Detalle de la norma DI-36-2006-AFIP
Disposición Nro. 36 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2006
Asunto AFIP - Estructura Organizativa.
Boletín Oficial
30828 Fecha: 20/01/2006
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Bol/Of  30828
Disposición n° 36 18/01/2006 Fecha: 20/01/2006
 
Dependencia: DI-36-2006-AFIP
Tema: ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Asunto: Administración Federal de Ingresos Públicos. Estructura Organizativa. Su modificación.
 

VISTO el Decreto Nº 898 del 21 de julio de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que por el decreto citado en el VISTO se realizaron modificaciones en la estructura organizativa de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Que la mencionada norma dispuso la creación de la Subdirección General de Control Aduanero, en virtud de la necesidad de reformular el actual esquema de control aduanero, atendiendo en mejores condiciones operativas la complejidad que deviene de las nuevas modalidades del comercio internacional, así como también los riesgos para la seguridad nacional que proviene del contrabando, el terrorismo internacional y el narcotráfico.

Que el control del comercio lícito y los flujos ilícitos se presentan a nivel nacional e internacional, resultando pertinente a efectos de dar cumplimiento a las funciones asignadas a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, adecuar las competencias asignadas a sus áreas, favoreciendo la centralización de la información estratégica y la descentralización de la operación táctica de control.

Que la presente modificación cuenta con la conformidad de la Dirección General de Aduanas.

Que el Departamento Coordinación y Procedimientos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resultan de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DISPONE:

Artículo 1º — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada Procedimientos Legales Aduaneros y sus unidades dependientes en el ámbito de la Dirección General de Aduanas, pasen a depender de la Subdirección General de Técnico Legal Aduanera.

Art. 2º — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada Sumarios de Prevención y sus unidades dependientes en el ámbito de la Dirección de Control, pasen a depender del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

Art. 3º — Eliminar de la estructura organizativa la unidad orgánica con nivel de Dirección denominada Control y todas sus unidades dependientes, en el ámbito de la Dirección General de Aduanas, con excepción de las unidades orgánicas transferidas por el artículo precedente.

Art. 4º — Eliminar de la estructura organizativa las unidades orgánicas con nivel de Dirección denominada Secretaría Técnico Institucional y su unidad dependiente, en el ámbito de la Dirección General de Aduanas.

Art. 5º — Eliminar de la estructura organizativa la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada Técnica de Valoración y sus unidades dependientes, en el ámbito de la Dirección de Técnica.

Art. 6º — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Dirección denominadas “Gestión del Riesgo” e “Investigaciones” dependientes de la Subdirección General de Control Aduanero.

Art. 7º — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Departamento denominadas “Selectividad” y “Gestión Estratégica de Valor” dependientes de la Dirección de Gestión del Riesgo.

Art. 8º — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Análisis y Evaluación de Riesgos” y “Análisis y Evaluación de Resultados” dependientes del Departamento Selectividad.

Art. 9º — Crear CUATRO (4) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Empresas Vinculadas”, “Valoración de Exportación”, “Valoración de Importación” y “Análisis” dependientes del Departamento Gestión Estratégica de Valor.

Art. 10. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Departamento denominadas “Narcotráfico” e “Investigaciones Especializadas” dependientes de la Dirección de Investigaciones.

Art. 11. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Fraude Marcario” y “Prohibiciones no Económicas” dependientes del Departamento Investigaciones Especializadas.

Art. 12. — Crear UNA (1) unidad orgánicas con nivel de División denominada “R.I.L.O.” dependiente de la Subdirección General de Control Aduanero.

Art. 13. — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada Ordenamiento y Convenios dependiente del Departamento Técnica de Importación en el ámbito de la Dirección de Técnica, pase a depender de la Subdirección General de Control Aduanero y a denominarse “Ordenamiento y Seguimiento de Convenios”.

Art. 14. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Mercosur y Asuntos de Frontera” dependiente de la Subdirección General de Control Aduanero.

Art. 15. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Dirección denominada “Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera” dependiente de la Dirección General de Aduanas Art. 16. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada “Grandes Operadores” dependiente de la Dirección General de Aduanas

Art. 17. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Aduanas Domicilias” y “Aduanas Factorías” dependientes del Departamento Grandes Operadores.

Art. 18. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Departamento denominadas “Fiscalización Aduanera Metropolitana” e “Inspecciones Aduaneras” dependientes de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.

Art. 19. — Crear TRES (3) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Control Expost de Exportación”, “Control Expost de Importación” y “Comprobación de Destino” dependientes del Departamento Fiscalización Aduanera Metropolitana.

Art. 20. — Crear TRES (3) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Investigaciones y Procedimientos Externos”, “Control de Operaciones Aduaneras” y “Drogas” dependientes del Departamento Inspecciones Aduaneras.

Art. 21. — Reemplazar en la estructura organizativa vigente los Anexos A13, A14, A19, A21, B13, B14, B19 y B21, por los que se aprueban por la presente.

Art. 22. — Aprobar en la estructura organizativa las Secciones y Oficinas que constan en los Anexos A y B mencionados en el Artículo precedente.

Art. 23. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alberto R. Abad.

 

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Presione aquí para ver el Anexo A14

Presione aquí para ver el Anexo A19

Presione aquí para ver el Anexo A21

 

ANEXO B13

 

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIRECCION DE COORDINACION Y EVALUACION

OPERATIVA ADUANERA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Dirección General de Aduanas en el análisis y eventual reforma de los procesos inherentes a su gestión operativa.

 

ACCIONES

1. Asesorar a la Dirección General de Aduanas y a las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y del Interior en materia de su competencia.

2. Propiciar la aplicación uniforme de las normas, procedimientos y criterios que se aplican en las áreas operativas.

3. Intervenir en el seguimiento de las acciones requeridas para dar solución a problemáticas planteadas por las áreas operativas.

4. Impulsar el dictado de normas tendientes a optimizar la gestión operativa.

5. Intervenir en la formulación de planes y proyectos vinculados con las funciones a cargo de la Dirección General de Aduanas.

6. Participar de la asignación de recursos materiales y humanos a las unidades.

 

DEPARTAMENTO GRANDES OPERADORES

 

ACCION

Coordinar, realizar y supervisar las tareas inherentes a la investigación, selección, fiscalización y control, de los grandes operadores y/o responsables de mayor importancia fiscal de todo el país, con el fin de efectuar el seguimiento de la operatoria individual de cada uno de ellos y de supervisar el grado de cumplimiento de sus obligaciones aduaneras.

 

TAREAS

1. Seleccionar del universo de operadores, aquellos que por su significación fiscal y volumen comercializado se destacan de la operatoria normal, o que se encuentren registrados dentro de regímenes especiales de aduanas domiciliarias y/o factorías.

2. Realizar el seguimiento y control de la operatoria de comercio exterior de los grandes operadores.

3. Efectuar la fiscalización de los operadores seleccionados, de acuerdo con los planes, normas y procedimientos que dicte la Subdirección General de Fiscalización.

 4. Elevar periódicamente informes al Director General sobre el cumplimiento de los grandes operadores y/o posibles desvíos detectados.

5. Coordinar las fiscalizaciones que se realicen con las áreas competentes de la Dirección General Impositiva.

6. Oficializar, registrar, notificar los cargos por ajustes de valor, por diferencia de derechos y demás tributos originados cuando ello corresponda, más toda otra liquidación que surja del accionar del área respectiva.

7. Efectuar el control de pago de los cargos notificados, dar curso a las impugnaciones que se presenten contra los cargos formulados, remitiéndolas al área responsable de sus sustanciaciones, proyectar la suspensión y el levantamiento de los importadores y exportadores cuando existan cargos vencidos impagos, y enviar los antecedentes respectivos al área responsable de su persecución por la vía judicial.

8. Efectuar el resumen mensual y anual del movimiento general de cargos.

9. Entender en la recepción, registro y despacho de la documentación que ingrese a la Dirección; realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes materiales; atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y participar al área pertinente del movimiento de los fondos de la Caja Chica asignada al Departamento.

 

OFICINA ADMINISTRATIVA

 

ACCION

Registrar, dar trámite y despacho de la documentación que se tramiten en le Departamento. Atender todo lo atinente a recursos humanos y suministros de bienes materiales, su mantenimiento y conservación TAREAS

1. Recibir, registrar y distribuir las actuaciones que ingresen al Departamento, efectuando los cargos y descargos correspondientes.

2. Atender en la administración del personal de la dotación del Departamento.

3. Intervenir en la preparación del plan anual de necesidades y promover las acciones que hagan al adecuado control y mantenimiento de los recursos, bienes y/o servicios.

4. Mantener una fluida comunicación con las áreas que dependen del Departamento a efectos de solicitar y brindar las aclaraciones necesarias. 

 

DIVISION ADUANAS DOMICILIARIAS

 

ACCION

Realizar, dentro del ámbito de las Aduanas domiciliarias, las verificaciones y fiscalizaciones, tendientes a determinar el grado de cumplimiento de sus obligaciones aduaneras de acuerdo con las normas fijadas por la Superioridad y efectuar los cargos correspondientes.

 

TAREAS

1. Planificar las fiscalizaciones a ser realizadas por el área.

2. Realizar el seguimiento y control de las operaciones efectuadas en las Aduanas bajo su competencia.

3. Solicitar información técnica y específica de acuerdo a los requerimientos de la fiscalización

4. Inspeccionar en el domicilio de los operadores y/o responsables, las informaciones proporcionadas por terceros sobre aspectos aduaneros, cuando la importancia de las mismas así lo aconseje.

5. Entender en toda tarea externa que implique una fiscalización sobre los operadores a su cargo.

6. Realizar fiscalizaciones e investigaciones en forma conjunta con áreas de la Dirección General Impositiva.

7. Formular los cargos correspondientes que deriven de su accionar.

 

DIVISION ADUANAS FACTORIAS

 

ACCION

Realizar, dentro del ámbito de las Aduanas factorías, las verificaciones y fiscalizaciones, tendientes a determinar el grado de cumplimiento de sus obligaciones aduaneras de acuerdo con las normas fijadas por la Superioridad y efectuar los cargos correspondientes.

