Resolución 248-2011
Inclusión de un proyecto en los
beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de
Grandes Proyectos de Inversión.
Bs.
As., 9/6/2011
VISTO
el Expediente Nº S01:0384492/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que
la firma FORD ARGENTINA S.C.A. ha solicitado los
beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de
"Grandes Proyectos de Inversión" conforme a la Resolución Nº 256 de
fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y sus modificaciones,
para la importación de bienes que forman parte, exclusivamente, del proyecto
destinado a la fabricación de una nueva camioneta versión simple y doble cabina
con un nuevo motor versión diesel.
Que
los bienes mencionados en el Anexo que, con NUEVE (9) hojas, forma parte
integrante de la presente resolución, están destinados a la ampliación de la
planta que la empresa posee ubicada en la Localidad de General Pacheco, Provincia de BUENOS
AIRES.
Que
la UNIVERSIDAD
TECNOLOGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL GENERAL PACHECO, ha
intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto
opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.
Que
del análisis efectuado surge, que el listado de bienes a importar encuadra
dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA modificada por las Resoluciones Nros. 1089
de fecha 28 de diciembre de 2000 y 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, por lo que,
en el ámbito de la
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA y de la SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL ambas dependientes de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA se ha determinado procedente
la solicitud de la firma FORD ARGENTINA S.C.A.,
conforme a las disposiciones del Régimen referido.
Que
la mencionada firma declara bajo juramento que no está ingresando al país
bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº 24.051 de Residuos
Peligrosos y sus modificaciones y de la Ley Nº 24.040 de Compuestos Químicos.
Que
la Dirección
de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa,
dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha
tomado la intervención que le compete.
Que
la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 8º de la Resolución Nº 256/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y los Decretos Nros.
919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
RESUELVE:
Artículo 1º — Considérase sujeta al beneficio establecido por la Resolución Nº 256 de
fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA modificada por las
Resoluciones Nros. 1089 de fecha 28 de diciembre de
2000 y 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y 216
de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la
importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma FORD
ARGENTINA S.C.A., consistente en la instalación de
nuevas líneas de producción para la fabricación de un nuevo motor y un nuevo
vehículo de carga liviana, cuya descripción de bienes se detalla en el Anexo
que, con NUEVE (9) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º — En
virtud de lo estipulado en el Artículo 12 de la Resolución Nº 256/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA se otorga un plazo de UN (1) año a partir de la
fecha de esta resolución para la importación de los bienes detallados en el
Anexo de la presente medida.
Art. 3º — El
incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el
proyecto de inversión para la mencionada planta y/o de los límites para
importación de repuestos estipulados en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, dará lugar a la aplicación del Artículo 15 de la
citada resolución. Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de
comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el
incumplimiento previsto en el Artículo 6º de la mencionada resolución.
Art. 4º — La SUBSECRETARIA
DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL y la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, ambas dependientes de
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA informarán, en los términos
del Artículo 19 de la
Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, a la Dirección General
de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS,
entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
a liberar las garantías oportunamente constituidas una vez verificado el
cumplimiento del Régimen por parte del interesado sobre la base de los informes
de auditoría que se hubieren realizado en los
términos del Artículo 14 de la
Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, y
recibido de la
Dirección General de Aduanas la notificación requerida por el
Artículo 18 de la
Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA en cuanto
al cumplimiento de las importaciones comprometidas en el Régimen.
Art. 5º — A
través de la Dirección
de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional
de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL,
notifíquese a la firma FORD ARGENTINA S.C.A. de la
presente resolución.
Art. 6º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Eduardo D. Bianchi.
ANEXO
A LA RESOLUCION Nº
248
BIENES
INTEGRANTES DE "GRANDES PROYECTOS DE INVERSION" CON DESTINO A LA AMPLIACION DE LA PLANTA PARA LA FABRICACION DE UN
NUEVO MOTOR Y UN NUEVO VEHICULO DE CARGA LIVIANA:
El
monto de los bienes a importar a valor FOB mediante este certificado es por un
total de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO MIL CIENTO SETENTA (U$S 29.954.170.-) (sin
repuestos).
El
monto de los repuestos de acuerdo al Artículo 10 de la Resolución Nº 256 de
fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA asciende a DOLARES
ESTADOUNIDENSES UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHO
CON CINCUENTA CENTAVOS (U$S 1.497.708,50.-).