Detalle de la norma RE-570-2011-MAGP
Resolución Nro. 570 Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca
Organismo Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca
Año 2011
Asunto Créase el Programa Nacional de Prácticas Agrícolas Sustentables
Boletín Oficial
Fecha: 13/07/2011
Detalle de la norma
LOA

Resolución 570-2011

Créase el Programa Nacional de Prácticas Agrícolas Sustentables. Objetivos.

Bs. As., 6/7/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0115329/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y,

CONSIDERANDO:

Que la producción agropecuaria de la REPUBLICA ARGENTINA enfrenta problemas relacionados con el manejo y la conservación de los recursos naturales y la diversidad biológica que constituyen una amenaza para un desarrollo agropecuario sustentable.

Que en vistas de esta realidad, resulta necesario promover acciones estratégicas tendientes a la adopción de tecnologías, prácticas de manejo de los recursos naturales y sistemas de producción compatibles con el desarrollo sustentable en lo económico, social y ambiental.

Que para impulsar las antedichas acciones en la actividad agropecuaria de la REPUBLICA ARGENTINA, se requiere diseñar e implementar un programa de alcance nacional que estimule la difusión, la capacitación y la adopción de sistemas de producción sustentables, con miras a la preservación y manejo racional de los recursos suelo, agua y energía.

Que a fin de identificar, planificar y ejecutar acciones en el marco, de lo considerado anteriormente resulta necesario crear un PROGRAMA NACIONAL DE PRACTICAS AGRICOLAS SUSTENTABLES en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que es imprescindible establecer un ámbito de trabajo común donde confluya el accionar público y privado, a efectos de lograr una mayor eficacia en la implementación de un programa como el citado en el considerando anterior.

Que el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se encuentra desarrollando y ejecutando diversas herramientas y sistemas de diferenciación de productos, entre los que se encuentra la COMISION NACIONAL DE BUENAS PRACTICAS AGRICOLAS, creada mediante Resolución Nº 323 del 12 de mayo de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION, promoviendo la producción y competitividad de la agricultura y la agroindustria de nuestro país.

Que existen asimismo otros antecedentes orientados a la preservación del recurso suelo, tal como el PROGRAMA NACIONAL DE PRODUCCION AGROPECUARIA SUSTENTABLE y el Sistema de Apoyo Metodológico a los Laboratorios de Suelos y Agua (SAMLA), creados por las Resoluciones Nros. 113 del 26 de febrero de 1999 y 478 del 4 de agosto de 1998 respectivamente, ambas de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y el PROGRAMA NACIONAL DE INTERLABORATORIOS DE SUELOS AGROPECUARIOS (PROINSA), creado por la Resolución Nº 175 del 11 de marzo de 2009 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION.

Que en el proceso de adopción de sistemas de producción sustentables, la certificación en la agricultura representa una tendencia cada vez más extendida, reconocida y valorada en todo el mundo, como parte de los sistemas de gestión de calidad aplicados a los procesos productivos en general y agrícolas en particular.

Que entre los objetivos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se encuentra el de entender en la elaboración y aplicación de regímenes de las actividades relacionadas con el sector agropecuario.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el PROGRAMA NACIONAL DE PRACTICAS AGRICOLAS SUSTENTABLES, con el objeto de promover el desarrollo y la adopción de tecnologías, prácticas de manejo integral de los recursos naturales y sistemas de producción, compatibles con el desarrollo sustentable en lo económico, social y ambiental, de acuerdo con el Plan de Trabajo que como Anexo forma parte de la presente medida.

Art. 2º — El citado PROGRAMA NACIONAL tiene entre sus principales metas las siguientes:

a) Desarrollar un sistema de capacitación, comunicación y difusión permanente respecto de las buenas prácticas de manejo que contribuyan a una producción agrícola sustentable.

b) Apoyar la investigación y monitoreo de indicadores de sustentabilidad, creando un espacio de articulación entre las diferentes instituciones que trabajan en el tema.

c) Promover la adopción de prácticas culturales de conservación y mejoramiento de la calidad y salud de los suelos, incluidas la rotación y la fertilización racional de los cultivos.

d) Reducir la generación de residuos de agroquímicos mediante el manejo eficiente y responsable de éstos y de sus envases.

e) Promover esquemas de manejo integrado de plagas, enfermedades y malezas.

f) Centralizar y sistematizar los resultados obtenidos publicando la información generada.

g) Promover el desarrollo de medidas económico-financieras que faciliten la adopción de sistemas de producción agropecuaria sustentable.

Art. 3º — Instrúyase a la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERA Y PESCA para supervisar y coordinar el citado PROGRAMA NACIONAL creado en el Artículo 1º de la presente resolución, a través de la Dirección Nacional de Producción Agrícola y Forestal que de ella depende.

Art. 4º — Será responsabilidad de la Dirección Nacional de Producción Agrícola y Forestal planificar y ejecutar las actividades previstas en el Plan de Trabajo, además de participar en aquellas acciones que se materialicen en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE PRACTICAS AGRICOLAS SUSTENTABLES a implementarse en todo el territorio nacional.

Art. 5º — Con el objeto de favorecer la efectividad en la ejecución del mencionado PROGRAMA NACIONAL, se constituirá una Unidad de Coordinación con la participación de instituciones públicas y privadas que adhieran a la presente. La coordinación de la Unidad será ejercida por el representante del la Dirección Nacional de Producción Agrícola y Forestal. Todos los miembros de la citada Unidad de Coordinación, desempeñarán sus cargos con carácter "ad honorem".

Art. 6º — Invítase a las jurisdicciones provinciales a adherir a la presente medida.

Art. 7º — Invítase a las instituciones, universidades, fundaciones y demás entidades públicas y privadas que desarrollen actividades vinculadas con la temática a suscribir actas - acuerdos específicos para participar de las actividades propuestas por el mencionado PROGRAMA NACIONAL.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julián A. Domínguez.

ANEXO

PLAN DE TRABAJO

Las acciones establecidas en el marco de los objetivos planteados por el PROGRAMA NACIONAL DE PRACTICAS AGRICOLAS SUSTENTABLES se organizarán inicialmente sobre la base de TRES (3) módulos diferentes, que incluirán, entre otras, las siguientes actividades:

MODULO 1: Entrenamiento y extensión

Búsqueda, selección y evaluación de profesionales de acuerdo con los perfiles requeridos.

Realización de cursos de capacitación específicos para estos profesionales.

Ejecución de actividades de promoción y difusión de buenas prácticas agrícolas en el terreno.

MODULO 2: Difusión

Elaboración de manuales para capacitadores, capacitandos y potenciales adoptantes de buenas prácticas agrícolas, así como material de difusión sobre el citado PROGRAMA NACIONAL.

Realización de diversas actividades como talleres, seminarios y/o charlas técnicas referidas a la implementación de buenas prácticas agronómicas.

Construcción de una página web referida a las actividades desarrolladas en el marco del presente PROGRAMA NACIONAL.

Desarrollo de actividades de comunicación sobre objetivos y mensajes institucionales del mencionado PROGRAMA NACIONAL.

MODULO 3: Incentivos económicos

Analizar diferentes opciones de estímulo, estimando costos y factibilidad operativa de cada una de ellas, con el objetivo de mejorar la tasa de adopción de buenas prácticas agrícolas.

Analizar incentivos para la adopción de contratos de arrendamiento plurianuales.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-526-2012-MAGP Complementa Programa Nacional de Prácticas Agrícolas Sustentables
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-113-1999-SAGPA Créase el Programa Nacional de Prácticas Agrícolas Sustentables