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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Disposición n° 3 |
05/01/2005 |
Fecha: |
09/01/2006 |
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Dependencia:
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DI-3-2006-SSC |
Tema:
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GAS NATURAL |
Asunto:
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Otórgase una excepción a los límites
permitidos de venteo de gas, para el yacimiento Barrancas Sur perteneciente a
la concesión de explotación Barrancas, ubicada en
la Cuenca Cuyana, en
la provincia de Mendoza. |
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VISTO el Expediente Nº
SO1:0370741/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que
la Resolución
de
la SECRETARIA DE
ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998 entonces dependiente del
ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, establece las normas sobre
el aventamiento de gas natural tendientes al aprovechamiento integral del
recurso, así como las condiciones de excepción a los límites permitidos de
venteo. |
Que
en tal sentido, la empresa YPF S.A. ha presentado a esta Autoridad de
Aplicación un pedido de excepción, a los límites permitidos de venteo de gas,
para el yacimiento BARRANCAS SUR, perteneciente a la concesión de explotación
BARRANCAS, ubicada en
la
Cuenca Cuyana, en
la Provincia de MENDOZA, acorde a lo que establece
la citada normativa en el apartado 5.1 del Anexo. |
Que
analizada la presentación, desde el punto de vista técnico y normativo corresponde
el otorgamiento de la excepción solicitada. |
Que
la aplicación de
la
Resolución de
la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de
abril de 1998 entonces dependiente del ex- MINISTERIO ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, así como el otorgamiento de las excepciones previstas en
la misma, justifican el dictado de la presente disposición. |
Que
la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION,
ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el
Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003. |
Que
la presente disposición se dicta de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 97
de
la Ley Nº
17.319 y el Artículo 7º de
la
Resolución de
la SECRETARIA DE ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de
abril de 1998 entonces dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, que delegó en esta SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES la
facultad de otorgar excepciones a los límites máximos establecidos en el
Anexo de la misma. |
Por ello, |
EL SUBSECRETARIO DE COMBUSTIBLES
DISPONE: |
Artículo
1º — Otórgase una excepción, a los límites permitidos de venteo de gas,
establecido en el apartado 5.1 del Anexo de
la Resolución de
la SECRETARIA DE
ENERGIA Nº 143 de fecha 20 de abril de 1998 entonces dependiente del
ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, para el yacimiento
BARRANCAS SUR perteneciente a la concesión de explotación BARRANCAS, ubicada
en
la Cuenca Cuyana,
en
la Provincia
de MENDOZA, de acuerdo al detalle que figura en el Anexo de la presente
disposición. |
Art.
2º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese.— Cristian A. Folgar. |
ANEXO |
EXCEPCION OTORGADA |
Empresa
Operadora: YPF S.A. |
Area/Yacimientos:
BARRACAS. |
Motivo
de la excepción: Estudios de Reservorio y determinación de su potencial. |
Volumen de venteo de gas máximo permitido: 1.500
m3/día. |
Plazo de la excepción: NUEVE (9) MESES. |
A partir del: 1º de Noviembre de 2005. |
Hasta el: 31 de Julio de 2006. |
Monto de
la Garantía: No corresponde. |
Plazo de
la Garantía: No corresponde. |
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