Resolución 71-2011
Prórroga habilitación provisoria
Zona Operativa Aduanera Uspallata. Aduana de Mendoza.
Bs.
As., 11/7/2011
VISTO
la Actuación SIGEA
Nº 12367–15–2008, del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que
por la citada actuación la
Aduana MENDOZA informa sobre la necesidad de prorrogar la
habilitación provisoria de la
Zona Operativa Aduanera ubicada en el predio de CUARENTA Y
SEIS HECTAREAS (46 ha)
de superficie, sobre la Ruta
7 —Km. 1151— de la localidad de USPALLATA, Departamento de LAS HERAS, Provincia
de MENDOZA, otorgada por Resolución 1/2011 (DGA).
Que
tanto el predio como las instalaciones destinadas para la realización de
operaciones aduaneras reúnen los requisitos para tal fin, contando con las
condiciones de infraestructura necesarias para ejercer el control aduanero.
Que
mediante Nota Nº 123/11 (DI RAME), la Dirección Regional
Aduanera MENDOZA informa que la habilitación de la Zona Primaria
Aduanera USPALLATA que tramita por actuación SIGEA Nº 15163-352-2011 se
encuentra supeditada a la finalización de las obras de infraestructura, en el
marco de los compromisos contraídos en el Plan de Gestión de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS.
Que
en función de lo expuesto, y hasta tanto finalicen las obras en curso,
corresponde prorrogar la habilitación aduanera otorgada al citado lugar
operativo por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días, a contar desde el
vencimiento del plazo conferido por la Resolución 1/2011 (DGA).
Que
en autos han tomado debida intervención la División Aduana de
MENDOZA, la
Dirección Regional Aduanera MENDOZA y la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo
9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por
ello,
LA DIRECTORA
GENERAL
DE LA DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º
— Prorrogar por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días la habilitación
provisoria de la Zona
Operativa Aduanera USPALLATA otorgada mediante Resolución
1/2011 (DGA), a contar desde el vencimiento del plazo conferido por esta
última, con igual carácter e idéntico alcance.
Art. 2º
— Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y publíquese en
el Boletín de esta Dirección General. Tome conocimiento la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional
Aduanera MENDOZA. Remítanse estos actuados a la División Aduana de
MENDOZA para su conocimiento y aplicación. — María S. Ayeran.