400-2006-AFIP |
Tema: |
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS |
Asunto: |
Ratificación de Contratos de Comodato
sobre inmuebles destinados a construcción de Edificio sede Agencia Unica AFIP y construcción Resguardo Aduana Comodoro Rivadavia. |
|
|
VISTO las presentes actuaciones caratuladas como
Expediente Nº 1-255487-2004, y |
CONSIDERANDO: |
Que
mediante las mismas se acuerda traslado para la ratificación de esta
Administración Federal de dos contratos de comodato y modificatorios
suscriptos por el Director Regional a cargo de
la DIRECCION REGIONAL
ADUANERA COMODORO RIVADAVIA, en calidad de comodatario, y las autoridades del
Ministerio de
la
Producción de
la Provincia del CHUBUT, propietaria de los bienes
cedidos en uso, en calidad de Comodante. |
Que
el objeto del contrato de comodato y modificatoria, el cual obra a fojas 87
corresponde a un inmueble ubicado en el ámbito portuario, lote propiedad de
la Provincia del Chubut, destinado exclusivamente para la construcción de
un edificio en el que funcionará
la Agencia Unica de
la Administración Federal
de Ingresos Públicos, esto es Dirección General de Aduanas y Dirección General
Impositiva. |
Que
el objeto del contrato de comodato y modificatoria, el cual obra a fojas 88
corresponde a un inmueble ubicado en
la Zona Primaria
Aduanera en el Puerto de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, destinado exclusivamente para la construcción de
una obra tipo modular permanente en la que funcionará una dependencia del
Resguardo Principal de
la
Aduana de Comodoro Rivadavia. |
Que
la Dirección
de Asuntos Legales Administrativos, emite opinion mediante Nota Nº 352/06 (DI ALAD) de fs. 92/94, y
la División Dictámenes
Jurídico – Administrativos “B” emite DICTAMEN DALA Nº 527/06 conformado por
la Dirección de Asuntos
Legales Administrativos mediante Nota Nº 1019/06 (DI ALAD) de fojas 116/117,
estimando procedente la aprobación de los referidos contratos de comodato. |
Que
corresponde ratificar los Contratos de Comodato y sus modificatorias,
mencionados en el segundo y tercer Considerando. |
Que
han tomado la intervención que les compete, tanto en los aspectos generales como
particulares de la presente Disposición,
la Dirección de Asuntos
Legales Administrativos,
la Subdirección General de Operaciones Aduaneras
del Interior y
la
Subdirección General de Asuntos Jurídicos. |
Que
la presente disposición se dicta en uso de las facultades conferidas por el
artículo 2º, segundo párrafo; Artículo 3º Ap. 4,
Incisos b) y d) y Artículo 6º Ap. 1, Incisos a),
b), m) y o) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997 y de acuerdo con lo
normado por el artículo 19 inciso a) de
la Ley 19549, |
Por
ello: |
EL
ADMINISTRADOR FEDERAL DE
LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DISPONE: |
Artículo
1º — Ratificar los contratos de comodato y modificatorias celebrado entre las
Autoridades del Ministerio de
la Producción de
la Provincia del Chubut y el Director a cargo de
la Dirección Regional
Aduanera Comodoro Rivadavia de
la Dirección General
de Aduanas sobre los inmuebles mencionados en el segundo y tercer
Considerando. |
Art.
2º — La presente ratificación suple lo estipulado en la cláusula Sexta de los
contratos mencionados en el artículo 1º. |
Art.
3º — Regístrese. Comuníquese. Dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación. Tome conocimiento
la Dirección General
de Aduanas y
la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Cumplido, archívese. — Alberto R. Abad. |
|
|