 

TAREAS

1. Planificar las fiscalizaciones a ser realizadas por el área.

2. Realizar el seguimiento y control de las operaciones efectuadas en las Aduanas bajo su competencia.

3. Solicitar información técnica y específica de acuerdo a los requerimientos de la fiscalización.

4. Inspeccionar en el domicilio de los operadores y/o responsables, las informaciones proporcionadas por terceros sobre aspectos aduaneros, cuando la importancia de las mismas así lo aconseje.

5. Entender en toda tarea externa que implique una fiscalización sobre los operadores a su cargo.

6. Realizar fiscalizaciones e investigaciones en forma conjunta con áreas de la Dirección General Impositiva.

7. Formular los cargos correspondientes que deriven de su accionar.

 

ANEXO B14

 

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES

 

ADUANERAS METROPOLITANAS

 

DEPARTAMENTO FISCALIZACION ADUANERA METROPOLITANA

 

ACCION

Entender en la programación y planificación de las fiscalizaciones a efectuar en el ámbito de su jurisdicción, en base al análisis pormenorizado de la información producida por la Dirección General. Realizar acciones, investigaciones, fiscalizaciones en materia documental, tributaria, de valor, y de incentivos a la exportación, acorde con las necesidades de control que detecte el Servicio Aduanero.

 

TAREAS

1. Definir pautas generales para las tareas de fiscalización, con el objeto de combatir la subfacturación, sobrevaloración y la evasión fiscal, produciendo información estadística.

2. Intervenir en la planificación y análisis documental y de valor, y en los ajustes por diferencias en liquidaciones de tributos aduaneros que se generen y en operaciones alcanzadas por estímulos a la exportación, efectuando el seguimiento de su trámite posterior hasta el cumplimiento de las obligaciones fiscales o la restitución de los importes abonados indebidamente. 

3. Brindar todos los informes que le fueren solicitados con relación a temas de su competencia, por otras áreas de la Dirección General, la Justicia Federal, Provincial u otros organismos gubernamentales, aún cuando excedan el ámbito territorial y jurisdiccional.

4. Asesorar en la materia de su competencia, respecto de las investigaciones y/o sumarios que se tramiten por infracciones o delitos tipificados en la legislación aduanera vigente.

5. Efectuar en todo el ámbito de su jurisdicción las inspecciones ex-post o inspecciones en empresas, conjuntas con la DGI de corresponder, que por acciones sugeridas surjan de la Dirección de Gestión del Riesgo y de los planes, normas y procedimientos que dicte la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización.

6. Inspeccionar en el domicilio de los contribuyentes y/o responsables, las informaciones proporcionadas por terceros sobre aspectos vinculados al control y a su situación aduanera/tributaria, cuando la importancia de las mismas así lo aconseje.

7. Efectuar las constataciones de domicilio, en virtud de sus auditorías o a pedidos de la Superioridad.

8. Cooperar en los procedimientos en plaza, tendientes a controlar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras.

9. Controlar las asignaciones y descargos de fiscalizaciones externas producidas en el ámbito de la Sección Control de Cargos y Pagos, evaluando los controles practicados y las informaciones obtenidas, a los fines de proponer pautas y medidas correctivas, elaborando periódicamente información referida a los resultados obtenidos.

 

OFICINA ADMINISTRATIVA

 

ACCION

Registrar, tramitar y despachar la documentación que se tramite en el Departamento, como así también en todo lo atinente a recursos humanos y suministros de bienes materiales, su mantenimiento y conservación.

Realizar el procesamiento informático de los datos de operaciones aduaneras, procedimientos y secuestros de mercaderías del Departamento.

 

TAREAS

1. Recibir, registrar y distribuir las actuaciones que ingresen al Departamento, efectuando los cargos y descargos correspondientes.

2. Intervenir en la administración del personal de la dotación del Departamento.

3. Intervenir en la preparación del plan anual de necesidades y promover las acciones que hagan al adecuado control y mantenimiento de los recursos, bienes y/o servicios.

4. Formular los requerimientos de datos a las distintas áreas de esta Administración Federal y fuerzas de seguridad relacionadas, con el nivel de detalle que establezca su Jefatura. 

5. Mantener una fluida comunicación con las áreas informantes a efectos de solicitar y brindar las aclaraciones necesarias.

6. Procesar informativamente los datos recibidos, cruzándolos con la información de los distintos organismos relacionados y utilizando las herramientas estadísticas e informáticas más convenientes.

7. Elevar dichos resultados al Departamento con periodicidad y formatos útiles que sirvan como información al área de riesgo, proponiendo las líneas de acción o investigación.

8. Elaborar información comparativa, resúmenes, gráficos e información estadística para una correcta evaluación de los datos procesados y con el fin de que sean fácilmente interpretado por todas las áreas.

9. Informar al Departamento sobre las áreas que no brinden la información dentro de los plazos que se establezcan.

10. Observar el cumplimiento del secreto estadístico, denunciando las acciones que se aparten del mismo.

 

SECCION CONTROL DE CARGOS Y PAGOS

 

ACCION

Efectuar la oficialización, registro, notificación, intimación y control de pago de los cargos que se formulen por ajustes de valor y por fiscalización, e intervenir en las suspensiones de las firmas derivadas de esos cargos, así como en el envío de la información pertinente para su persecución por la vía de apremio.

 

TAREAS

1. Oficializar, registrar, notificar los cargos por ajustes de valor, por diferencia de derechos y demás tributos originados cuando ello corresponda, más toda otra liquidación que surja del accionar del área respectiva.

2. Efectuar el control de pago de los cargos notificados.

3. Dar curso a las impugnaciones que se presenten contra los cargos formulados, remitiéndolas al área responsable de sus substanciaciones.

4. Proyectar la suspensión de los importadores y exportadores cuando existan cargos vencidos impagos, y enviar los antecedentes respectivos al área responsable de su persecución por la vía judicial.

5. Proyectar el levantamiento de las suspensiones aludidas en el punto anterior, cuando se perfeccione el pago de los cargos adeudados.

6. Efectuar el resumen mensual y anual del movimiento general de cargos. 

 

DIVISION CONTROL EXPOST DE IMPORTACION

 

ACCION

Entender en la revisión ex-post de destinaciones de importación y de toda otra documentación mediante la cual hayan tramitado importaciones por ante las Aduanas de su jurisdicción, controlando la declaración comprometida y el valor de las mercaderías, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

 

TAREAS

1. Efectuar el control ex-post de las destinaciones de importación y del valor documentado, realizando las investigaciones y ejecutando los procedimientos que correspondan en cada caso, conforme lo establezcan los programas de fiscalización, recopilando antecedentes de valor y produciendo estadísticas.

2. Requerir la comparecencia de importadores por razones inherentes a la fiscalización y valoración de las destinaciones.

3. Intervenir en las actuaciones que procuren la devolución de importes abonados en demasía, cuando estas deban ser resueltas por la Subdirección General de Operaciones Metropolitanas.

4. Elaborar informes técnicos solicitados por otras áreas vinculadas a las tareas de fiscalización y valoración, así como consultas requeridas por otras áreas, en cuestiones estrictamente inherentes a su ámbito de competencia.

5. Elaborar dictámenes técnicos cuando, como consecuencia del análisis documental de las destinaciones de importación, se advierta la incorrecta aplicación del régimen tributario y/o aduanero vigente, o deban efectuarse ajustes en el valor imponible, a los efectos de dar sustento a los cargos suplementarios a formular por las aduanas de registro.

6. Producir informes a la Dirección del Gestión de Riesgo, con los resultados obtenidos a partir de las acciones sugeridas, en la forma que ésta lo determine.

 

DIVISION CONTROL EXPOST DE EXPORTACION

 

ACCION

Entender en la revisión ex-post de destinaciones de exportación y de toda otra documentación mediante la cual hayan tramitado exportaciones por ante las Aduanas de su jurisdicción, controlando la declaración comprometida y el valor de las mercaderías, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

 

TAREAS

1. Efectuar el control ex-post de las destinaciones de exportación y del valor documentado, realizando las investigaciones y ejecutando los procedimientos que correspondan en cada caso, conforme lo establezcan los programas de fiscalización, recopilando antecedentes de valor y produciendo estadísticas.

2. Requerir la comparecencia de exportadores por razones inherentes a la fiscalización y valoración de las destinaciones.

3. Elaborar informes técnicos solicitados por otras áreas vinculadas a las tareas de fiscalización y valoración, así como consultas requeridas por otras áreas, en cuestiones estrictamente inherentes a su ámbito de competencia.

4. Elaborar dictámenes técnicos cuando, como consecuencia del análisis documental de las destinaciones de exportación, se advierta la incorrecta aplicación del régimen tributario y/o aduanero vigente, o deban efectuarse ajustes en el valor imponible, a los efectos de dar sustento a los cargos suplementarios a formular por las aduanas de registro.

5. Producir informes a la Dirección de Gestión de Riesgo, con los resultados obtenidos a partir de las acciones sugeridas, en la forma que ésta lo determine.

 

DIVISION COMPROBACION DE DESTINO

 

ACCION

Efectuar la comprobación del uso y/o destino de las mercaderías que se importen condicionadas al cumplimiento de determinadas obligaciones.

 

TAREAS

1. Inspeccionar los estados demostrativos de las firmas que ingresan mercaderías bajo el régimen de comprobación de destino. Intervención por averías, desafectación y transferencias.

2. Verificar facturas comerciales remitidas por las Direcciones Aduaneras Metropolitanas a fin de constatar la autenticidad de las mismas e introducción a plaza de mercaderías involucradas.

3. Inspeccionar mercaderías introducidas bajo el régimen de admisión temporaria.

4. Secuestrar y/o interdictar y proceder al levantamiento de la medida cautelar sobre mercaderías dispuesta oportunamente por la autoridad competente.

