Disposición Nº 4029-2011
Bs.
As., 10/6/2011
VISTO
la Ley Nº
25.506, su Decreto Reglamentario Nº 2628/02 y sus normas modificatorias y
complementarias, las Disposiciones ANMAT Nros.
6889/10, 906/11 y 2577/11 y el Expediente Nº 1-47-8753-11-7 del Registro de
esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y
CONSIDERANDO:
Que
por Disposición ANMAT Nº 6889/10 se creó el Programa de Despapelización
Segura de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica, con el objeto de adoptar medidas de gestión tendientes a incorporar las
Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones (Tics)
así como también instrumentar las herramientas institucionales necesarias para
dar comienzo al proceso de Despapelización gradual de
este organismo, contribuyendo, de ese modo, a mejorar su gestión, facilitar el
acceso de la comunidad a la información pública y posibilitar la realización de
trámites por Internet en forma segura.
Que
la firma digital cuya validez legal fue establecida por Ley Nº 25.506
constituye una de las herramientas tecnológicas adecuadas para tales objetivos.
Que
de acuerdo con la
Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina
(IFDRA) los certificadores licenciados son las entidades públicas o privadas
que se encuentran habilitados por el Ente Licenciante
para emitir certificados digitales, en el marco de la referida Ley Nº 25.506.
Que
mediante Resolución Nº 227/10 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA se
otorgó a la OFICINA
NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION (ONTI) de la SUBSECRETARIA DE
TECNOLOGIAS DE GESTION de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de
la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS la licencia para operar como CERTIFICADOR LICENCIADO.
Que
conforme la "Política de Certificación para Personas Físicas de Entes
Públicos, Estatales o no Estatales, y Personas Físicas que realicen trámites con
el Estado" de la
Autoridad Certificante (AC ONTI),
aprobada por la citada resolución, el Certificador posee una estructura de AR
—autoridades de registro— que efectúan las funciones de validación de identidad
y de otros datos de los solicitantes y suscriptores de certificados,
registrando las presentaciones y trámites que les sean formulados por éstos.
Que
en ese contexto y como primera medida para dar inicio al proceso de
implementación de la tramitación electrónica de actuaciones en esta
Administración Nacional utilizando la firma digital para la autenticación de la
identidad de los usuarios, por Disposición (ANMAT) N°
906/11 se creó, en el ámbito de este organismo, la AUTORIDAD DE REGISTRO
de la Autoridad
Certificante ONTI (AR-ANMAT),
designándose a su Responsable así como también a los Oficiales de Registro
(titular y suplentes), al Instructor de firma digital y al Responsable de
Soporte de firma digital.
Que
en ese marco, por Disposición ANMAT Nº 2577/11 se adoptó el uso de la firma
digital en el ámbito de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos
y Tecnología Médica; disponiéndose que los usuarios de la referida herramienta
informática serán tanto los funcionarios pertenecientes a esta Administración
Nacional como los terceros que realizan trámites ante este organismo.
Que
la referida "Política de Certificación para Personas Físicas de Entes
Públicos, Estatales o no Estatales, y Personas Físicas que realicen trámites
con el Estado" habilita a la
ONTI a emitir certificados digitales a favor de personas
físicas que realicen trámites ante organismos públicos, cuando se requiera para
ello de una firma digital, determinando que a esos fines se requiere la
suscripción de un acuerdo entre la
ONTI y el organismo que lleva adelante las funciones de Autoridad
de Registro correspondientes.
Que
en ese marco la ONTI
y esta ANMAT, en su calidad de AR de la AC-ONTI, suscribieron un Acuerdo de
Implementación del Procedimiento de Validación de Datos de Solicitudes de
Certificados Digitales para Personas Físicas que realicen Trámites con el
Estado el cual contempla el procedimiento interno que esta Administración
Nacional implementará al respecto.
Que
el referido procedimiento prevé, entre otros pasos, la validación de la
identidad y otros datos del solicitante al momento de su presentación ante el
Oficial de Registro de la
AR-ANMAT mediante la verificación de la documentación
pertinente.
Que
el "Manual de Procedimientos de Certificación para Personas Físicas de
Entes Públicos, Estatales o no Estatales y Personas Físicas que realicen
trámites con el Estado", aprobado por citada Resolución ex SGP Nº 227/10,
establece que, para éste último caso, la documentación a presentar para
realizar la autenticación de la identidad del solicitante de un certificado de firma
digital podrá ser definida en el acuerdo a firmar con el Certificador.
