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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Disposición n° 3 |
23/02/2005 |
Fecha: |
24/02/2005 |
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Dependencia:
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DI-3-2005-DNPV |
Tema:
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Sanidad Vegetal |
Asunto:
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Habilítase el puesto de control “San
José” como punto de ingreso a la provincia de Mendoza de cargamentos
comerciales vegetales. |
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VISTO - el expediente S01: 0166951/2004 del registro del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y
la Resolución SENASA
Nº 515 del 16 de noviembre de 2001 y |
CONSIDERANDO: |
Que la resolución SENASA Nº
515/01 en el artículo 5º fija los puestos de control cuarentenario para el
ingreso de vegetales hospederos de moscas de los frutos para
la Zona de Cuyo, entre los que
se menciona en el Anexo II al Puesto de “San Carlos”, Ruta Nacional Nº 40
norte Km. 90. |
Que en el artículo 6º de la
citada resolución, se establecen como únicos puestos de cargamentos
comerciales vegetales los detallados en el Anexo III de la mencionada
resolución, entre los que figura para
la Zona de Cuyo el Puesto de San Carlos. |
Que la provincia de Mendoza
(mediante un crédito PROSAP-BIRF) ha construído un nuevo puesto de control
cuarentenario, ubicado sobre
la Ruta Nacional Nº 40 norte km. 77, que ha
denominado “San José” y solicita a este Servicio Nacional la incorporación de
dicho puesto de control a
la Resolución SENASA Nº 515/01, en sustitución del
que figura actualmente. |
Que el suscripto se
encuentra facultado para dictar el presente acto en función de lo previsto en
el artículo 7º de
la
Resolución SENASA Nº 515/01. |
Que
la Dirección de Asuntos
Jurídicos ha tomado la intervención que le compete. |
Por ello, |
LA DIRECTORA NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL DISPONE: |
Artículo 1º — Establécese
como puesto de control cuarentenario de la provincia de Mendoza al puesto
“San José”, ubicado sobre
la
Ruta Nacional Nº 40 Norte, Km 77. |
Art. 2º — Habilítase al Puesto de control “San José” como
punto de ingreso a la provincia de Mendoza de cargamentos comerciales
vegetales. |
Art. 3º — Incorpórase en los
Anexos II y III de
la
Resolución SENASA Nº 515/01, el puesto de control
cuarentenario de “San José”. |
Art. 4º — La presente
disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial. |
Art. 5º — Comuníquese,
publíquese, dése a
la
Dirección Nacional del Registro Oficial, archívese. — Diana
M. Guillen. |
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