5. Inspeccionar mercaderías ingresadas al amparo de las normas que determinan que las mismas quedan sujetas a comprobación de destino

6. Inspeccionar mercaderías ingresadas por franquicias otorgadas por la Dirección Nacional de Migraciones. 

7. Verificar la posesión de automotores de discapacitados.

8. Secuestrar y/o interdictar mercaderías en infracción detectadas en el momento de efectuar la comprobación de destino, haciendo conocer el hecho al área legal correspondiente.

 

DEPARTAMENTO INSPECCIONES ADUANERAS

 

ACCION

Proponer y supervisar la realización de los programas y actividades tendientes a prevenir y reprimir los ilícitos en materia aduanera. Ejercer el poder de policía y la fuerza pública. Proponer y ejecutar el plan de acción aprobado.

 

TAREAS

1. Entender en las investigaciones, procedimientos y tareas de vigilancia a fin de prevenir y reprimir los ilícitos en materia aduanera.

2. Entender en las tareas de apoyo que fueren requeridas por autoridad judicial.

3. Disponer las medidas cautelares que correspondan y su levantamiento cuando así proceda, mediando acto fundado. 

4. Entender en el secuestro de mercaderías, medios de transporte y demás bienes vinculados a los ilícitos en materia aduanera, así como también en el registro y/o detención de personas.

5. Entender en los controles selectivos de las destinaciones, operaciones y regímenes especiales aduaneros.

6. Coordinar la realización de acciones conjuntas con: otras dependencias de la AFIP, las fuerzas de seguridad y/o con otros organismos gubernamentales (SENASA, INAL, ANMAT, RENAR, etc.).

7. Entender en las relaciones con otros organismos nacionales y extranjeros en el marco de las acciones de su competencia.

8. Ejercer la supervisión de las áreas que le dependen, efectuar el seguimiento de los programas y actividades aprobados y su evaluación, proponiendo de corresponder las adecuaciones pertinentes.

9. Disponer las medidas necesarias para proveer y mantener en condiciones el equipamiento necesario para el cumplimiento de las funciones delegadas en el personal a su cargo.

 

SECCION ADMINISTRATIVA

 

ACCION

Registrar, tramitar y despachar la documentación que se tramite en el Departamento. Atender lo atinente a recursos humanos y suministros de bienes materiales, su mantenimiento y conservación.

Realizar el procesamiento de la información vinculada a las acciones y resultados de las áreas del Departamento, elaborar los informes de gestión, y atender los requerimientos de las dependencias afectadas a la gestión de riesgo.

 

TAREAS

1. Recibir, registrar y distribuir las actuaciones que ingresen al Departamento, efectuando los cargos y descargos correspondientes.

2. Intervenir en la administración del personal de la dotación del Departamento.

3. Intervenir en la preparación del plan anual de necesidades y promover las acciones que hagan al adecuado control y mantenimiento de los recursos, bienes y/o servicios.

4. Formular los requerimientos de datos de las distintas áreas de esta Administración Federal y Fuerzas de Seguridad relacionadas, con el nivel de detalle que establezca su jefatura.

5. Mantener una fluida comunicación con las áreas informantes a efectos de solicitar y brindar las aclaraciones necesarias.

6. Procesar informáticamente los datos recibidos, cruzándolos con la información de los distintos organismos relacionados y utilizando las herramientas estadísticas e informáticas más convenientes.

7. Elaborar y elevar la información estadística producida por las áreas dependientes.

8. Observar el cumplimiento del secreto estadístico, denunciando las acciones que se aparten del mismo.

 

DIVISION INVESTIGACIONES Y PROCEDIMIENTOS EXTERNOS

 

ACCIONES

Coordinar las tareas de investigación en materia aduanera y en los procedimientos relacionados.

Ejercer el poder de policía y la fuerza pública. Entender en los procedimientos conjuntos con otras dependencias de la AFIP, fuerzas de seguridad, otros organismos, o dispuestos por autoridad judicial.

Entender en el diligenciamiento de órdenes de allanamiento, de secuestros, de interdicción de mercaderías y detención de personas. Implementar controles tendientes a comprobar la legal tenencia en plaza de mercaderías de origen extranjero con fines comerciales o industriales.

 

TAREAS

1. Realizar investigaciones referidas a delitos e infracciones aduaneras.

2. Efectuar inspecciones y procedimientos en domicilios, comercios y en los lugares donde se presuma la existencia de mercadería ingresada ilegalmente.

3. Programar, coordinar y participar en operativos conjuntos con otras dependencias de la AFIP, las fuerzas de seguridad, y otros organismos.

4. Proceder al secuestro de documentación, medios de transporte y demás bienes vinculados a los delitos, así como efectuar la detención de las personas involucradas en los mismos, cuando la autoridad judicial así lo disponga.

5. Ejercer las interdicciones de las mercaderías y disponer el levantamiento de dicha medida cuando así correspondiere, por decisión de autoridad competente. 

6. Desarrollar las acciones que le competen en horas y días inhábiles.

7. Efectuar la identificación de detenidos actuando como nexo con el Registro de Infractores.

8. Colaborar en la realización de procedimientos y allanamientos ordenados por autoridad judicial competente.

 

SECCION INVESTIGACIONES Y PROCEDIMIENTOS

 

ACCION

 

Efectuar investigaciones y procedimientos de prevención y represión de ilícitos en materia aduanera. Implementar los procedimientos en plaza tendientes a controlar la legal tenencia de mercadería de origen extranjero con fines comerciales o industriales.

 

TAREAS

1. Realizar investigaciones referidas a delitos e infracciones aduaneras.

2. Efectuar el secuestro de mercaderías, medios de transporte y demás bienes vinculados a los ilícitos comprendidos en la legislación aduanera.

3. Realizar inspecciones y allanamientos en domicilios, comercios y en los lugares donde se presuma la existencia de mercadería ingresada ilegalmente.

4. Adoptar y levantar las medidas cautelares pertinentes, cuando así correspondiere por decisión de autoridad competente.

5. Proponer y ejecutar los procedimientos con el objetivo de prevenir y o detectar ilícitos en el tráfico internacional de mercaderías.

6. Programar, coordinar y desarrollar operativos conjuntos con otras dependencias de la AFIP, fuerzas de seguridad, y otros organismos.

 

SECCION SERVICIO DE GUARDIA Y DILIGENCIAMIENTOS JUDICIALES

 

ACCION

Colaborar en la realización de procedimientos y allanamientos ordenados por la autoridad competente.

Atender las necesidades de capacitación del servicio.

 

TAREAS

1. Ejercer en la persona del Inspector de Turno las atribuciones del Director de la Aduana de Buenos Aires, en horario y/o días inhábiles, sin perjuicio de la natural dependencia de sus jefaturas inmediatas superiores.

2. Coordinar los procedimientos relativos a ilícitos aduaneros con las fuerzas prevencionales y/ o aprehensoras, poniendo en conocimiento de inmediato al instructor de sumarios de prevención, en orden al turno.

3. Cooperar en las tareas de enlace con el S.I.M. o dependencia funcional que desarrolle esa función ante eventuales caídas del sistema tendientes a normalizar la operatoria.

4. Colaborar en los procedimientos y allanamientos ordenados por autoridad judicial.

5. Confeccionar y actualizar el registro de habilitaciones para la portación de armas extendidas a funcionarios de toda la Dirección General de Aduanas y emitir los certificados habilitantes a los mismos, una vez aprobados los cursos e incorporados al registro mencionado.

6. Intervenir en la adopción de las medidas necesarias para el aprovisionamiento, control, registro y mantenimiento del equipamiento necesario para el cumplimiento de las funciones delegadas al personal del Departamento Inspecciones Aduaneras.

 

DIVISION CONTROL DE OPERACIONES ADUANERAS

 

ACCION

Efectuar controles selectivos sobre las destinaciones, operaciones y regímenes especiales aduaneros, a partir del análisis de riesgo, con prescindencia del canal de verificación selectivo que le fuera asignado, para la totalidad de las mercaderías que comprenden la nomenclatura del sistema armonizado con especial interés en aquellos materiales, mercaderías y/o residuos denominados peligrosos, tóxicos y/o sensitivos y otros que puedan afectar el patrimonio artístico, histórico, arqueológico o científico, como también los derechos marcarios.

 

TAREAS

1. Proponer acciones de control y líneas de investigación tendientes a prevenir y reprimir los ilícitos aduaneros.

2. Entender en la realización de inspecciones y visitas de fondeo en medios de transporte cargueros y/o de pasajeros, como asimismo la verificación de cargas y equipajes en rutas y caminos.

3. Controlar selectivamente las destinaciones, operaciones y regímenes especiales jurisdiccionales.

4. Entender en los controles selectivos en zona secundaria aduanera.

 

SECCION BRIGADA DE FONDEO

 

ACCION

Efectuar inspecciones y visitas de fondeo en medios de transporte cargueros y/o de pasajeros.

Desarrollar acciones selectivas tendientes a proponer y ejecutar controles sobre el flujo de mercaderías.

 

TAREAS

1. Realizar en forma selectiva inspecciones de fondeo en medios de transporte aéreos, marítimos, terrestres y/o de pasajeros.

2. Proceder a la lectura y análisis de la base de datos del Módulo Manifiesto Informático vía acuática y aérea, ejecutando acciones de control para detectar desvíos en la carga, descarga, permanencia a bordo de mercaderías, sobrantes y faltantes.

3. Realizar en forma selectiva el control de reembarcos, transbordos, tránsitos y regímenes especiales.

 

SECCION CONTROL DE DESTINACIONES

 

ACCION

 Efectuar controles en forma selectiva sobre las destinaciones aduaneras de importación y exportación a partir del análisis de riesgo, y con especial énfasis en las alcanzadas por canal de selectividad naranja y verde. Proponer planes de acción para prevenir y reprimir los ilícitos en materia aduanera.

 

TAREAS

1. Efectuar controles selectivos en base a análisis de riesgo, sobre las mercaderías amparadas por destinaciones aduaneras de importación y exportación.

2. Producir informes periódicos con sus resultados de gestión.

3. Brindar información en apoyo de las políticas de control implementadas acerca de materiales, mercaderías y/o residuos denominados peligrosos, tóxicos y/o sensitivos y otros que puedan afectar el patrimonio artístico, histórico, arqueológico o científico, como también los derechos marcarios.