Que
sobre la base de lo acordado por esta Administración Nacional y la ONTI en el convenio
anteriormente referido resulta necesario establecer la documentación que todo
solicitante de un certificado de firma digital para realizar trámites ante este
organismo deberá aportar ante la
AR-ANMAT a fin de verificar la identificación personal del
solicitante y constatar el carácter en el que actúa.
Que
asimismo resulta oportuno aprobar una "Guía del Usuario" orientada a
facilitar una mejor comprensión de los diversos pasos que involucra la
tramitación y obtención de un certificado de firma digital.
Que
el Comité Ejecutor del Programa de Despapelización
Segura de la ANMAT
ha expedido informe al respecto.
Que
la Dirección
de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que
se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y por
el Decreto Nº 425/10.
Por
ello,
EL
INTERVENTOR DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y
TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
ARTICULO
1º — Todo solicitante de un certificado de firma digital para realizar trámites
ante esta Administración Nacional deberá presentar ante el Oficial de Registro
de la AR-ANMAT
de la AC-ONTI,
con el objeto de realizar la validación de su identidad y otros datos, la
documentación mencionada en el ANEXO I, el cual forma parte integrante de la
presente disposición.
ARTICULO
2º — Apruébase la "Guía del Usuario" que,
como ANEXO II, forma parte integrante de la presente disposición.
ARTICULO
3º — La presente disposición entrará en vigencia el día de su publicación en el
Boletín Oficial.
ARTICULO
4º — Regístrese, notifíquese a quienes corresponda. Dése
a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación. — Dr.
CARLOS A. CHIALE, Interventor A.N.M.A.T.
ANEXO
I
DOCUMENTACION
A PRESENTAR
1.
PERSONAS FISICAS (Unipersonal)
Las
personas físicas (unipersonal) que soliciten el certificado de firma digital
deberán presentar la siguiente documentación:
a)
Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(original y fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o
Cédula MERCOSUR (original y fotocopia) para extranjeros;
b)
Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial
(únicamente en caso de presentarse el apoderado del titular de la explotación
unipersonal, debiendo éste acompañar alguno de los documentos mencionados en el
punto a);
c)
Constancia de inscripción ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP); y
d)
Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación / inscripción ante esta
Administración Nacional.
2.-
PERSONAS FISICAS (en representación de personas jurídicas)
Las
personas físicas en representación de personas jurídicas, que soliciten el
certificado de firma digital, deberán presentar la siguiente documentación:
2.1.-
Sociedades Anónimas
a)
Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(original y fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o
Cédula MERCOSUR (original y fotocopia) para extranjeros;
b)
Constancia de inscripción de la persona jurídica ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP);
c)
Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación/inscripción ante esta
Administración Nacional de la persona jurídica;
d)
Si es Representante Legal:
1.-
Estatuto o Acta Constitutiva (copia autenticada ante Escribano Público);
2.-
Inscripción en la
Inspección General de Justicia, o en el Registro Público de
Comercio (copia autenticada ante Escribano Público);
3.-
Acta de Asamblea de elección de autoridades (última) y Acta de Directorio
(designación de cargos) (copia autenticada ante Escribano Público);
e)
Si es Apoderado:
1.-
Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial.
2.2.-
Sociedades de Responsabilidad Limitada
a)
Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(original y fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o
Cédula MERCOSUR (original y fotocopia) para extranjeros;
b)
Constancia de inscripción de la persona jurídica ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP);
c)
Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación / inscripción ante esta
Administración Nacional de la persona jurídica;
d)
Si es Representante Legal:
1.-
Contrato Social (original o copia autenticada ante Escribano Público);
2.-
Inscripción en la
Inspección General de Justicia, o en el Registro Público de
Comercio (original o copia autenticada ante Escribano Público);
g)
Si es Apoderado:
1.-
Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial.
2.3.-
Sociedades de Hecho
a)
Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(original y fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o
Cédula MERCOSUR (original y fotocopia) para extranjeros;
b)
Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación / inscripción ante esta
Administración Nacional de la
Sociedad de Hecho;
c)
Constancia de inscripción de la
Sociedad de Hecho ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP);
d)
Si es Socio:
1.-
Contrato social, si existe. En caso de no existir el contrato, deberá
presentarse la nómina de las personas que integran la sociedad con sus datos
personales (Nombres y Apellido, Domicilio y Número de Documento Nacional de
Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento (ciudadanos argentinos o
residentes) o Pasaporte o Cédula MERCOSUR (extranjeros);
2.-
Fotocopia de uno de los documentos mencionados en el punto a) de cada uno de
los socios.
e)
Si es Apoderado:
1.-
Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial.
