Detalle de la norma RG-3127-2011-AFIP
Resolución General Nro. 3127 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2011
Asunto Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo, leche en polvo
Boletín Oficial
Fecha: 16/06/2011
Detalle de la norma
LOA

Resolución General 3127

Valores referenciales de carácter preventivo. Resolución General Nº 2716. Norma complementaria.

Bs. As., 10/6/2011

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13707-55-2011 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General Nº 2716 dispuso que este Organismo establecerá los valores referenciales de exportación de carácter preventivo para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), los cuales constituyen un primer control de las declaraciones en resguardo del interés fiscal.

Que dicho control está orientado a perfeccionar el sistema de selectividad en materia de valor, a efectos de detectar desvíos respecto de los valores usuales para mercaderías idénticas o similares.

Que en el marco de las tareas de evaluación de riesgos, se ha realizado un estudio referido al valor de la mercadería detallada en el Anexo l de la presente, en el que se han considerado las fuentes de información internas y externas previstas en el Artículo 2º de la citada resolución general.

Que como resultado del mencionado estudio la Dirección de Gestión del Riesgo, mediante el informe elaborado al respecto, aconseja actualizar los valores referenciales para las mercaderías analizadas.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera y de Control Aduanero y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécense los valores referenciales que constan en los Anexos I "Listado de mercaderías con valor referencial" y II "Países de destino de las mercaderías".

Art. 2º — Déjanse sin efecto los valores referenciales de exportación indicados en el Anexo III.

Art. 3º — Apruébanse los Anexos I, II y III que forman parte de esta resolución general.

Art. 4º — Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación para las solicitudes de destinaciones definitivas de exportación para consumo que se oficialicen a partir del segundo día hábil administrativo, inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º — Déjase sin efecto la Resolución General3086 a partir de la fecha de aplicación de la presente.

Art. 6º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO I RESOLUCION GENERAL Nº 3127

LISTADO DE MERCADERIAS CON VALOR REFERENCIAL

ANEXO II RESOLUCION GENERAL Nº 3127

PAISES DE DESTINO DE LAS MERCADERIAS

GRUPO 7

GRUPO 9

202 BOLIVIA

111 CHAD

203 BRASIL

155 COMORAS

208 CHILE

108 CONGO

205 COLOMBIA

110 COSTA DE MARFIL

221 PARAGUAY

153 DJIBOUTI

222 PERU

113 EGIPTO

225 URUGUAY

160 ERITREA

226 VENEZUELA

161 ETIOPIA

 

115 GABON

GRUPO 9

116 GAMBIA

149 ANGOLA

117 GHANA

102 ARGELIA

118 GUINEA

112 BENIN

156 GUINEA BISSAU

103 BOTSWANA

119 GUINEA ECUATORIAL

101 BURKINA FASO

198 INDETERMINADO (AFRICA)

104 BURUNDI

120 KENYA

150 CABO VERDE

121 LESOTHO

105 CAMERUN

122 LIBERIA

 

GRUPO 9

GRUPO 9

123 LIBIA

147 TERRITORIO VINCULADO A FRANCIA (AFRICA)

124 MADAGASCAR

145 TERRITORIO VINCULADO AL REINO UNIDO (AFRICA)

125 MALAWI

140 TOGO

126 MALI

141 TUNEZ

127 MARRUECOS

142 UGANDA

128 MAURICIO, ISLAS

144 ZAMBIA

129 MAURITANIA

132 ZIMBABWE

151 MOZAMBIQUE

GRUPO 13

158 NAMIBIA

302 ARABIA SAUDITA

130 NIGER

204 CANADA

131 NIGERIA

310 CHINA

107 REPUBLICA CENTROAFRICANA

331 EMIRATOS ARABES UNIDOS

109 REPUBLICA DEMOCRATICA DEL

341 HONG KONG

CONGO (EX ZAIRE)

316 INDONESIA

197 RESTO (AFRICA)

326 MALASIA

133 RWANDA

333 SINGAPUR

157 SANTO TOME Y PRINCIPE

GRUPO 14

134 SENEGAL

317 IRAK

152 SEYCHELLES

321 JORDANIA

135 SIERRA LEONA

GRUPO 15

136 SOMALIA

201 BARBADOS

159 SUDAFRICA

206 COSTA RICA

138 SUDAN

207 CUBA

137 SWAZILANDIA

210 ECUADOR

139 TANZANIA

211 EL SALVADOR

146 TERRITORIO VINCULADO A

217 JAMAICA

ESPAÑA (AFRICA)

218 MEXICO

 

209 REPUBLICA DOMINICANA

ANEXO III RESOLUCION GENERAL Nº 3127

BAJAS DE VALORES REFERENCIALES PARA EXPORTACION

POSICION ARANCELARIA NCM

DESCRIPCION DE LA MERCADERIA

0402.21.10

Valores referenciales establecidos en la Resolución General Nº 3086 para todas las mercaderías correspondientes a esta Posición Arancelaria NCM.

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RG-3173-2011-AFIP Deroga Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo, leche en polvo
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga RG-3086-2011-AFIP Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo, leche en polvo