4. Fomentar el intercambio de información con otros organismos nacionales y coordinar acciones conjuntas cuando la particularidad de ciertas mercaderías requiera la presencia de personal especializado.

 

SECCION CONTROL DE SEGUIMIENTO SATELITAL

 

ACCION

Efectuar el seguimiento satelital, de las operaciones y/o destinaciones aduaneras y tomar las acciones de prevención y/o represión en orden a las alarmas recibidas. Intervenir en los controles con tecnologías no intrusivas.

 

TAREAS

1. Efectuar el monitoreo y seguimiento informático de cargas registradas en el ámbito de la SDG OAM, alcanzadas por el DES, como el área de control primaria.

2. Desarrollar un plan de contingencia ante eventuales situaciones de inseguridad de las cargas acorde a las alarmas recibidas con el fin de prevenir y reprimir la comisión de infracciones o delitos aduaneros utilizando el poder de Policía Aduanera y la Fuerza Pública, y dando aviso inmediato a las Fuerzas de Seguridad y/o Policiales.

3. Establecer mecanismos de control basados en la información recibida por los usuarios internos y externos a fin de prevenir y reprimir la comisión de infracciones o delitos aduaneros, adoptando las medidas que correspondan, pudiendo requerir la colaboración de la División Investigaciones y Procedimientos Externos.

4. Realizar el control de gestión a partir de la información recopilada, tanto en el DES como en el Sistema Informático María.

5. Efectuar las altas, bajas y modificaciones de las rutas y zonas georreferenciadas.

 

DIVISION DROGAS

 

ACCION

Entender en las acciones de prevención y represión del contrabando de drogas y delitos conexos, en el ámbito jurisdiccional.

Asesorar al Departamento, llevar estadísticas, y supervisar las áreas que le dependen.

 

TAREAS

1. Impulsar la ejecución de operativos de control de rutina y/o sorpresivos en zona primaria aduanera, a fin de prevenir y reprimir ilícitos con drogas. 

2. Establecer un sistema computarizado de estadísticas o seguimiento de cargas, medios transportadores, rutas, procesos, etc. para apoyar la determinación de objetivos.

3. Coordinar operativos de control con otras dependencias de la AFIP, fuerzas de seguridad y otros organismos, en materia movimientos de drogas o precursores químicos.

4. Ejercer el poder de policía aduanera y la fuerza pública.

5. Entender en las tareas de apoyo que fueren requeridas por autoridad judicial.

 

SECCION CONTROLES GENERALES

 

ACCION

Programar, coordinar y desarrollar operativos en forma selectiva y/o aleatoria en el ámbito jurisdiccional.

Dar apoyo inmediato a las tareas que realiza el Departamento, llevar estadísticas, y administrar el uso y mantenimiento de los equipos especiales.

 

TAREAS

1. Cooperar con las respectivas áreas operativas en el desarrollo, dentro de la zona primaria aduanera, de programas de control sobre pasajeros, mercaderías y medios transportadores, equipajes, etc. para prevenir y reprimir los ilícitos con drogas.

2. Practicar operativos de rutina y/o especiales o sorpresivos sobre los objetivos, que se determinen como de alto riesgo por su itinerario, tipo de mercadería, clase de medio transportador, etc. o en base a inteligencia previa.

3. Establecer un sistema computarizado de estadísticas o seguimiento de cargas, medios transportadores, rutas, procesos, etc. para apoyar la determinación de objetivos.

4. Coordinar con autoridades oficiales o entidades privadas las actividades conducentes a un mayor control sobre movimientos de drogas o precursores químicos controlados dentro de la zona primaria aduanera.

 

SECCION EQUIPOS ESPECIALES Y ENTRENAMIENTO PRACTICO

 

ACCION

Realizar las tareas de coordinación y planificación en relación a la asignación de los recursos, mecanismos de intercambio informativo, el correcto funcionamiento de la red informática interna, y toda iniciativa que permita localizar problemas de operación, recomendando a través nuevas alternativas medidas correctivas para un mejor funcionamiento.

Impulsar medidas tendientes a mantener programas de actualización en materia de capacitación, entrenamiento y práctica de personal.

 

TAREAS

1. Atender la incorporación, actualización y utilización de modernos medios técnicos electrónicos, equipos y materiales necesarios para el desarrollo de las investigaciones, procedimientos, etc.

2. Realizar la provisión, contralor y mantenimiento de los vehículos del Departamento para su eficaz funcionamiento en las tareas inherentes al mismo.

3. Entender en los programas de instrucción en la materia de su competencia, como la organización y desarrollo de la formación de entrenadores y de adiestramiento de canes para la búsqueda de drogas. 

 

ANEXO B19

 

SUBDIRECCION GENERAL DE CONTROL ADUANERO

 

DIVISION R.I.L.O.

 

ACCION

Mantener el enlace internacional de la Red R.I.L.O. de acuerdo a las pautas instrumentadas por la OMA (Organización Mundial de Aduanas)

 

TAREAS

1. Establecer una comunicación permanente y una red de análisis sobre la lucha contra la droga y el fraude comercial, entre los miembros de las Oficinas Regionales RILO (Oficina Regional para la Coordinación de Inteligencia) y la sede de la Organización Mundial Aduanera.

2. Generar y mantener actualizado el sistema de recepción, recopilación e investigación del trafico internacional de estupefacientes y/o fraude aduanero a raíz de procedimientos realizados por la Aduana, otras fuerzas y las informaciones recibidas de RILO.

3. Incrementar la reciprocidad informática con los organismos nacionales e internacionales.

4. Cumplimentar los requerimientos que le formulen la Dirección a los fines de mejorar la eficiencia operativa y/o informativa.

5. Oficiar de enlace en el intercambio de información con otros servicios aduaneros. 

6. Dar seguimiento las solicitudes realizadas al exterior.

7. Requerir a las áreas internas solicitantes el resultado obtenido de la utilización de la información del exterior. 

8. Canalizar los pedidos de información externa a las áreas competentes dentro del Organismo y supervisar su cumplimento.

9. Confeccionar informes y reportes al Director General sobre las tareas realizadas y los resultados obtenidos.

 

DIVISION ORDENAMIENTO Y SEGUIMIENTO DE CONVENIOS

 

ACCION

Entender en el estudio de los convenios internacionales relacionados con la política aduanera.

 

TAREAS

1. Registrar los acuerdos y convenios internacionales y las operaciones de importación y exportación hasta los cupos previstos en dichos instrumentos.

2. Llevar el control de cupos de importación establecidos en los convenios vigentes.

3. Llevar el registro de los acuerdos con ALADI y convenios. 

4. Actualizar el ordenamiento de las resoluciones aduaneras vigentes.

5. Realizar la clasificación de los proyectos de actos dispositivos 

 

DEPARTAMENTO MERCOSUR Y ASUNTOS DE FRONTERA

 

ACCION

Asistir al Subdirector General en la planificación de las actividades y en el análisis, formulación y evaluación de propuestas de asuntos aduaneros y su representación en el ámbito del MERCOSUR.

Coordinar y promover con los distintos Servicios Aduaneros las acciones tendientes a la armonización de los procedimientos operativos aduaneros.

Entender en la aplicación de las normas comunitarias inherentes a fronteras, participando con las Direcciones Aduaneras Metropolitanas y del Interior, en los distintos foros relacionados a las políticas de integración.

 

TAREAS

1. Proponer el diseño y la coordinación de las políticas y estrategias nacionales y establecer las modalidades y procedimientos para los proyectos de cooperación en materia aduanera.

2. Coordinar con los organismos competentes de cada sector el seguimiento de las actividades en ejecución, en sus aspectos administrativo y operativo y en lo relativo a la participación argentina en comisiones, congresos, conferencias, reuniones, muestras, ferias y todo evento internacional cuyo temario incluya aspectos de cooperación técnica aduanera y temas operativos fronterizos, en forma tal de asegurar la coherencia político funcional de dichas actividades.

3. Participar en la definición de las instrucciones relativas a las negociaciones a efectuarse en asambleas, conferencias, congresos o reuniones internacionales sobre los aspectos aduaneros a considerarse en ellos.

4. Coordinar la participación de la Aduana argentina en: 

4.1. Reuniones Binacionales con países limítrofes convocadas por la Cancillería.

4.2. Reuniones convocadas para la aplicación de los Tratados de Controles integrados con Chile y Bolivia, de Integración y Complementación Minera con Chile Comisiones Administradoras de los Tratados, Grupos Técnico-Mixtos, Comisión Administradores de los Acuerdos de Complementación Económica y toda otra negociación que a futuro requiera la representación de funcionarios técnicos aduaneros.

5. Intervenir en las negociaciones de los Tratados y en la celebración de Convenios de Cooperación técnica aduanera con los gobiernos y organismos internacionales, en coordinación con la Cancillería.

6. Identificar y planificar las acciones y las políticas necesarias para instrumentar la integración en materia aduanera, entre los países del área, así como también realizar y coordinar los planes y programas destinados a profundizar el proceso de integración con los países latinoamericanos, en coordinación con la Cancillería.

7. Asesorar al Director General con relación a las solicitudes y ofertas de cooperación técnica externa.

8. Coordinar la participación de la Aduana en los distintos Comités Técnicos creados por la Comisión de Comercio MERCOSUR relacionados con la actividad del comercio exterior y la aplicación de la normativa aduanera.

9. Intervenir en los proyectos de actos dispositivos que tengan relación con la normativa comunitaria.

10. Participar en la elaboración de normas que complementen o modifiquen la operatoria en las áreas comunitarias, interviniendo en las propuestas de los Comités de Frontera, en lo atinente al funcionamiento operativo de las Aduanas.

11. Participar en el análisis, evaluación y formulación de propuestas en temas relativos a fronteras, como así también respecto del establecimiento de controles únicos de frontera.

 

DIRECCION DE GESTION DEL RIESGO

 

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar y proponer los criterios que permitan definir los perfiles de riesgo de las operaciones y destinaciones, y de los operadores y auxiliares del comercio exterior de todo el país, así como también evaluar los resultados de los mismos.