3.
PERSONAS FISICAS QUE ACTUAN COMO DIRECTOR O CO-DIRECTOR TECNICO
Las
personas físicas que actúen como Director o Co-Director
Técnico que soliciten el certificado de firma digital deberán presentar la
siguiente documentación:
a)
Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(original y fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o
Cédula MERCOSUR (original y fotocopia) para extranjeros;
b)
Fotocopia simple de la disposición de designación en el cargo.
ANEXO
II
GUIA
DEL USUARIO
I
- INTRODUCCION
La
presente guía contiene el procedimiento que deben cumplir las personas físicas
que realizan trámites ante esta Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica —ANMAT — a fin de obtener un certificado de firma
digital de acuerdo con la
Política de Certificación de la Oficina Nacional
de Tecnologías de Información (ONTI) para Personas Físicas que realicen
trámites con el Estado, aprobada por la Resolución de la ex Secretaría de la Gestión Pública Nº
227/10.
La Guía es aplicable tanto para quienes
presentan una solicitud de certificado digital por primera vez, como para
quienes ya son suscriptores y por cualquier razón inician la solicitud de un
nuevo certificado.
II
- INICIO DEL TRAMITE
La
persona que inicie el trámite de solicitud de un certificado de Firma Digital
deberá presentar ante la Mesa
de Entradas de esta Administración Nacional la documentación que a continuación
se detalla, según corresponda:
2.1.
PERSONAS FISICAS (Unipersonal)
a)
Nota de solicitud del trámite;
b)
Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
c)
Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial
(únicamente en caso de presentarse el apoderado del titular de la explotación
unipersonal, debiendo éste acompañar alguno de los documentos mencionados en el
punto b);
d)
Constancia de inscripción ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP); y
e)
Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación/inscripción ante esta
Administración Nacional.
2.2.-
PERSONAS FISICAS (en representación de personas jurídicas)
2.2.1.-
Sociedades Anónimas
a)
Nota de solicitud del trámite;
b)
Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
c)
Constancia de inscripción de la persona jurídica ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP);
d)
Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación/inscripción ante esta
Administración Nacional de la persona jurídica;
e)
Si es Representante Legal:
1.-
Estatuto o Acta Constitutiva (copia autenticada ante Escribano Público);
2.-
Inscripción en la
Inspección General de Justicia, o en el Registro Público de
Comercio (copia autenticada ante Escribano Público);
3.-
Acta de Asamblea de elección de autoridades (última) y Acta de Directorio
(designación de cargos) (copia autenticada ante Escribano Público);
f)
Si es Apoderado:
1.-
Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial.
2.2.2.-
Sociedades de Responsabilidad Limitada
a)
Nota de solicitud del trámite;
b)
Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
c)
Constancia de inscripción de la persona jurídica ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP);
d)
Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación / inscripción ante esta
Administración Nacional de la persona jurídica;
e)
Si es Representante Legal:
1.-
Contrato Social (copia autenticada ante Escribano Público);
2.-
Inscripción en la
Inspección General de Justicia o en el Registro Público de
Comercio (copia autenticada ante Escribano Público);
f)
Si es Apoderado:
1.-
Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial.
2.2.3.-
Sociedades de Hecho
a)
Nota de solicitud del trámite;
b)
Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
c)
Fotocopia simple del Certificado/s de la habilitación / inscripción ante esta
Administración Nacional de la
Sociedad de Hecho;
d)
Constancia de inscripción de la
Sociedad de Hecho ante la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP);
e)
Si es Socio:
1.-
Contrato social, si existe. En caso de no existir el contrato, deberá
presentarse la nómina de las personas que integran la sociedad con sus datos
personales (Nombres y Apellido, Domicilio y Número de Documento Nacional de
Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento (ciudadanos argentinos o
residentes) o Pasaporte o Cédula MERCOSUR (extranjeros);
2.-
Fotocopia de uno de los documentos mencionados en el punto b) de cada uno de
los socios.
f)
Si es Apoderado:
1.-
Copia autenticada ante Escribano Público del Poder General Amplio o Especial.
3.
