Detalle de la norma CT-29-1995-ANA
Circular Telex Nro. 29 Administración Nacional de Aduanas
Organismo Administración Nacional de Aduanas
Año 1995
Asunto Declaración del equipaje acompañado.
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Circular Telex 29

12/1995

               Fecha:

 

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Dependencia:

CT-29-1995-ANA

Tema:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANAS

Asunto:

Declaración del equipaje acompañado.

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Departamento Técnica de Importación

Circular Télex a todas las Aduanas y Secretarias

Visto la Resolución N° 3751/94 relativa a las normas de aplicación, para el régimen general de equipaje de importación y exportación; instruyese que la declaración del equipaje acompañado a que alude el punto 1.2 del anexo III, solamente debe efectuarse por escrito en el caso de aquellos pasajeros que arriben al territorio aduanero por vía aérea o marítima, en consecuencia los viajeros que ingresen por vía terrestre y/o fluvial respectivamente, formularán su declaración de equipaje ante el servicio aduanero en forma verbal.

Asimismo y con respecto a las normas que regulen la circulación de vehículos comunitarios de uso particular exclusivo de los turistas residentes en los estados parte (Resolución 3752/94 - anexo I - punto 8 - apartado a) se aclara que será exigible la cédula de identificación del automotor o el título de propiedad del mismo.

Publíquese en el boletín de esta administración nacional. BANA 12/1995