 

ACCIONES

1. Instrumentar las políticas definidas por la Dirección General de Aduanas en materia de la evaluación del riesgo.

2. Entender en el análisis e interpretación de la información estadística a fin de evaluar el funcionamiento del sistema aduanero y tributario, y el comportamiento fiscal de los operadores y auxiliares del comercio exterior, a través de su clasificación y categorización y del establecimiento de indicadores que reflejen su conducta.

3. Determinar los criterios de selectividad para las operaciones y destinaciones, como así también para los operadores y auxiliares del comercio exterior, dando cuenta en forma periódica a la Dirección General de los criterios incorporados.

4. Deterrminar y actualizar los criterios de planificación para determinar los niveles de riesgos aduaneros.

5. Evaluar los resultados de la aplicación de los perfiles, y determinar las nuevas metodologías que puedan ayudar a perfeccionar el sistema de selectividad.

6. Analizar los datos residentes en los sistemas de información del Organismo, y producir con base en los mismos la información requerida por la Dirección para el control de resultados de los procesos realizados.

7. Proponer la adecuación y actualización de los sistemas de información del Organismo, con el fin de mejorar la calidad y oportunidad de la información producida.

8. Coordinar la distribución de la documentación de la Dirección, supervisar el adecuado mantenimiento y conservación de los bienes patrimoniales asignados a la misma y atender los asuntos inherentes al personal.

 

SECCION ADMINISTRATIVA

 

ACCION

Realizar el registro, trámite y despacho de la documentación que se tramiten en la Dirección.

Atender todo lo atinente al personal y suministros de bienes materiales, su mantenimiento y conservación.

 

TAREAS

1. Recibir, registrar y distribuir las actuaciones que ingresen a la Dirección, efectuando los cargos y descargos correspondientes.

2. Intervenir en la administración del personal de la dotación de la Dirección.

3. Intervenir en la preparación del plan anual de necesidades y promover las acciones que hagan al adecuado control y mantenimiento de los recursos, bienes y/o servicios.

4. Mantener una fluida comunicación con las áreas que dependen de la Dirección a efectos de solicitar y brindar las aclaraciones necesarias.

 

DEPARTAMENTO SELECTIVIDAD

 

ACCION

Planificar, proponer y controlar los criterios que permitan definir los perfiles de riesgo de las destinaciones y/o operaciones aduaneras como así también de los operadores y auxiliares del comercio exterior.

Entender en la retroalimentación del sistema de análisis de riesgos, evaluar el comportamiento de los perfiles establecidos y proponer adecuaciones en los mismos.

 

TAREAS

1. Establecer pautas para la conformación de perfiles de riesgo.

2. Detectar y tipificar modalidades relevantes del fraude y evasión fiscal aduanera, asociando esta información con datos pertinentes de comercio exterior, para la elaboración de nuevos perfiles que contemplen las nuevas modalidades.

3. Determinar las nuevas metodologías que puedan ayudar a perfeccionar el sistema de selectividad.

4. Evaluar la efectividad de los perfiles aplicados.

5. Elaborar estadísticas tendientes a determinar factores y/o elementos que permitan perfeccionar el sistema de selectividad vigente.

6. Intervenir en la selección, asignación y control de los casos que serán sometidos a canal morado e investigar de acuerdo con las metas, planes, normas y procedimientos establecidos por la Superioridad.

 

DIVISION ANALISIS Y EVALUACION DE RIESGOS

 

ACCION

Efectuar el análisis de la información obtenida de fuentes internas y externas al Organismo, información estadística y de comercio exterior; con el objeto determinar perfiles de riesgo.

 

TAREAS

1. Realizar estudios sobre sectores comerciales o industriales específicos, de importación o exportación, con el fin de establecer pautas de comportamiento y determinar posibles desvíos en sus operaciones.

2. Detectar, analizar e interpretar toda información a fin de evaluar el funcionamiento del sistema aduanero y tributario.

3. Practicar estudios sobre la normativa aduanera con el objetivo de identificar vacíos en la misma que constituyan potenciales áreas de riesgo.

4. Relevar de bases de datos Impositivas, Aduaneras y Previsionales todo el material requerido por parte del Departamento.

5. Relevar información concerniente al Comercio Exterior, de distintos medios, para ser afectada a su análisis:

· Cámaras de Comercio Exterior

· Entidades Aseguradoras

· Prensa 

· Entidades Bancarias y Financieras

· Internet

· Demás Organismos Gubernamentales

· Empresas de Transporte y Logística.

· Fuentes internacionales

6. Realizar estudios sobre tendencias o métodos de fraude detectados a nivel internacional y que pudieran afectar a la operatoria aduanera.

7. Identificar áreas, mercancías y procedimientos que podrían representar peligro para los objetivos de la Aduana y evaluar la gravedad del impacto que, de ocurrir los riesgos identificados, producirían en las distintas áreas afectadas, mediante la ponderación de riesgos.

8. Administrar el Módulo de Riesgo, incorporando los criterios, variables y perfiles necesarios para el funcionamiento y actualización del sistema de selectividad aduanero.

9. Requerir la evaluación de los resultados de los perfiles determinados a la División Análisis y Evaluación de Resultados, con el objeto de producir las correcciones necesarias. 

 

DIVISION ANALISIS Y EVALUACION DE RESULTADOS

 

ACCION

Entender en la retroalimentación del sistema de análisis de riesgos, en términos de efectividad y utilidad, proponiendo las modificaciones necesarias para optimizar su rendimiento.

 

TAREAS

1. Evaluar los resultados de la aplicación de los perfiles.

2. Efectuar seguimiento de las investigaciones realizadas, midiendo la eficacia de las acciones sugeridas.

3. Elaborar información estadística para la toma de decisiones. 

4. Detectar nuevos métodos de evasión a través de la lectura de resultados no vinculados a perfiles.

5. Proponer las bajas de las reglas de selectividad que no resulten efectivas.

 

DEPARTAMENTO GESTION ESTRATEGICA DE VALOR

 

ACCION

Establecer las pautas de control y análisis de la valoración de las mercaderías en Aduana, recopilando antecedentes en materia de valor y elaborando estadísticas de gestión así como proponer líneas de acción o investigación a la Dirección de Gestión del Riesgo.

Entender en la confección de valores referenciales y valores criterio de importación y exportación, los que serán utilizados en la selectividad, y para su aplicación por parte de las áreas técnicas de valoración, de acuerdo con las metas, planes, normas, procedimientos e instrucciones fijados por la superioridad.

 

TAREAS

1. Establecer las pautas de control y análisis de la valoración de las mercaderías en Aduana de conformidad con las disposiciones aplicables.

2. Entender en el control de la valoración aduanera de las mercaderías en aduana y en las consultas que le fueran solicitadas.

3. Efectuar investigaciones pormenorizadas de valor en aquellos casos especiales requeridos por la Superioridad.

4. Proponer a la Dirección Gestión del Riesgo los casos que por antecedentes de valor serían pasibles de fiscalización por las áreas competentes.

5. Realizar análisis de gestión, produciendo estadísticas y cuadros de indicadores respecto a la problemática del valor de mercaderías importadas, que servirán de base para la conformación de perfiles por parte del Departamento Selectividad.

6. Evaluar los controles practicados y efectuar el análisis de la información obtenida, a los efectos de proponer pautas y medidas correctivas.

7. Utilizar las herramientas estadísticas necesarias para administrar el Módulo de Valoración.

8. Incorporar al Módulo de Valoración los valores referenciales y criterios determinados por las Divisiones Valoración de Importación y Valoración de Exportación. 

9. Atender el asesoramiento y evacuar consultas referentes a la valoración de mercadería, emitiendo para ello los dictámenes técnicos correspondientes.

 

DIVISION VALORACION DE IMPORTACION

 

ACCION

 

Entender en la supervisión del dictado de las normas y reglamentos y en la recopilación de antecedentes y estadísticas sobre el valor de las mercaderías en aduana.

 

TAREAS

1. Recabar, recopilar y analizar la información y antecedentes en materia de valor, para mercaderías de importación.

2. Preparar y elevar información tendiente a la determinación de perfiles de los operadores y auxiliares del servicio aduanero en materia de importación.

3. Proponer líneas de acción o investigación a las distintas áreas técnicas, como consecuencia de las investigaciones que lleven a determinar rangos o criterios de valor.

4. Seleccionar los importadores y auxiliares del servicio aduanero a los cuales se les aplicará controles intensivos de valor.

5. Requerir la comparecencia de importadores por razones inherentes a la valoración de destinaciones de importación.

6. Efectuar las investigaciones de todas aquellas destinaciones que merezcan una evaluación pormenorizada por pedido de la Superioridad.

7. Evacuar consultas referidas a los aspectos técnicos de valoración

8. Elaborar los dictámenes e informes técnicos solicitados por otras áreas vinculadas a las tareas de valoración, así como consultas requeridas por otras áreas en la materia de su competencia.

 

DIVISION VALORACION DE EXPORTACION

 

ACCION

Entender en la supervisión del dictado de las normas y reglamentos y en la recopilación de antecedentes y estadísticas sobre el valor de las mercaderías en aduana.

 

TAREAS

1. Recabar, recopilar y analizar la información y antecedentes en materia de valor, para mercaderías de exportación.

2. Preparar y elevar información tendiente a la determinación de perfiles de los operadores y auxiliares del servicio aduanero en materia de exportación.

3. Proponer líneas de acción o investigación a las distintas áreas técnicas, como consecuencia de las investigaciones que lleven a determinar rangos o criterios de valor. 

4. Seleccionar los importadores y auxiliares del servicio aduanero a los cuales se les aplicará controles intensivos de valor.

5. Requerir la comparecencia de exportadores por razones inherentes a la valoración de destinaciones de importación.

6. Efectuar las investigaciones de todas aquellas destinaciones que merezcan una evaluación pormenorizada por pedido de la Superioridad.

7. Evacuar consultas referidas a los aspectos técnicos de valoración

8. Elaborar los dictámenes e informes técnicos solicitados por otras áreas vinculadas a las tareas de valoración, así como consultas requeridas por otras áreas en la materia de su competencia.