PERSONAS FISICAS QUE ACTUAN COMO DIRECTOR O CO-DIRECTOR TECNICO
a)
Nota de solicitud del trámite;
b)
Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento
(fotocopia) para ciudadanos argentinos o residentes o Pasaporte o Cédula
MERCOSUR (fotocopia) para extranjeros;
c)
Fotocopia simple de la disposición de designación en el cargo.
ACLARACION: En la página Web de la ANMAT www.anmat.gov.ar
en el link "Sistema de Gestión Electrónica" encontrará el modelo de
la Nota de
solicitud del trámite. Es muy importante que en la Nota consigne la MISMA DIRECCION
DE CORREO ELECTRONICO que la detallada en la solicitud del Certificado de
firma digital.
Esta Nota deberá estar firmada por la persona a quien se le otorgará
el certificado de
firma digital.
IMPORTANTE: Toda la documentación presentada deberá estar en buen
estado de conservación y ser perfectamente legible.
|
III-
EVALUACION DE LA
DOCUMENTACION EN LA AR-ANMAT
Ingresada
la documentación por la Mesa
de Entradas de esta Administración Nacional se iniciará un expediente el que
será girado a la AR-ANMAT
para la evaluación de la documentación presentada.
De
ser correcta la documentación, la
AR-ANMAT comunicará, a través del correo electrónico
denunciado, la fecha y hora (turno) en la cual el solicitante deberá
presentarse personalmente ante la referida Autoridad de Registro con el fin de
realizar el procedimiento de validación de su identidad y otros datos.
Si
la documentación no fuera correcta, la AR-ANMAT comunicará, a través de la dirección de
correo electrónico denunciado, la fecha y hora (turno) en la cual el
solicitante deberá presentarse personalmente y detallará la documentación a
presentar.
RECUERDE: La dirección de correo electrónico denunciada en la nota de
solicitud del trámite que obrará en el expediente será la UNICA VIA DE
CONFIRMACION DEL TURNO OTORGADO.
Una
vez confirmado el turno a través del correo electrónico, el solicitante deberá
concurrir a la AR-ANMAT,
ubicada en Avda. de Mayo 869, 20 piso,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la fecha y hora indicadas.
El solicitante con CUARENTA Y OCHO (48) HORAS de anticipación a la
fecha y hora confirmadas por la AR-ANMAT, deberá realizar
el siguiente procedimiento on line:
1.-
INSTALACION DEL CERTIFICADO RAIZ
Para
realizar cualquier trámite (solicitud, renovación y revocación) o consulta (de
certificados revocados) deberá ingresar en la Web del Certificador https://pki.jgm.gov.ar/app/
(IMPORTANTE: tenga en cuenta que el protocolo de Internet es https) y descargar e Instalar el Certificado Raíz de la Autoridad Certificante realizando los siguientes
pasos:
•
Ingresar al sitio Web del Certificador https://pki.jgm.gov.ar/app/
(IMPORTANTE: tenga en cuenta que el protocolo de Internet es https).
•
En el recuadro de color rojo con la leyenda "Importante", hacer clic
en el botón "Descargue AC-RAIZ".
•
En el extremo inferior derecho de la pantalla hacer clic en "Instalar
certificado Raíz".
•
En el recuadro "Descarga de archivo", seleccionar "Abrir".
•
Finalizar (X).
2.-
INSTALACION DEL CONTROLADOR DEL DISPOSITIVO USB (ETOKEN)
Un
controlador técnicamente es un software o programa que sirve de intermediario
entre un dispositivo de hardware y el sistema operativo.
Para
descargar e instalar el controlador del dispositivo USB deberá:
*
Ingresar al sitio Web www.anmat.gov.ar/Despapelizacion/usb
*Descargar
el archivo .pdf
"Instructivo_para_instalacion_y_configuracion_de_eToken"
*
Descargar e instalar eToken Driver
según el Sistema Operativo que utilice.
IMPORTANTE: Los controladores para el dispositivo USB homologado por
la OFICINA NACIONAL
DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION (ONTI) solo pueden utilizarse en los Sistemas
Operativos Microsoft XP, Vista y 7.
|
3.-
SOLICITUD ON LINE DEL CERTIFICADO
La
solicitud on line es un
trámite personal. Para solicitar un Certificado de Firma Digital tendrá que
ingresar al sitio Web del Certificador https://pki.jgm.gov.ar/app/ (IMPORTANTE:
tenga en cuenta que el protocolo de Internet es https).
