Detalle de la norma DI-3314-2005-ANMAT
Disposición Nro. 3314 Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Organismo Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Año 2005
Asunto Registro Nacional de Productos Domésticos
Boletín Oficial
Fecha: 17/06/2005
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: B/Oficial
Disposición n° 3314 03/06/2005 Fecha: 17/06/2005
 
Dependencia: DI-3314-2005-ANMAT
Tema: PRODUCTOS DE USO DOMESTICO
Asunto Apruébase el flujograma para la tramitación de solicitudes de inscripción en el Registro Nacional de Productos Domésticos para productos de Riesgo II.
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VISTO la Resolución M. S. y A. S. 709/98, las Disposiciones ANMAT Nros. 1154/96, 7292/98, 4668/ 02, 6731/03 y el Expte. 1-47-2110-1070-04-8 del Registro de esta Administración; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición ANMAT 1154/96 se aprobó el procedimiento Técnico Administrativo de Gestión para las tramitaciones de las solicitudes de Productos de Uso Doméstico realizadas ante el Instituto Nacional de Alimentos.

Que posteriormente la Resolución ex MS y AS 709/98 creó el Registro Nacional de Productos de Uso Doméstico, denominados genéricamente Domisanitarios, clasificando a dichos productos en Riesgo I y Riesgo II.

Que la Disposición ANMAT 7292/98 estableció los requisitos que deben cumplirse para registrar Productos de Riesgo I y de Riesgo II.

Que a fin de contar con procedimientos normatizados para llevar a cabo de manera uniforme y concordante las tramitaciones contempladas en la normativa vigente se dictó la Disposición ANMAT 4668/02 que aprobó el flujograma para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro Nacional de Productos de Uso Doméstico de Productos de Riesgo I.

Que posteriormente por Disposición ANMAT 6731/03 se modificó dicho flujograma.

Que a fin de adecuar los flujos de los trámites y acciones desarrollados por el Departamento Productos de Uso Doméstico en lo referido a productos de riesgo II, se hace necesario actualizar la Disposición ANMAT 1154/96.

Que por otra parte, la presente modificación permitirá un mejor aprovechamiento del servicio y de los recursos humanos calificados a los fines del cumplimiento de las acciones encomendadas a esta Administración a través del mencionado Instituto.

Que el Instituto Nacional de Alimentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto 1490/92 y por el Decreto 197/92.

Por ello;

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA DISPONE:

Artículo 1° — Apruébase el flujograma para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro Nacional de Productos de Uso Doméstico para productos de Riesgo II, realizadas ante el INAL, que figuran como Anexo I de la presente Disposición y que forma parte integrante de la misma.

Art. 2° — Derógase la Disposición ANMAT 1154/ 96.

Art. 3° — Regístrese. Comuníquese a quienes corresponda. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial a efectos de su publicación en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. — Manuel R. Limeres.

 
ANEXO I
 
Ver Anexo DI-3314-2005-ANMAT-001

 
 
INSCRIPCION DE PRODUCTOS DE RIESGO II EN EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTOS DE USO DOMESTICO

 
LISTADO DE ACCIONES

MESA DE ENTRADAS (EXTENSION INAL)

- Recepciona la documentación requerida por Disposición ANMAT 7292/98 y controla que esté completa y ordenada.

- Caratula la documentación conformando el expediente correspondiente a la tramitación gestionada.

 
DEPARTAMENTO EVALUACION TECNICA

- Verifica que la documentación presentada coincida con los datos existentes en la Base de datos de Establecimientos (RNE).

 
DEPARTAMENTO PRODUCTOS DE USO DOMESTICO

- Carga los datos del producto a la Base de Datos correspondiente.

 
DIRECCION INAL

- Firma el Certificado, de corresponder.

 
MESA DE ENTRADAS (EXTENSION INAL)

- Notifica y entrega al solicitante el Certificado, de corresponder.

- Remite el expediente a archivo.

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RE-709-1998-MSAS Compl.Inscripción Productos de Uso Domest.