 

DIVISION ANALISIS

 

ACCION

 Entender en el análisis y recopilación de información a los efectos de proponer líneas de acción o investigación a las distintas áreas, así como en la selección, asignación y control de los casos que serán sometidos para su estudio, investigación y/o fiscalización, de acuerdo con las metas, planes, normas, procedimientos e instrucciones fijados por la superioridad, proponiendo acciones conjuntas con otras áreas de la organización con el fin de realizar operativos, procedimientos y fiscalizaciones externas o inspecciones.

 

TAREAS

1. Proponer el tipo de información a solicitar a otras áreas de la AFIP, DGA y DGI.

2. Recabar, sistematizar y analizar la información proveniente de las distintas áreas de la AFIP.

3. Proponer las pautas para establecer las prioridades en la aplicación del canal morado, en los procedimientos y fiscalizaciones externas y en el análisis de la documentación de valor, y/o de los operadores y auxiliares del servicio aduanero.

4. Proponer las pautas para establecer los controles de selectividad para la valoración de la mercadería.

5. Recopilar información y antecedentes que respaldas las bases de datos de las áreas de valoración de importación y exportación.

6. Preparar y elevar información tendiente a la determinación de perfiles de los operadores y auxiliares del servicio aduanero en materia de importación y exportación, con el fin de perfeccionar la intervención de la AFIP en materia de control.

7. Efectuar la selección de los importadores, exportadores y auxiliares del servicio aduanero a los cuales se les aplique el sistema de selectividad con motivo del valor, determinando y efectuando su inclusión en el Sistema Informático María. 

8. Proponer los casos pasibles de fiscalizaciones por otras áreas.

9. Producir y brindar toda información necesaria previa a la asignación de las pautas y líneas de acción que le sea requerida por la superioridad.

10. Elaborar información vinculada a sus tareas específicas para elevar a la superioridad y a las áreas de control de gestión.

11. Recopilar la información de gestión producida por las diferentes áreas y generar las estadísticas y cuadros necesarios para una correcta evaluación de la gestión.

12. Utilizar las herramientas estadísticas necesarias para administrar el Módulo de Valoración.

13. Evaluar los controles practicados y efectuar el análisis de las informaciones obtenidas, a los efectos de proponer pautas y medidas correctivas.

14. Definir la información a solicitar a las distintas áreas referidas al control de gestión en la administración del Módulo de Valoración.

15. Fijar los niveles de control del valor y su incorporación al Módulo de Valoración.

 

DIVISION EMPRESAS VINCULADAS

 

ACCION

Entender en las investigaciones sobre el valor declarado en las destinaciones de importación y exportación tramitadas por firmas vinculadas financiera y económicamente con sus proveedores o compradores del exterior, respectivamente, a fin de establecer si el mismo se encuentra influenciado por dicha vinculación, así como analizar los contratos de cesión de derechos de propiedad intelectual e industrial para determinar la eventual incidencia de las regalías devengadas en la determinación del valor en aduanas.

 

TAREAS

1. Efectuar las investigaciones conducentes a establecer la posible influencia de la vinculación en los precios declarados, en las destinaciones de importación y exportación.

2. Estudiar los contratos suscriptos por el importador/exportador con su proveedor o comprador del exterior, en concepto de cesión de derechos de propiedad intelectual e industrial.

3. Confeccionar las liquidaciones de derechos y demás tributos por ajustes de valor originados por la aplicación de la legislación vigente en la materia.

4. Elaborar el padrón de ajustes de valor como resultado de las investigaciones concluidas.

5. Producir estadísticas y cuadros indicadores que reflejen la gestión desarrollada, y su implicancia tributaria.

 

DIRECCION DE INVESTIGACIONES

 

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Elaborar los planes y programas referentes a la lucha contra el fraude aduanero, el narcotráfico, el fraude marcario y las prohibiciones no económicas, así como también controlar su cumplimiento.

 

ACCIONES

1. Coordinar el mapa de investigaciones a nivel país y dirigir las líneas investigativas resultantes.

2. Procesar la información interna y externa a fin de prevenir ilícitos aduaneros.

3. Realizar las investigaciones para la prevención y represión del delito de contrabando, su tentativa o encubrimiento.

4. Dar intervención a las áreas operativas competentes en las investigaciones referidas a la prevención y represión de las infracciones aduaneras.

 

SECCION ADMINISTRATIVA

 

ACCION

Registrar, tramitar y despachar la documentación que se tramite en la Dirección, como así también en todo lo atinente a recursos humanos y suministros de bienes materiales, su mantenimiento y conservación.

Realizar el procesamiento informático de los datos de operaciones aduaneras, procedimientos y secuestros de mercaderías de la Dirección.

 

TAREAS

1. Recibir, registrar y distribuir las actuaciones que ingresen a la Dirección, efectuando los cargos y descargos correspondientes.

2. Intervenir en la administración del personal de la dotación de la Dirección.

3. Intervenir en la preparación del plan anual de necesidades y promover las acciones que hagan al adecuado control y mantenimiento de los recursos, bienes y/o servicios.

4. Formular los requerimientos de datos a las distintas áreas de esta Administración Federal y fuerzas de seguridad relacionadas, con el nivel de detalle que establezca su Dirección.

5. Mantener una fluida comunicación con las áreas informantes a efectos de solicitar y brindar las aclaraciones necesarias.

6. Procesar informativamente los datos recibidos, cruzándolos con la información de los distintos organismos relacionados y utilizando las herramientas estadísticas e informáticas más convenientes.

7. Elevar dichos resultados a la Dirección con periodicidad y formatos útiles que sirvan como información al área de riesgo, proponiendo las líneas de acción o investigación.

8. Elaborar información comparativa, resúmenes, gráficos e información estadística para una correcta evaluación de los datos procesados y con el fin de que sean fácilmente interpretado por todas las áreas.

9. Informar a la Dirección sobre las áreas que no brinden la información dentro de los plazos que se establezcan.

10. Gestionar la publicación de los resultados obtenidos en la página de Intranet de esta Administración Federal para su divulgación masiva, previa su aprobación por el area competente.

11. Observar el cumplimiento del secreto estadístico, denunciando las acciones que se aparten del mismo.

 

DEPARTAMENTO NARCOTRAFICO

 

ACCION

Dar cumplimiento a los planes estratégicos en la lucha contra el narcotráfico, efectuar su seguimiento y realizar las investigaciones necesarias a los fines de asegurar el cumplimiento de los mismos.

 

TAREAS

1. Cumplir funciones de investigación para el esclarecimiento de ilícitos, ya sea por denuncias, oficios judiciales, informaciones de otras fuerzas de seguridad y de dependencias aduaneras.

2. Acopiar, evaluar y procesar la información que se obtenga de medios oficiales, privados, judiciales o cualquier otro medio posible.

3. Efectuar averiguaciones sobre la evolución económico-financiera, movimientos de fondos, operaciones de importación - exportación que puedan significar blanqueos de dinero o lavado de activos provenientes del narcotráfico.

4. Recopilar en forma conjunta con la Dirección Gestión del Riesgo, la información relativa al lavado de dinero, estudiando modalidades empleadas a efectos de tipificar las distintas metodologías detectadas.

5. Supervisar y coordinar todas las tareas investigativas y operativas, brindar apoyo técnico y colaborar con los requerimientos de las áreas operativas metropolitanas y del Interior.

6. Participar en el orden nacional e internacional en congresos, seminarios o actos propiciados por organismos oficiales o privados que traten el tema de su competencia.

7. Requerir los desarrollos informáticos necesarios para contar con sistemas de control, estadísticos y de recopilación de información adicional sobre la producción, importación, exportación, distribución, etc., de los productos químicos para la elaboración de drogas y para la fabricación de armas químicas.

8. Actualizar las bases de datos de importación y exportación de productos químicos, desarrolladas a partir de la información de la Dirección de Informática y de las Aduanas, y como fruto de la cooperación internacional e intercambio de información científica y técnica.

9. Mantener actualizado el listado de empresas inscriptas ante la SECRETARIA PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, informando a las Aduanas de los cambios producidos en tiempo y forma.

10. Realizar investigaciones sobre la base de informes emanados de la División y de otras dependencias de la Dirección General de Aduanas, así como por pedido de organismos gubernamentales, nacionales y extranjeros.

11. Establecer contactos fluidos con la Dirección Gestión de Riesgo como así también con las áreas pertinentes regionales transmitiendo información actualizada sobre alertas, indicios o datos que pudiesen generar fiscalizaciones preventivas en la materia.

12. Mantener la vigilancia sobre ciertas actividades de la industria para aminorar el riesgo de que sustancias químicas comerciales se empleen con fines nocivos.

13. Recibir declaraciones respecto de la transferencia de sustancias químicas de doble uso, a fin de garantizar que las mismas se empleen para fines exclusivamente pacíficos. 

 

DEPARTAMENTO INVESTIGACIONES ESPECIALIZADAS

 

ACCION

Dar cumplimiento a los planes estratégicos en la lucha contra el fraude marcario y el control de las prohibiciones no económicas y de mercaderías de índole sensitivo, efectuar su seguimiento y realizar las investigaciones necesarias a los fines de su seguimiento y control.

 

TAREAS

1. Establecer las políticas de control con el objeto de proteger el patrimonio artístico, histórico, arqueológico o científico del territorio nacional.

2. Efectuar investigaciones encaminadas a la detección de materiales peligrosos, residuos, mercaderías usadas, precursores de armas químicas, biológicas, armas, explosivos, material nuclear y cualquier mercadería de índole sensitiva.

3. Mantener contacto fluido e intercambiar información con el Departamento de Inspecciones Aduaneras de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y las Divisiones Regionales de Inspección Especializadas de la Subdirección de Operaciones Aduaneras del Interior.

4. Definir las áreas de acción y el universo de mercaderías que serán controlados por las Divisiones que le dependen.

5. Controlar el cumplimiento de los objetivos previstos en los planes estratégicos que involucran al control de las prohibiciones no económicas y el fraude marcario. 

