Nota Externa Nº 40-2005 (SDGLTA)
Nota Externa
Nº 40-2005 (SDGLTA)
Buenos Aires, 7 de
Diciembre de 2005
De acuerdo con la Nota de fecha 17 de Noviembre de 2005 de la Dirección Nacional de Política Comercial Externa dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, caratulada por Actuación
Nº 12100-513-2005, y el Artículo 2º del Vigesimo Tercer Protocolo
Adicional del Acuerdo de Complementación Económica Nº 48, suscripto entre la
REPUBLICA ARGENTINA y los países miembros de la COMUNIDAD ANDINA (A.C.E.
Nº 48), se prorroga desde el 1º de Noviembre de 2005 hasta el
evento que ocurra primero, sea el 31 de Diciembre de 2005 o la efectiva entrada
en vigor del Acuerdo de Complementación Económica MERCOSUR - PERU, la vigencia
de las Preferencias pactadas en dicho acuerdo, entre LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE PERU
Se deja constancia que el citado Protocolo podrá ser consultado en la Página www.afip.gov.ar
, adjunto a la presente Nota Externa.
Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese.
FDO. DRA MARIA SILVINA TIRABASSI SUBDIRECTORA GENERAL DE LEGAL Y TECNICA
ADUANERA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
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