En la sección trámites encontrará la opción Solicitud de Certificado, y deberá
realizar la siguiente secuencia de acciones:
a)
Completar el formulario de solicitud de certificado.
Para
completar el Paso 1, apartado "Datos Personales" deberá tener en
cuenta los siguientes puntos:
-
Todos los datos deben figurar tal cual se encuentran en el Documento que
acredite su Identidad;
-
La dirección de correo electrónico deberá ser la misma que se denunció en la
nota de solicitud.
Para
completar el Paso 1, apartado "Datos de la Organización" deberá
tener en cuenta los siguientes puntos:
-
En el cuadro "Organización" indicar la "Razón Social";
-
En el cuadro "Area de la que depende"
indicar el "CUIT/CUIL";
-
En el cuadro "Cargo/Función" consignar "Representante Legal o
Apoderado";
-
En el cuadro "Aplicación" dejar la opción por defecto (-Ninguna-);
- En el cuadro "Proveedor de servicios Criptográficos"
deberá conectar el eToken y seleccionar "eToken Base Cryptographic Provider":
b)
El sistema asigna automáticamente una o varias AR en función de los datos de la
solicitud y a partir de la lista de AR autorizadas. En caso que fueran
asignadas varias AR, el usuario deberá elegir la AR que le corresponde (ANMAT). De no efectuarse
dicha asignación, el sistema permite que el usuario indique si el certificado a
tramitar es para ser utilizado en alguna de las aplicaciones transversales que
figuran en la lista del Certificador. En tal caso, una vez elegida la
aplicación, se le asignará automáticamente la AR correspondiente. En caso de que el usuario no
haya seleccionado alguna aplicación, se muestra la lista completa de AR en
pantalla a fin de que el solicitante pueda efectuar la selección
correspondiente; el usuario deberá seleccionar una AR a fin de poder continuar
con el trámite de solicitud.
c)
Cumplidos los pasos anteriores, el solicitante completa el formulario de
solicitud con los datos que serán incluidos en el certificado a emitir.
d)
El solicitante acepta el acuerdo con suscriptores incluyendo la Política de
Certificación.
e)
Si los datos son correctos, se permitirá al solicitante efectuar la solicitud
de certificado para lo cual el solicitante realizará los siguientes pasos:
1.
Deberá seleccionar el nivel de seguridad "Alto" e insertar el
dispositivo criptográfico.
2.
Procede a generar su par de claves con el nivel de seguridad "Alto".
Deberá establecer los controles de acceso que aseguren que él es el único capaz
de acceder a su clave privada.
3.
Envía la solicitud a la AC
ONTI.
4.
La aplicación muestra una pantalla que indica que el trámite se inició
correctamente; la misma contiene los datos de la Nota de Solicitud que el
solicitante debe imprimir a la vez que se le informa que recibirá un correo
electrónico para continuar con el trámite.
5.
Como paso siguiente el solicitante debe imprimir la Nota de solicitud.
6.
El solicitante debe verificar que el Código de Solicitud de la Nota de Solicitud impresa
coincide exactamente con el que aparecerá en su pantalla, bajo ningún concepto
el solicitante debe firmar la
Nota de Solicitud sin hacer esta verificación. En caso
accidental de cerrar la pantalla donde aparece el Código de Solicitud antes de
realizar la mencionada verificación debe destruir la Nota de Solicitud impresa y
comenzar el trámite nuevamente. El solicitante debe además verificar que todos
los datos impresos en la Nota
de Solicitud son correctos y coinciden con los que aparecerán en su pantalla.
7.
Sólo en el caso que toda la información antes mencionada coincida el
solicitante procederá a firmar sobre el campo "Firma y aclaración del
solicitante" incluyendo la aclaración de su firma. En caso que ambos
Códigos de Solicitud no coincidan el solicitante deberá detener el proceso de
solicitud, destruir la Nota
de Solicitud impresa y comenzar nuevamente todo el procedimiento de solicitud
de certificado desde su inicio.
8.
Una vez que la Nota
de Solicitud fue firmada, resulta crítico que ésta sea resguardada por el
solicitante en un lugar seguro, impidiendo el acceso a la misma por parte de
terceros.
f)
La aplicación envía un correo electrónico al solicitante que contendrá un link
de acceso a la aplicación. El solicitante debe acceder al mismo para
confirmar al Certificador que la dirección de correo electrónico ingresada es
la correcta y que posee acceso a la cuenta de correo declarada. El correo electrónico
contiene además un identificador de trámite, que el usuario podrá utilizar para
consultar el estado del mismo.