6. Establecer contactos con aduanas de países fronterizos, para intercambios de información y determinación de líneas de acción conjuntas.

7. Definir criterios de fiscalización y control respecto del fraude marcario, para ser elevados a la Dirección Gestión de Riesgos para su incorporación al sistema pertinente.

8. Promover el desarrollo de sistemas informáticos que apoyen y tiendan a la prevención del fraude marcario.

 

DIVISION FRAUDE MARCARIO

 

ACCION

Ejecutar las políticas aduaneras de control expost dirigidas a evitar la importación y exportación de mercaderías con marcas de fábrica o de comercio falsificadas, de copia pirata o que vulnere la propiedad intelectual o industrial, realizando las investigaciones necesarias a tal fin.

 

TAREAS

1. Mantener contacto permanente con el Registro Nacional de Marcas y Patentes, con el objeto de verificar la inscripción de nuevas marcas, y prevenir y reprimir la importación y exportación de mercaderías alcanzadas por el artículo 46 de la Ley 25.986.

2. Realizar estudios de mercaderías, operadores, zonas de ingreso y comercialización que pudiesen implicar marcas falsas.

3. Realizar las investigaciones sobre nuevas tendencias de bienes con propensión a ser falsificados.

4. Instruir a las áreas operativas de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y Metropolitanas, sobre las tareas, procedimientos y operativos a realizar como producto de las investigaciones llevadas a cabo por el área.

 

DIVISION PROHIBICIONES NO ECONOMICAS

 

ACCION

Ejecutar las políticas aduaneras de control expost dirigidas a evitar la ingreso o egreso del territorio aduanero, de especies consideradas en extinción, de mercaderías que dañen el medio ambiente y la salud pública, armas y explosivos y toda investigación que tienda a la protección del patrimonio artístico, histórico, arqueológico y científico de la República Argentina, de acuerdo a lo establecido por el art. 610 del C.A.

 

TAREAS

1. Gestionar información en las entidades que administran el sistema de concesión de licencias, certificados o permisos de exportación/importación, con el objeto de obtener información sobre los permisos emitidos y posibles movimientos comerciales a efectuarse; como así también con los organismos nacionales e internacionales, vinculados a la lucha contra el fraude de bienes artísticos, arqueológicos, históricos, etc.

2. Confeccionar un registro con las posibles mercaderías de origen nacional o extranjero que pudiesen ser ingresadas o egresadas del territorio nacional (operadores, países demandantes y oferentes, etc.)

3. Utilizar los canales de información existentes para mantener contactos fluidos con las áreas aduaneras regionales, transmitiendo y recibiendo información actualizada sobre indicios o datos que pongan en evidencia riesgos para el medio ambiente, la salud pública o atenten contra el patrimonio patrimonio artístico, histórico, arqueológico y científico de la República Argentina, pudiendose generar fiscalizaciones de cualquier tipo en la materia.

4. Asistir mediante especialistas en la materia a otras áreas de la Dirección General así como a dependencias del interior del país, en los casos en que fuere necesario.

5. Emitir alertas para efectuar controles, tanto a la Dirección Gestión del Riesgo como a las dependencias aduaneras que pudiesen verse afectadas por el comercio internacional de mercaderías que afecten al patrimonio cultural nacional, al medio ambiente, a la salud pública, la defensa nacional o pudieren involucrar especies en extinción, e instruir sobre las acciones a llevar a cabo.

6. Relevar en las entidades específicas, aquellas especies de la fauna y flora argentina que se encuentran incluidas en la normativa vigente.

7. Efectuar el control y seguimiento de las operaciones y destinaciones aduaneras de armas y explosivos.

8. Mantener actualizado el listado de empresas inscriptas ante el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, informando a las Aduanas de los cambios producidos en tiempo y forma.

9. Realizar periódicamente, estudios e informes con los resultados de la gestión realizada

 

ANEXO B21

SUBDIRECCION GENERAL DE TECNICO LEGAL ADUANERA

 

DIRECCION DE TECNICA

 

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dictar normas para la interpretación y aplicación de las leyes y reglamentos de la técnica y operativa aduanera.

 

ACCIONES

1. Dictar actos dispositivos de clasificación arancelaria.

2. Habilitar zonas primarias aduaneras en función de las necesidades operacionales.

3. Aprobar la determinación del valor en Aduana.

 

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

 

ACCION

Conocer y decidir en la substanciación de los sumarios contenciosos por infracciones aduaneras y disciplinarios por inconductas de Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero, Importadores, Exportadores y Otros Sujetos y en los procedimientos de impugnación y de repetición.

 

TAREAS

1. Dirigir el trámite de los sumarios contenciosos hasta el dictado de la correspondiente resolución que ponga fin a los mismos.

2. Dirigir el trámite de los sumarios por inconductas de los Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero, Importadores, Exportadores y Otros Sujetos, como así también dirigir e intervenir en las impugnaciones y repeticiones que se presenten.

3. Disponer la ejecución de sus pronunciamientos firmes.

4. Disponer de las mercaderías afectadas a los sumarios a su cargo.

5. Reasignar las competencias de las Secretarías de Actuación en función de las necesidades del servicio.

 

SECCION ADMINISTRATIVA

 

ACCION

Entender en el registro, trámite y despacho de las actuaciones que se tramiten en el Departamento.

Atender los asuntos relacionados con los recursos humanos y el adecuado suministro de bienes materiales, su mantenimiento y conservación.

 

TAREAS

1. Recibir, registrar y distribuir las actuaciones que ingresen al Departamento, efectuando los asientos correspondientes.

2. Tramitar y efectuar el seguimiento de los asuntos relacionados con el personal del Departamento.

3. Intervenir en la preparación del plan anual de necesidades y promover las acciones que hagan al adecuado control del mantenimiento de los recursos, bienes y/o servicios.

 

DIVISION SECRETARIA DE ACTUACION NRO.1

 

ACCION

Entender en la instrucción de los sumarios contenciosos de su competencia.

 

TAREAS

1. Instruir los sumarios contenciosos por las infracciones a los regímenes de admisión temporaria de importación y exportación y al régimen de envíos postales.

2. Registrar y controlar el trámite de las actuaciones.

3. Proyectar las resoluciones pertinentes.

4. Suscribir todos los actos que impulsan el procedimiento hasta el previsto por el art. 1110 de la ley 22.415 y modificatorias.

5. Suscribir las resoluciones que extingan la acción penal aduanera previstas en los arts. 930 al 932 de la ley 22.415 y modificatorias.

 

DIVISION SECRETARIA DE ACTUACION NRO. 2

 

ACCION

Entender en la instrucción de sumarios contenciosos de su competencia.

 

TAREAS

1. Instruir los sumarios contenciosos por las infracciones al régimen de contrabando menor, mercadería a bordo sin declarar, transgresiones a los regímenes de equipaje, pacotilla, y franquicias diplomáticas, y tenencia injustificada de mercadería de origen extranjero con fines comerciales o industriales.

2. Registrar y controlar el trámite de las actuaciones.

3. Proyectar las resoluciones pertinentes.

4. Suscribir todos los actos que impulsan el procedimiento hasta el previsto por el art. 1110 de la ley 22.415 y modificatorias.

5. Suscribir las resoluciones que extingan la acción penal aduanera previstas en los arts. 930 al 932 de la ley 22.415 y modificatorias.

 

DIVISION SECRETARIA DE ACTUACION NRO. 3

 

ACCION

Entender en la instrucción de sumarios contenciosos de su competencia.

 

TAREAS

1. Instruir los sumarios contenciosos por las infracciones de declaraciones inexactas y otras diferentes injustificadas, de calidad, cantidad, valor y otras diferencias injustificadas respecto de faltantes y sobrantes a la descarga del medio de transporte de mercaderías declaradas.

2. Registrar y controlar el trámite de las actuaciones.

3. Proyectar las resoluciones pertinentes.

4. Suscribir todos los actos que impulsan el procedimiento hasta el previsto por el art. 1110 de la ley 22.415 y modificatorias.

5. Suscribir las resoluciones que extingan la acción penal aduanera previstas en los arts. 930 al 932 de la ley 22.415 y modificatorias.

6. Autorizar el libramiento de mercadería bajo el régimen de garantías en los términos del art. 453 inc. h) de la ley 22.415 y modificatorias

 

SECCION ASUNTOS DE CANTIDAD Y CALIDAD

 

ACCION

Entender en la instrucción de sumarios contenciosos con relación a las infracciones de declaraciones inexactas y otras diferencias injustificadas respecto de la calidad y cantidad de las mercaderías declaradas y otras diferencias injustificadas respecto de faltantes y sobrantes a la descarga del medio de transporte de mercaderías declaradas.

 

TAREAS

1. Instruir sumarios contenciosos por las infracciones de declaraciones inexactas y otras diferencias injustificadas respecto de la calidad y cantidad de las mercaderías declaradas y otras diferencias injustificadas respecto de faltantes y sobrantes a la descarga del medio de transporte de mercaderías declaradas.

2. Recibir escritos, documentación y diligenciar oficios.

3. Efectuar las notificaciones correspondientes a los sumarios contenciosos en trámite.

 

SECCION ASUNTOS DE VALOR

 

ACCION

Entender en la instrucción de sumarios contenciosos con relación a las infracciones de declaraciones inexactas y otras diferencias injustificadas respecto del valor de las mercaderías declaradas.

 

TAREAS

1. Instruir sumarios contenciosos por las infracciones de declaraciones inexactas y otras diferencias injustificadas respecto del valor de las mercaderías declaradas.

2. Recibir escritos, documentación y diligenciar oficios.

3. Efectuar las notificaciones correspondientes a los sumarios contenciosos en trámite.

 

DIVISION SECRETARIA DE ACTUACION NRO. 4

 

ACCION

Entender en la instrucción de sumarios contenciosos de su competencia.

 

TAREAS

1. Instruir los sumarios contenciosos por las infracciones a los regímenes de admisión temporaria y comprobación de destino.

