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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Disposición n° 3 |
14/07/2008 |
Fecha: |
21/07/2008 |
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Dependencia: |
DI-3-2008-DNPV |
Tema: |
SANIDAD VEGETAL |
Asunto: |
Fíjase el
período de inscripción de las Unidades Mínimas de Inscripción en la
provincia de Mendoza, para el Programa para laExportación de Manzanas, Peras y
Membrillos, con destino a
la República Federativa
del Brasil, bajo un Sistema de Mitigación deRiesgo de Carpocapsa.
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VISTO el expediente Nº S01:0262640/2008 del Registro del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
la Resolución Nº 891
del 20 de diciembre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por Resolución SENASA Nº 891/02 se aprobó el Programa para
la Exportación de Manzanas,
Peras y Membrillos de
la República Argentina, con destino a
la República Federativa
del Brasil, bajo un Sistema de Mitigación de Riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella, L.). |
Que
el artículo 3º de la citada Resolución facultó a
la Dirección Nacional
de Protección Vegetal a disponer los lugares y fechas de apertura y cierre de
la inscripción en el Programa y ejecutar las modificaciones operativas que
correspondan. |
Que
es menester establecer el período de inscripción para la campaña 2008/2009 en
la provincia de Mendoza. |
Que
la Dirección
de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete. |
Que
el suscripto es competente para dictar el presente acto, de conformidad con las
facultades conferidas por el artículo 3º de
la Resolución Nº 891
del 20 de diciembre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA. |
Por ello, |
EL DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCION
VEGETAL DISPONE: |
Artículo
1º — Fíjase el período de inscripción de Unidades
Mínimas de Inscripción (UMI) en la provincia de Mendoza, para el Programa
para
la Exportación
de Manzanas, Peras y Membrillos de
la República Argentina,
con destino a
la
República Federativa de Brasil, bajo un Sistema de
Mitigación de Riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella, L.) desde el
día 14 de julio al 15 de agosto de 2008, bajo los procedimientos que
la Coordinación General
Regional Cuyo determine. |
Art.
2º — Fíjase el período de inscripción de los
establecimientos de empaque y frigoríficos en la provincia de Mendoza, para
el Programa para la exportación de Manzanas, Peras y Membrillos de
la República Argentina,
con destino a
la
República Federativa de Brasil, bajo un Sistema de
Mitigación de riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella, L.) desde el
día 1 de diciembre al 31 de diciembre de 2008. |
Art.
3º — La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial. |
Art.
4º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Diego Quiroga. |
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