IMPORTANTE: Si no recibió el correo electrónico en un término de dos
(2) horas puede reenviarlo desde "Mis trámites".
Si no realiza la verificación de correo dentro de las cuatro (4)
horas deberá iniciar una nueva solicitud.
|
g)
A continuación aparecerá un mensaje en pantalla informando al usuario:
-
que su correo electrónico fue verificado,
-
que el trámite cambió de estado,
-
detalle de la documentación que debe presentar ante la AR.
NOTA: La pantalla actualmente indica la documentación que deben
presentar las personas físicas de entes públicos (funcionarios públicos) para
obtener el certificado de firma digital.
MUY IMPORTANTE:
LOS PERSONAS FISICAS QUE REALIZAN TRAMITES ANTE ESTA ADMINISTRACION
NACIONAL DEBERAN PRESENTARSE CON EL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, LIBRETA
CIVICA O LIBRETA DE ENROLAMIENTO (CIUDADANOS ARGENTINOS O RESIDENTES) O
PASAPORTE O CEDULA MERCOSUR (EXTRANJEROS) ORIGINAL Y LA SOLICITUD DE
CERTIFICADO.
Aclaración: El documento de identidad cuyo original se aporte debe
ser el MISMO cuya fotocopia fue agregada en el expediente iniciado en la Mesa de Entradas de esta
Administración Nacional.
LA DOCUMENTACION RESTANTE, NECESARIA PARA EL TRAMITE, SE
ENCUENTRA AGREGADA EN EL EXPEDIENTE QUE SE INICIO ANTE LA MESA DE ENTRADAS DE ESTA
ADMINISTRACION NACIONAL.
|
TENGA EN CUENTA QUE EN LA
PC DONDE REALIZA LA SOLICITUD DEBERA
DESCARGAR EL CERTIFICADO.
4.-
INGRESO Y EGRESO A LA
AR-ANMAT
Deberá
registrar su ingreso al Edificio de la
ANMAT en el mostrador de la Planta Baja, donde le
entregarán una identificación que le permitirá el acceso a la AR-ANMAT para concluir el
trámite en forma presencial.
Una
vez concluido el trámite deberá registrar el egreso del edificio en el mismo
mostrador de la Planta
Baja y entregar la identificación.
El
trámite presencial tiene una duración aproximada de 45 minutos.
5.-
DESCARGA DEL CERTIFICADO DE FIRMA DIGITAL
Una
vez aprobada su solicitud por la
AR-ANMAT, se le enviará un correo electrónico a la cuenta
denunciada, informando la disponibilidad del certificado para su descarga.
6.-
REQUERIMIENTOS DE LOS EQUIPOS DE COMPUTACION
El
equipo que use el solicitante o suscriptor deberá contar, como mínimo con los
componentes que se describen a continuación, tanto de "hardware" como
"software".
6.1.-
Máquinas (hardware)
Los
requerimientos de hardware para el Solicitante o Suscriptor son los siguientes:
a)
Procesador de 800 MHz o superior.
b)
Súper SVGA (1024 x 768) o de mayor resolución con 65536 colores (16 Bits).
c)
Ratón o dispositivo señalador compatible.
d)
Puerto USB disponible versión 1.1 o superior.
e)
Conexión banda ancha a Internet.
6.2.-
Programas (software)
a)
Sistema Operativo:
• Windows XP, o
• Windows Vista,
o
• Windows 7
b)
Navegador de Internet.
Internet
Explorer 7.0 o superior
c)
Componente para ejecución de programas .NET:
.Net
Framework 2 o superior
d)
Firmador de documentos .pdf
e)
Driver del dispositivo criptográfico portátil (eToken)
7.-
DISPOSITIVOS CRIPTOGRAFICOS
Aladdin eToken PRO
Este
Token es compatible con Capacidad de memoria 72K
(Java aplicaciones eToken PKI y de Virtual Machine). administración de
contraseñas. Sus funciones se pueden emplear en las aplicaciones habituales a
través de la carga de "applets" Java en los
tokens. Algoritmos de seguridad admitidos: RSA 1024-bit y 2048-bit, DES, 3DES, SHA1.
Generación y
autenticación de claves dentro del mismo Token.
Conector USB tipo A. Carcasa de plástico duro moldeado, con evidencia de
alteración.