2. Registrar y controlar el trámite de las actuaciones.

3. Proyectar las resoluciones pertinentes.

4. Suscribir todos los actos que impulsan el procedimiento hasta el previsto por el art. 1110 de la ley 22.415 y modificatorias.

5. Suscribir las resoluciones que extingan la acción penal aduanera previstas en los arts.930 al 932 de la ley 22.415 y modificatorias.

 

DIVISION SECRETARIA DE ACTUACION NRO. 5

 

ACCION

Entender en la instrucción de sumarios contenciosos de su competencia.

 

TAREAS

1. Instruir los sumarios contenciosos por el delito de contrabando e infracciones conexas.

2. Registrar y controlar el trámite de las actuaciones.

3. Efectuar el seguimiento de las causas en trámite en sede judicial por el delito de contrabando.

4. Instruir y substanciar las actuaciones disciplinarias hasta la conclusión de las causas penales.

5. Proyectar las resoluciones pertinentes.

6. Suscribir todos los actos que impulsan el procedimiento hasta lo previsto por el art. 1110 de la ley 22.415 y modificatorias.

7. Suscribir las resoluciones que extingan la acción penal aduanera previstas en los arts. 930 y 932 de la ley 22.415 y modificatorias.

 

DIVISION SECRETARIA DE ACTUACION NRO. 6

 

ACCION

Entender en la instrucción de sumarios contenciosos de su competencia y la ejecución de sentencias administrativas o judiciales firmes.

Entender en el trámite de las notificaciones y en las determinaciones contables de los cálculos de multas y tributos en los sumarios contenciosos.

 

TAREAS

1. Instruir los sumarios contenciosos por las infracciones previstas en los arts. 994, 995 y 969 de la ley 22.415 y modificatorias y las actuaciones previstas por la Resolución ANA Nº 2183/95.

2. Registrar y controlar el trámite de las actuaciones.

3. Proyectar las resoluciones pertinentes.

4. Suscribir todos los actos que impulsan el procedimiento hasta el previsto por el art. 1110 de la ley 22.415 y modificatorias.

5. Suscribir las resoluciones que extingan la acción penal aduanera previstas en los arts. 930 al 932 de la ley 22.415 y modificatorias correspondientes a las infracciones a los arts. 994, 995 y 969 del citado texto legal y las generadas por aplicación de la Resolución ANA Nº 2183/95.

6. Entender en la ejecución de fallos, resoluciones y sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada.

7. Efectuar el compendio de las resoluciones dictadas por el Departamento.

8. Coordinar y supervisar las tareas del Cuerpo de Oficiales Notificadores.

9. Supervisar las determinaciones contables de los cálculos de multas y tributos de los sumarios contenciosos, incluida la fijación de intereses al tiempo de la resolución.

 

DIVISION SUMARIAL Y REPETICIONES

 

ACCION

Conocer en los juzgamientos de inconductas disciplinarias de Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero, Importadores, Exportadores y Otros Sujetos.

Conocer en los pedidos de repetición de tributos aduaneros de importación y exportación.

 

TAREAS

1. Proyectar la instrucción de los sumarios disciplinarios a los Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero, a los Importadores y Exportadores.

2. Substanciar el procedimiento disciplinario de acuerdo a lo establecido por la ley 22.415 y modificatorias, a los Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero, Importadores, Exportadores y Otros Sujetos, y concluir el mismo propiciando la sanción a aplicar.

3. Registrar en el sistema correspondiente las sanciones impuestas a los Despachantes de Aduana, Agentes de Transporte Aduanero, Apoderados e Importadores y Exportadores.

4. Sustanciar el procedimiento de repetición de tributos aduaneros, conforme a los arts. 1068 a1079 de la Ley 22.415 y modificatorias.

 

DIVISION IMPUGNACIONES

 

ACCION

Entender en las impugnaciones que se interpongan contra los actos administrativos establecidos taxativamente en el art. 1053 de la ley 22.415 y modificatorias y en la ejecución de sentencias administrativas y judiciales firmes.

 

TAREAS

1. Entender en los procedimientos de impugnación respecto de los actos por los cuales se liquidaren tributos aduaneros en forma originaria o suplementaria, se intimare a la restitución de los importes que se hubieren pagado indebidamente en virtud de los regímenes de estímulo a la exportación, se aplicaren prohibiciones, se denegare el pago de los importes que los interesados reclamaren al Fisco en virtud de los regímenes de estímulo a la exportación, se aplicaren multas automáticas, se resolvieren cuestiones que pudieran afectar derechos e intereses legítimos de los administrados que no estuvieren contemplados en otros procedimientos

2. Registrar y controlar el trámite de las actuaciones.

3. Suscribir todos los actos que impulsan el procedimiento hasta el previsto por el art. 1064 de la ley 22.415 y modificatorias.

4. Proyectar las resoluciones pertinentes.

5. Ordenar la constitución, ingreso y liberación de garantías. 

6. Efectuar suspensiones y/o levantamientos a las firmas en los registros respectivos.

7. Disponer la ejecución de los pronunciamientos firmes.

 

DIVISION SUMARIOS DE PREVENCION

 

ACCION

Instruir los sumarios de prevención por delitos aduaneros, para dar intervención a los Jueces en lo Penal Económico, oficiando de nexo con dichos magistrados y otras fuerzas preventoras.

 

TAREAS

1. Ejecutar las diligencias ordenadas en causas originadas en procedimientos realizados por la Dirección General de Aduanas y/o por otras fuerzas.

2. Instruir los sumarios de prevención para su posterior elevación al juzgado de turno y enviar copia a los jueces contenciosos.

3. Adoptar todas las medidas cautelares previstas por la legislación, dando cuenta de las mismas a quien corresponda.

4. Colaborar en la realización de investigaciones y procedimientos ordenados por autoridad competente.

5. Oficiar de nexo entre los juzgados de competencia y la Dirección General de Aduanas y con todas las demás fuerzas de prevención – seguridad en temas concernientes a delitos aduaneros.

6. Concretar y mantener actualizado un sistema informático de infractores a las normas aduaneras, en el que consten todos los antecedentes de personas tanto físicas como jurídicas, referidos a condenas provenientes de actuaciones delictivas e infracciones de carácter aduanero y proporcionar los informes relativos a estos antecedentes que le sean solicitados.

7. Identificar a las personas involucradas en los sumarios preventivos iniciados por dependencias de la Dirección, con la correspondiente apertura del prontuario (identificación cromática y morfológica, dactiloscópica, toma de fotografías y ficha patronímica, carátula y fallo, etc.).

8. Clasificar y archivar las fichas dactiloscópicas confeccionadas por ésta, como así también las remitidas por otras fuerzas de seguridad.

9. Proporcionar y recibir de los Organismos Nacionales y/o Provinciales competentes los antecedentes de inculpados, sean éstos personas físicas o jurídicas. 

10. Evacuar consultas relacionadas con pedidos de antecedentes obrantes en el registro de personas tanto físicas como jurídicas, provenientes de las distintas dependencias aduaneras, de otras fuerzas de seguridad, juzgados, etc.

11. Llevar los registros de los sumarios preventivos sustanciados tanto por esta instancia como de los provenientes de otras Fuerzas de Seguridad (conforme Art. 1121 inc. B) de la Ley 22.415), como así también de las actuaciones administrativas derivadas de estos.

 

SECCION SECRETARIA PREVENCIONAL Nº 1 Y 2

SECCION SECRETARIA PREVENCIONAL Nº 3 Y 4

SECCION SECRETARIA PREVENCIONAL Nº 5 Y 6

SECCION SECRETARIA PREVENCIONAL Nº 7 Y 8

 

ACCION

Instruir los sumarios de prevención por delitos aduaneros, para dar intervención a los jueces en lo Penal Económico correspondientes a la identificación realizada por cada Secretaría Prevencional.

 

TAREAS

5. Ejecutar las diligencias ordenadas en causas originadas en procedimientos realizados por la Dirección General de Aduanas y/o por otras fuerzas.

6. Instruir los sumarios de prevención para su posterior elevación al juzgado de turno y enviar copia a los jueces contenciosos.

7. Adoptar todas las medidas cautelares previstas por la legislación, dando cuenta de las mismas a quien corresponda.

8. Colaborar en la realización de investigaciones y procedimientos ordenados por autoridad competente.

9. Oficiar de nexo entre los juzgados de competencia y la Dirección General de Aduanas y con todas las demás fuerzas de prevención - seguridad en temas concernientes a delitos aduaneros.

10. Llevar los registros de los sumarios preventivos sustanciados tanto por esta instancia como de los provenientes de otras Fuerzas de Seguridad (conforme Art. 1121 inc. B) de la Ley 22.415), como así también de las actuaciones administrativas derivadas de estos. 

 

SECCION REGISTRO DE INFRACTORES

 

ACCION

Realizar la identificación de las personas involucradas en sumarios preventivos iniciados por dependencias de la Dirección General de Aduanas y evacuar consultas sobre pedidos de antecedentes.

 

TAREAS

1. Concretar y mantener actualizado un sistema informático de infractores a las normas aduaneras, en el que consten todos los antecedentes de personas tanto físicas como jurídicas, referidos a condenas provenientes de actuaciones delictivas e infracciones de carácter aduanero y proporcionar los informes relativos a estos antecedentes que le sean solicitados.

2. Identificar a las personas involucradas en los sumarios preventivos iniciados por dependencias de la Dirección General de Aduanas, con la correspondiente apertura del prontuario (identificación cromática y morfológica, dactiloscópica, toma de fotografías y ficha patronímica, carátula y fallo, etc).

3. Clasificar y archivar las fichas dactiloscópicas confeccionadas por ésta, como así también las remitidas por otras fuerzas de seguridad.

4. Proporcionar y recibir de los Organismos Nacionales y/o Provinciales competentes los antecedentes de inculpados, sean éstos de personas físicas o jurídicas.

5. Evacuar consultas relacionadas con pedidos de antecedentes obrantes en el registro de personas tanto físicas como jurídicas, provenientes de las distintas dependencias aduaneras, de otras fuerzas de seguridad, juzgados, etc.

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica DI-128-1998-AFIP Estructura Organizativa